Disposiciones generales. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/213-7)
Decreto 540/2022, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Infraestructuras de Transporte y Movilidad de Andalucía 2030 (PITMA 2030).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022
página 17514/2
Públicas afectadas y de las personas interesadas de conformidad con el artículo 38.4 de
la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Asimismo, dicha propuesta ha sido sometida al procedimiento de evaluación
ambiental de planes y programas conforme a lo previsto en la Ley 7/2007, de 9 de julio,
y al de evaluación del impacto en la salud, regulado en el Decreto 169/2014, de 9 de
diciembre, por el que se establece el procedimiento de la Evaluación del Impacto en la
Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Igualmente el Plan ha sido objeto del
informe sobre su incidencia en la ordenación del territorio previsto por la Ley 7/2021, de 1
de diciembre.
Elaborada la propuesta final del Plan por la Oficina Técnica de elaboración del Plan,
se han recabado los informes preceptivos.
En su virtud, previo examen de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, a
propuesta de la Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, conforme
disponen el artículo 49.5 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, y el artículo 27.12 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y
previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 2 de noviembre de 2022,
DISPONGO
Artículo único. Aprobación del Plan de Infraestructuras de Transporte y Movilidad de
Andalucía 2030.
Se aprueba el Plan de Infraestructuras de Transporte y Movilidad de Andalucía 2030
(PITMA 2030). Su texto se encuentra disponible en la siguiente URL:
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/
areas/infraestructuras-movilidad/pitma.html
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de
infraestructuras del transporte y movilidad para llevar a cabo las actuaciones necesarias
para el desarrollo y ejecución del presente decreto y del plan que mediante el mismo se
aprueba.
Disposición final segunda. Eficacia.
El presente decreto tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 2 de noviembre de 2022
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
MARÍA FRANCISCA CARAZO VILLALONGA
00270759
Consejera de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022
página 17514/2
Públicas afectadas y de las personas interesadas de conformidad con el artículo 38.4 de
la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Asimismo, dicha propuesta ha sido sometida al procedimiento de evaluación
ambiental de planes y programas conforme a lo previsto en la Ley 7/2007, de 9 de julio,
y al de evaluación del impacto en la salud, regulado en el Decreto 169/2014, de 9 de
diciembre, por el que se establece el procedimiento de la Evaluación del Impacto en la
Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Igualmente el Plan ha sido objeto del
informe sobre su incidencia en la ordenación del territorio previsto por la Ley 7/2021, de 1
de diciembre.
Elaborada la propuesta final del Plan por la Oficina Técnica de elaboración del Plan,
se han recabado los informes preceptivos.
En su virtud, previo examen de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, a
propuesta de la Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, conforme
disponen el artículo 49.5 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, y el artículo 27.12 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y
previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 2 de noviembre de 2022,
DISPONGO
Artículo único. Aprobación del Plan de Infraestructuras de Transporte y Movilidad de
Andalucía 2030.
Se aprueba el Plan de Infraestructuras de Transporte y Movilidad de Andalucía 2030
(PITMA 2030). Su texto se encuentra disponible en la siguiente URL:
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/
areas/infraestructuras-movilidad/pitma.html
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de
infraestructuras del transporte y movilidad para llevar a cabo las actuaciones necesarias
para el desarrollo y ejecución del presente decreto y del plan que mediante el mismo se
aprueba.
Disposición final segunda. Eficacia.
El presente decreto tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 2 de noviembre de 2022
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
MARÍA FRANCISCA CARAZO VILLALONGA
00270759
Consejera de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja