Autoridades y personal. Universidades. (2022/214-30)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, plazas de Profesores Ayudantes Doctores.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Martes, 8 de noviembre de 2022
página 17457/8
Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18
de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en
su Estado, el acceso a la función pública.
7.2. Terminación.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado d) del artículo 50 de la LOU, en su
redacción dada por la L.O. 4/2007, de 12 de abril, el contrato tendrá una duración máxima
de cinco años, improrrogables. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad
y adopción o acogimiento durante el periodo de duración del contrato interrumpirán el
cómputo del mismo.
Para poder acogerse a la promoción establecida en el artículo 19 del I Convenio
Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades
públicas de Andalucía, será requisito necesario el desempeño de plaza obtenida en el
presente concurso al menos durante un año. Dicha promoción quedará en suspenso en el
supuesto de que se interponga recurso contra la propuesta de adjudicación hasta tanto se
dicte resolución expresa del recurso y finalice el procedimiento de ejecución de la misma.
En el caso de que al adjudicatario le reste menos del año para completar el máximo
establecido en el artículo 50.d de la Ley 6/2001, Orgánica de Universidades, y siempre
que esté en posesión de acreditación a una figura superior se estará a lo siguiente:
1. Si el adjudicatario está acreditado a Profesor Titular de Universidad, a la finalización
de su contrato como Profesor Ayudante Doctor éste se adaptará a uno de la categoría de
Profesor Contratado Doctor Indefinido. No obstante, la dotación y posterior convocatoria
de la plaza de Profesor Titular de Universidad se realizará, si procede, una vez transcurrido
un año desde la firma del contrato de Profesor Ayudante Doctor.
2. Si el adjudicatario está acreditado para la figura de Profesor Contratado Doctor,
a la finalización del contrato como Profesor Ayudante Doctor se adaptará a Profesor
Contratado Doctor Interino, no pudiendo convocarse plaza de esta categoría (u otra de
categoría superior) hasta que haya transcurrido un año desde la firma del contrato de
Profesor Ayudante Doctor.
Contra la presente resolución podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la
notificación, según disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
00270702
Sevilla, 2 de noviembre de 2022.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Martes, 8 de noviembre de 2022
página 17457/8
Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18
de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en
su Estado, el acceso a la función pública.
7.2. Terminación.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado d) del artículo 50 de la LOU, en su
redacción dada por la L.O. 4/2007, de 12 de abril, el contrato tendrá una duración máxima
de cinco años, improrrogables. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad
y adopción o acogimiento durante el periodo de duración del contrato interrumpirán el
cómputo del mismo.
Para poder acogerse a la promoción establecida en el artículo 19 del I Convenio
Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades
públicas de Andalucía, será requisito necesario el desempeño de plaza obtenida en el
presente concurso al menos durante un año. Dicha promoción quedará en suspenso en el
supuesto de que se interponga recurso contra la propuesta de adjudicación hasta tanto se
dicte resolución expresa del recurso y finalice el procedimiento de ejecución de la misma.
En el caso de que al adjudicatario le reste menos del año para completar el máximo
establecido en el artículo 50.d de la Ley 6/2001, Orgánica de Universidades, y siempre
que esté en posesión de acreditación a una figura superior se estará a lo siguiente:
1. Si el adjudicatario está acreditado a Profesor Titular de Universidad, a la finalización
de su contrato como Profesor Ayudante Doctor éste se adaptará a uno de la categoría de
Profesor Contratado Doctor Indefinido. No obstante, la dotación y posterior convocatoria
de la plaza de Profesor Titular de Universidad se realizará, si procede, una vez transcurrido
un año desde la firma del contrato de Profesor Ayudante Doctor.
2. Si el adjudicatario está acreditado para la figura de Profesor Contratado Doctor,
a la finalización del contrato como Profesor Ayudante Doctor se adaptará a Profesor
Contratado Doctor Interino, no pudiendo convocarse plaza de esta categoría (u otra de
categoría superior) hasta que haya transcurrido un año desde la firma del contrato de
Profesor Ayudante Doctor.
Contra la presente resolución podrá interponer, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la
notificación, según disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
00270702
Sevilla, 2 de noviembre de 2022.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja