Autoridades y personal. Universidades. (2022/214-27)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Técnicos de Gestión de esta Universidad, Grupo A, Subgrupo A1, por el sistema de concurso-oposición.
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Número 214 - Martes, 8 de noviembre de 2022
página 17621/3
o en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, si la publicación en este boletín fuera
posterior a la primera, y se dirigirán al Rector de la Universidad de Córdoba.
3.2. Las solicitudes se presentarán por vía electrónica, accediendo al procedimiento
«Solicitud de participación procesos selectivos PAS», disponible en la Sede Electrónica
de la Universidad de Córdoba en la siguiente dirección web
https://sede.uco.es/GOnceOV/tramites/acceso.do?id=66
Para el acceso a dicho trámite se requiere la identificación electrónica de la persona
interesada, para lo cual será necesario disponer de certificado digital de la Fábrica
Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o de alguno de los sistemas de identificación
electrónica descritos en la sección «Sistemas de firma» de la Sede Electrónica de la
Universidad de Córdoba.
En la Sección Ayuda de la Sede Electrónica se puede consultar la Guía básica
de acceso a los trámites de la Sede Electrónica, que incluye recomendaciones de
configuración del ordenador para realizar los procesos de autenticación y firma.
Para completar con éxito el proceso de solicitud, deberá realizar los siguientes pasos
dentro del plazo estipulado:
a) Pagar los derechos de examen correspondientes (si procede, de acuerdo con la
base 3.3 de la convocatoria), por cualquier medio y en cualquier entidad bancaria, con
anterioridad a acceder al procedimiento habilitado en Sede Electrónica.
b) Acceder al procedimiento habilitado en Sede Electrónica, cumplimentar el
formulario electrónico, subir la documentación requerida y firmar la solicitud.
No serán admitidas y, consecuentemente, quedarán excluidas del proceso selectivo,
aquellas personas que, habiendo abonado los derechos de examen, no hayan firmado y
presentado su solicitud a través del procedimiento habilitado al efecto y dentro del plazo
de presentación establecido.
Solo se podrá presentar una solicitud por persona aspirante, por lo que, antes de
firmar la solicitud, se deberá comprobar que todos los datos y documentos aportados son
correctos.
Como señala el apartado 4 del artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando
una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o
aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración
podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede
electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo
no vencido.
Asimismo, si el interesado no dispone de los medios electrónicos necesarios, para
su identificación o firma electrónica, podrá ser asistido en las Oficinas de Asistencia en
materia de Registro en los términos establecidos en la normativa de desarrollo de la
Universidad de Córdoba o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en estas pruebas selectivas, bastará con
que los aspirantes declaren en sus solicitudes de participación que reúnen todas y cada
una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de
presentación, y presentarán relación circunstanciada de los méritos alegados, en su caso.
3.3. Los derechos de examen serán de 40 euros, y deberán ser ingresados en la
cuenta del Banco Santander número ES21 0049 2420 38 2014628248 a nombre de
la Universidad de Córdoba, haciendo constar «Referencia F1/2022 Universidad de
Córdoba» y nombre completo de la persona interesada.
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de solicitudes
no será subsanable y determinará la exclusión de las personas aspirantes.
En ningún caso, el pago de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de algunas de las causas de exención total o parcial de los mismos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270866
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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o en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, si la publicación en este boletín fuera
posterior a la primera, y se dirigirán al Rector de la Universidad de Córdoba.
3.2. Las solicitudes se presentarán por vía electrónica, accediendo al procedimiento
«Solicitud de participación procesos selectivos PAS», disponible en la Sede Electrónica
de la Universidad de Córdoba en la siguiente dirección web
https://sede.uco.es/GOnceOV/tramites/acceso.do?id=66
Para el acceso a dicho trámite se requiere la identificación electrónica de la persona
interesada, para lo cual será necesario disponer de certificado digital de la Fábrica
Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o de alguno de los sistemas de identificación
electrónica descritos en la sección «Sistemas de firma» de la Sede Electrónica de la
Universidad de Córdoba.
En la Sección Ayuda de la Sede Electrónica se puede consultar la Guía básica
de acceso a los trámites de la Sede Electrónica, que incluye recomendaciones de
configuración del ordenador para realizar los procesos de autenticación y firma.
Para completar con éxito el proceso de solicitud, deberá realizar los siguientes pasos
dentro del plazo estipulado:
a) Pagar los derechos de examen correspondientes (si procede, de acuerdo con la
base 3.3 de la convocatoria), por cualquier medio y en cualquier entidad bancaria, con
anterioridad a acceder al procedimiento habilitado en Sede Electrónica.
b) Acceder al procedimiento habilitado en Sede Electrónica, cumplimentar el
formulario electrónico, subir la documentación requerida y firmar la solicitud.
No serán admitidas y, consecuentemente, quedarán excluidas del proceso selectivo,
aquellas personas que, habiendo abonado los derechos de examen, no hayan firmado y
presentado su solicitud a través del procedimiento habilitado al efecto y dentro del plazo
de presentación establecido.
Solo se podrá presentar una solicitud por persona aspirante, por lo que, antes de
firmar la solicitud, se deberá comprobar que todos los datos y documentos aportados son
correctos.
Como señala el apartado 4 del artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando
una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o
aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración
podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede
electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo
no vencido.
Asimismo, si el interesado no dispone de los medios electrónicos necesarios, para
su identificación o firma electrónica, podrá ser asistido en las Oficinas de Asistencia en
materia de Registro en los términos establecidos en la normativa de desarrollo de la
Universidad de Córdoba o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en estas pruebas selectivas, bastará con
que los aspirantes declaren en sus solicitudes de participación que reúnen todas y cada
una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de
presentación, y presentarán relación circunstanciada de los méritos alegados, en su caso.
3.3. Los derechos de examen serán de 40 euros, y deberán ser ingresados en la
cuenta del Banco Santander número ES21 0049 2420 38 2014628248 a nombre de
la Universidad de Córdoba, haciendo constar «Referencia F1/2022 Universidad de
Córdoba» y nombre completo de la persona interesada.
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de solicitudes
no será subsanable y determinará la exclusión de las personas aspirantes.
En ningún caso, el pago de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de algunas de las causas de exención total o parcial de los mismos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270866
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