Disposiciones generales. Universidades. (2022/215-4)
Extracto de la Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se aprueba una convocatoria de ayudas de carácter extraordinario, en el curso académico 2022/2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 215 - Miércoles, 9 de noviembre de 2022
página 17702/2
alegarse para las concesiones de esta ayuda hayan tenido lugar con posterioridad a la
finalización del plazo para su solicitud.
La renta familiar resultante deberá situarse dentro del umbral 1 establecido por el en
la Convocatoria General de becas del Ministerio, para sus ayudas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Durante el curso académico.
El estudiante presentará una solicitud dirigida al Vicerrectorado de Estudiantes a
lo largo del curso académico en la que acreditará que se han producido circunstancias
sobrevenidas de carácter extraordinario, que le impiden hacer frente al pago de su
matrícula. Deberá aportar documentación de carácter económico, así como aquella que
acredite que se dan circunstancias sobrevenidas que sirvan de base para la concesión de
esta ayuda.
La Comisión de Estudiantes estudiará de manera individualizada cada solicitud,
pudiendo solicitar cuanta documentación estime oportuna para conocer la situación
real de la persona solicitante y estimar si procede la concesión de esta ayuda. El plazo
máximo para resolver dicha solicitud será de tres meses.
00270949
Huelva, 4 de noviembre de 2022.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 215 - Miércoles, 9 de noviembre de 2022
página 17702/2
alegarse para las concesiones de esta ayuda hayan tenido lugar con posterioridad a la
finalización del plazo para su solicitud.
La renta familiar resultante deberá situarse dentro del umbral 1 establecido por el en
la Convocatoria General de becas del Ministerio, para sus ayudas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Durante el curso académico.
El estudiante presentará una solicitud dirigida al Vicerrectorado de Estudiantes a
lo largo del curso académico en la que acreditará que se han producido circunstancias
sobrevenidas de carácter extraordinario, que le impiden hacer frente al pago de su
matrícula. Deberá aportar documentación de carácter económico, así como aquella que
acredite que se dan circunstancias sobrevenidas que sirvan de base para la concesión de
esta ayuda.
La Comisión de Estudiantes estudiará de manera individualizada cada solicitud,
pudiendo solicitar cuanta documentación estime oportuna para conocer la situación
real de la persona solicitante y estimar si procede la concesión de esta ayuda. El plazo
máximo para resolver dicha solicitud será de tres meses.
00270949
Huelva, 4 de noviembre de 2022.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja