Autoridades y personal. Universidades. (2022/213-32)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal en plazas de personal funcionario de Administración y Servicios, correspondientes a la Escala Administrativa de esta Universidad, conforme a lo establecido en el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022
página 17453/6
su realización. De considerarse necesario, se solicitará el oportuno informe del Servicio
de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad y cuales otros sean procedentes
para adoptar la decisión que corresponda. Las adaptaciones no se otorgarán de
forma automática, sino únicamente en aquellos casos en que la discapacidad guarde
relación directa con la prueba a realizar, debiendo los interesados aportar la información
necesaria.
5.9. Realización conjunta del ejercicio y anonimato en la corrección. El Presidente/a
del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que el ejercicio de la fase de oposición
se realice de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá nombrar colaboradores/as
en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo del ejercicio.
Asimismo se adoptarán las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio de la fase
de oposición sea corregido sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes. El
Tribunal excluirá a aquellas personas en cuyo ejercicio figuren nombres, rasgos, marcas
o signos que permitan conocer la identidad de las mismas.
5.10. Transparencia. El Tribunal informará a las personas opositoras que lo soliciten
por escrito acerca de los criterios de corrección y puntuación obtenida en sus ejercicios.
En aplicación de lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, y en la Ley 1/2014, de 24 de junio,
de transparencia pública de Andalucía, realizado el ejercicio se procederá a publicar en
la página web de la Universidad de Málaga el cuadernillo correspondiente, así como la
plantilla con las respuestas correctas.
7. Calificaciones de las sucesivas fases del proceso selectivo, calificación final y
resultado del proceso selectivo.
7.1. Publicación de la calificación del ejercicio y plazo de alegaciones. Finalizado
el ejercicio, el Tribunal hará pública, en la página web de la Universidad, la relación
de personas aspirantes aprobadas por orden de puntuación alcanzada, con indicación
de su nombre y apellidos. Contra la publicación de dicha relación, podrán formularse
alegaciones ante el Tribunal en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270690
6. Desarrollo de la fase de oposición.
6.1. Unidad de acto y referencias normativas. El ejercicio de la fase de oposición se
celebrará en un único día y a la misma hora en todas las sedes, en su caso, del examen.
Todas las referencias normativas contenidas en el programa de la oposición se
entenderán referidas a aquellas que se encuentren vigentes el último día del plazo de
presentación de solicitudes.
6.2. Llamamiento único. Los aspirantes serán convocados en único llamamiento,
siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.3. Orden de actuación. El orden de actuación de aspirantes se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra que corresponda, al día de publicación de
la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría
de Estado para la Administración Pública y de conformidad con lo establecido en la
correspondiente resolución de la mencionada Secretaría de Estado.
6.4. Acreditación de la identidad. En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.5. Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el
Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia
de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad,
comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por ésta en su
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022
página 17453/6
su realización. De considerarse necesario, se solicitará el oportuno informe del Servicio
de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad y cuales otros sean procedentes
para adoptar la decisión que corresponda. Las adaptaciones no se otorgarán de
forma automática, sino únicamente en aquellos casos en que la discapacidad guarde
relación directa con la prueba a realizar, debiendo los interesados aportar la información
necesaria.
5.9. Realización conjunta del ejercicio y anonimato en la corrección. El Presidente/a
del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que el ejercicio de la fase de oposición
se realice de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá nombrar colaboradores/as
en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo del ejercicio.
Asimismo se adoptarán las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio de la fase
de oposición sea corregido sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes. El
Tribunal excluirá a aquellas personas en cuyo ejercicio figuren nombres, rasgos, marcas
o signos que permitan conocer la identidad de las mismas.
5.10. Transparencia. El Tribunal informará a las personas opositoras que lo soliciten
por escrito acerca de los criterios de corrección y puntuación obtenida en sus ejercicios.
En aplicación de lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, y en la Ley 1/2014, de 24 de junio,
de transparencia pública de Andalucía, realizado el ejercicio se procederá a publicar en
la página web de la Universidad de Málaga el cuadernillo correspondiente, así como la
plantilla con las respuestas correctas.
7. Calificaciones de las sucesivas fases del proceso selectivo, calificación final y
resultado del proceso selectivo.
7.1. Publicación de la calificación del ejercicio y plazo de alegaciones. Finalizado
el ejercicio, el Tribunal hará pública, en la página web de la Universidad, la relación
de personas aspirantes aprobadas por orden de puntuación alcanzada, con indicación
de su nombre y apellidos. Contra la publicación de dicha relación, podrán formularse
alegaciones ante el Tribunal en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270690
6. Desarrollo de la fase de oposición.
6.1. Unidad de acto y referencias normativas. El ejercicio de la fase de oposición se
celebrará en un único día y a la misma hora en todas las sedes, en su caso, del examen.
Todas las referencias normativas contenidas en el programa de la oposición se
entenderán referidas a aquellas que se encuentren vigentes el último día del plazo de
presentación de solicitudes.
6.2. Llamamiento único. Los aspirantes serán convocados en único llamamiento,
siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.3. Orden de actuación. El orden de actuación de aspirantes se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra que corresponda, al día de publicación de
la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría
de Estado para la Administración Pública y de conformidad con lo establecido en la
correspondiente resolución de la mencionada Secretaría de Estado.
6.4. Acreditación de la identidad. En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
6.5. Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el
Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia
de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad,
comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por ésta en su
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.