5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/213-70)
Anuncio de 31 de octubre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, de resolución favorable complementaria condicionada al cumplimiento de requisitos, por la que se complementa la Resolución de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Málaga de 24 de noviembre de 2021 (BOJA núm. 239. 15.12.21), relativa a la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual, convocadas por Orden de 29 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020), y reguladas por Orden de 8 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020), en relación con el expediente que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022
página 17490/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 31 de octubre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, de resolución favorable
complementaria condicionada al cumplimiento de requisitos, por la que
se complementa la Resolución de la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Málaga de 24 de noviembre de
2021 (BOJA núm. 239. 15.12.21), relativa a la concesión de ayudas, en régimen
de concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico
y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual, convocadas por
Orden de 29 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 42, de 1 de julio de
2020), y reguladas por Orden de 8 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm.
37, de 12 de junio de 2020), en relación con el expediente que se cita.
Vistos los siguientes
HECHOS
Segundo. En el BOJA, Boletín extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020, se ha
publicado la Orden de 29 de junio de 2020, por la que se convocan para el ejercicio
2020, ayudas, en concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto
económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual. El dispositivo
noveno de la misma determina:
«Las notificaciones de las resoluciones de estas ayudas, y el resto de las que deban
cursarse, se practicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la página web
de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio accediendo al
enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/21205/seguimiento.html
Además, se dará aviso a las personas interesadas, al número de teléfono o dirección
de correo electrónico que hayan incluido en su solicitud.
Podrán agruparse en una única publicación distintos expedientes, cuando se trate de
la notificación de idénticos actos administrativos, incluyéndose en una relación anexa los
datos relativos a cada beneficiario y a las correspondientes ayudas.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270747
Primero. La Orden de 8 de junio de 2020 de la Consejería de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio, BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020, aprueba
las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no
competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en
los alquileres de la vivienda habitual (en adelante BBRR).
El apartado 14.7 del cuadro resumen de las BBRR dispone que la comprobación de
la documentación que en el mismo se relaciona, y la verificación de los requisitos que
han de cumplir los beneficiarios, podrá realizarse con posterioridad a la resolución de
concesión de la ayuda, quedando ésta condicionada al cumplimiento de los mismos. En
el caso de detectarse incumplimiento, una vez concedida la ayuda, o realizado el pago
total o parcial de la misma, se resolverá sobre su anulación o suspensión desde la fecha
en la que se hubiere producido el incumplimiento y se solicitará, el reintegro o devolución
que procediera conforme a la normativa de aplicación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022
página 17490/1
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5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 31 de octubre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, de resolución favorable
complementaria condicionada al cumplimiento de requisitos, por la que
se complementa la Resolución de la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Málaga de 24 de noviembre de
2021 (BOJA núm. 239. 15.12.21), relativa a la concesión de ayudas, en régimen
de concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico
y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual, convocadas por
Orden de 29 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm. 42, de 1 de julio de
2020), y reguladas por Orden de 8 de junio de 2020 (BOJA extraordinario núm.
37, de 12 de junio de 2020), en relación con el expediente que se cita.
Vistos los siguientes
HECHOS
Segundo. En el BOJA, Boletín extraordinario núm. 42, de 1 de julio de 2020, se ha
publicado la Orden de 29 de junio de 2020, por la que se convocan para el ejercicio
2020, ayudas, en concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto
económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual. El dispositivo
noveno de la misma determina:
«Las notificaciones de las resoluciones de estas ayudas, y el resto de las que deban
cursarse, se practicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la página web
de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio accediendo al
enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/21205/seguimiento.html
Además, se dará aviso a las personas interesadas, al número de teléfono o dirección
de correo electrónico que hayan incluido en su solicitud.
Podrán agruparse en una única publicación distintos expedientes, cuando se trate de
la notificación de idénticos actos administrativos, incluyéndose en una relación anexa los
datos relativos a cada beneficiario y a las correspondientes ayudas.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270747
Primero. La Orden de 8 de junio de 2020 de la Consejería de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio, BOJA extraordinario núm. 37, de 12 de junio de 2020, aprueba
las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no
competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en
los alquileres de la vivienda habitual (en adelante BBRR).
El apartado 14.7 del cuadro resumen de las BBRR dispone que la comprobación de
la documentación que en el mismo se relaciona, y la verificación de los requisitos que
han de cumplir los beneficiarios, podrá realizarse con posterioridad a la resolución de
concesión de la ayuda, quedando ésta condicionada al cumplimiento de los mismos. En
el caso de detectarse incumplimiento, una vez concedida la ayuda, o realizado el pago
total o parcial de la misma, se resolverá sobre su anulación o suspensión desde la fecha
en la que se hubiere producido el incumplimiento y se solicitará, el reintegro o devolución
que procediera conforme a la normativa de aplicación.