5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/213-70)
Anuncio de 31 de octubre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, de resolución favorable complementaria condicionada al cumplimiento de requisitos, por la que se complementa la Resolución de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Málaga de 24 de noviembre de 2021 (BOJA núm. 239. 15.12.21), relativa a la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual, convocadas por Orden de 29 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020), y reguladas por Orden de 8 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020), en relación con el expediente que se cita.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022

página 17490/3

de la subvención hacía referencia a la necesidad de mantener los requisitos durante
meses completos. Consta notificada la resolución de recurso indicada el 18 de octubre
de 2021.
Décimo. Con fecha de 24 de noviembre de 2021 se emitió por la Delegación Territorial
resolución favorable, publicada en el BOJA núm. 239, de 15 de diciembre de 2021, en
la que una vez revisado nuevamente el expediente, tras la resolución del recurso de
reposición, se concedió una subvención de 1.500 euros correspondiente a los meses de
abril a junio, procediéndose al pago del importe relacionado, el 7 de diciembre de 2021.
Undécimo. El 10 de enero de 2022, D.ª Souad Wahbi presenta al expediente anexo de
Justificación del pago de subvención, indicando en el apartado 2.º como mensualidades
justificadas; abril, mayo y junio, por un importe de alquiler abonado de 500 euros al mes
y al que adjuntó recibos de transferencias bancarias realizadas los meses indicados e
incluyendo el recibo del mes de julio de 2020.
Duodécimo. Con fecha de 7 de septiembre de 2022, mediante el Registro Electrónico
del Ministerio de Hacienda y Función Pública se presentó por la Sra. Wahbi vida laboral
emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social el 7 de septiembre de 2022, en
la que se comprueba que ha sido corregido el error existente en la misma, recogiéndose
como período final del ERTE el 31 de julio de 2020. En el escrito presentado, la
beneficiaria solicitaba el abono del importe de 500 euros relativo al mes de julio de 2020.
Y de conformidad con los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas
urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al
COVID-19, que en su arítculo 10 crea el Programa de ayudas para contribuir a minimizar
el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual; y en
cuya disposición adicional quinta establece, sobre la comprobación de requisitos para la
concesión de ayudas al alquiler:
«1. Los requisitos que han de cumplir los beneficiarios de cualquier ayuda al alquiler
financiada con cargo al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, incluidos los del programa
de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los
alquileres de vivienda habitual, podrán ser verificados por las Comunidades Autónomas y
por las Ciudades de Ceuta y de Melilla con posterioridad a la resolución de concesión de
la ayuda, quedando esta condicionada al cumplimiento de los mismos.
2. Las Comunidades Autónomas o las Ciudades de Ceuta y Melilla que como
consecuencia de la comprobación de los requisitos con posterioridad a la resolución
de concesión de la ayuda y, en su caso, al pago total o parcial de la misma detecten
su incumplimiento, habrán de resolver la anulación o suspensión de la concesión de la
ayuda desde la fecha en la que se hubiere producido el incumplimiento y solicitar, en su
caso, el reintegro o devolución que procediere conforme a la normativa de aplicación.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00270747

Primero. Orden de 8 de junio de 2020 de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el
impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual (BOJA
extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020), convocadas por Orden de 29 de junio de
2020 (BOJA extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020).