Autoridades y personal. Universidades. (2022/213-32)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal en plazas de personal funcionario de Administración y Servicios, correspondientes a la Escala Administrativa de esta Universidad, conforme a lo establecido en el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022
página 17453/9
Fase de concurso.
A la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, accederán únicamente
aquellos/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición, a quienes les serán
valorados los méritos alegados junto a la solicitud de participación, que se computarán
con referencia al último día del plazo de presentación de solicitudes.
La fase de concurso se valorará de 0 a 10 puntos, de acuerdo con la siguiente escala:
1. Experiencia profesional (máximo 9 puntos).
Se valorarán los servicios prestados, computados a la fecha del último día del plazo
de presentación de las solicitudes de participación en el proceso selectivo, ponderándose
las puntuaciones del siguiente modo:
a) Los servicios prestados con vinculación de carácter temporal en la Escala
Administrativa de la Universidad de Málaga se valorarán a razón de 0,100 puntos por mes
de servicios o fracción hasta un máximo de 9 puntos.
b) Los servicios prestados con vinculación de carácter temporal en la Escala
Administrativa de otras Universidades Públicas se valorarán a razón de 0,050 puntos por
mes de servicios o fracción hasta un máximo de 4 puntos.
c) Los servicios prestados con vinculación de carácter temporal en Cuerpos o Escalas
Administrativas de otras Administraciones Públicas se valorarán a razón de 0,025 puntos
por mes de servicios o fracción hasta un máximo de 2 puntos.
Los servicios prestados fuera de la Universidad de Málaga se acreditarán mediante
documentación justificativa de dicha prestación, con expresión de las funciones concretas
que se han desarrollado, expedida por el órgano administrativo competente.
3. Criterios de desempate.
En caso de producirse empates en las puntuaciones de diferentes personas
aspirantes, los mismos se resolverán de acuerdo con los siguientes criterios:
- En primer lugar, el empate se resolverá en favor de la persona que hubiera obtenido
mayor puntuación, en este orden, en los apartados 1.a), 1.b), 1.c), 2.a), 2.b) y 2.c).
- Si persistiera el empate, éste se resolverá en favor de la persona que acredite más
servicios prestados, en este orden, en los apartados 1.a), 1.b) y 1.c).
- De continuar el empate, éste se resolverá en favor de la persona que acredite más
ejercicios superados, en este orden, en los apartados 2.a), 2.b) y 2.c).
Si una vez aplicadas estas reglas no se ha resuelto el empate, éste se resolverá
iniciándose alfabéticamente, en relación al primer apellido, por el primero de la letra
que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, al sorteo realizado
anualmente por la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de conformidad
con lo establecido en la correspondiente resolución de la mencionada Secretaría de Estado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270690
2. Otros méritos (máximo 1 punto).
Se valorarán los ejercicios superados en la fase de oposición de pruebas de acceso a
la función pública, a tenor de los siguientes criterios y ponderación:
a) Por cada ejercicio superado de la fase de oposición en pruebas de acceso a la
Escala Administrativa de la Universidad de Málaga se otorgarán 0,5 puntos.
b) Por cada ejercicio superado de la fase de oposición en pruebas de acceso a la
Escala Administrativa de otras Universidades Públicas se otorgarán 0,25 puntos.
c) Por cada ejercicio superado de la fase de oposición en pruebas de acceso a
Cuerpos o Escalas Administrativas en otras Administraciones Públicas se otorgarán
0,13 puntos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022
página 17453/9
Fase de concurso.
A la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, accederán únicamente
aquellos/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición, a quienes les serán
valorados los méritos alegados junto a la solicitud de participación, que se computarán
con referencia al último día del plazo de presentación de solicitudes.
La fase de concurso se valorará de 0 a 10 puntos, de acuerdo con la siguiente escala:
1. Experiencia profesional (máximo 9 puntos).
Se valorarán los servicios prestados, computados a la fecha del último día del plazo
de presentación de las solicitudes de participación en el proceso selectivo, ponderándose
las puntuaciones del siguiente modo:
a) Los servicios prestados con vinculación de carácter temporal en la Escala
Administrativa de la Universidad de Málaga se valorarán a razón de 0,100 puntos por mes
de servicios o fracción hasta un máximo de 9 puntos.
b) Los servicios prestados con vinculación de carácter temporal en la Escala
Administrativa de otras Universidades Públicas se valorarán a razón de 0,050 puntos por
mes de servicios o fracción hasta un máximo de 4 puntos.
c) Los servicios prestados con vinculación de carácter temporal en Cuerpos o Escalas
Administrativas de otras Administraciones Públicas se valorarán a razón de 0,025 puntos
por mes de servicios o fracción hasta un máximo de 2 puntos.
Los servicios prestados fuera de la Universidad de Málaga se acreditarán mediante
documentación justificativa de dicha prestación, con expresión de las funciones concretas
que se han desarrollado, expedida por el órgano administrativo competente.
3. Criterios de desempate.
En caso de producirse empates en las puntuaciones de diferentes personas
aspirantes, los mismos se resolverán de acuerdo con los siguientes criterios:
- En primer lugar, el empate se resolverá en favor de la persona que hubiera obtenido
mayor puntuación, en este orden, en los apartados 1.a), 1.b), 1.c), 2.a), 2.b) y 2.c).
- Si persistiera el empate, éste se resolverá en favor de la persona que acredite más
servicios prestados, en este orden, en los apartados 1.a), 1.b) y 1.c).
- De continuar el empate, éste se resolverá en favor de la persona que acredite más
ejercicios superados, en este orden, en los apartados 2.a), 2.b) y 2.c).
Si una vez aplicadas estas reglas no se ha resuelto el empate, éste se resolverá
iniciándose alfabéticamente, en relación al primer apellido, por el primero de la letra
que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, al sorteo realizado
anualmente por la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de conformidad
con lo establecido en la correspondiente resolución de la mencionada Secretaría de Estado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270690
2. Otros méritos (máximo 1 punto).
Se valorarán los ejercicios superados en la fase de oposición de pruebas de acceso a
la función pública, a tenor de los siguientes criterios y ponderación:
a) Por cada ejercicio superado de la fase de oposición en pruebas de acceso a la
Escala Administrativa de la Universidad de Málaga se otorgarán 0,5 puntos.
b) Por cada ejercicio superado de la fase de oposición en pruebas de acceso a la
Escala Administrativa de otras Universidades Públicas se otorgarán 0,25 puntos.
c) Por cada ejercicio superado de la fase de oposición en pruebas de acceso a
Cuerpos o Escalas Administrativas en otras Administraciones Públicas se otorgarán
0,13 puntos.