Disposiciones generales. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/212-6)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se declara un nuevo crédito disponible para la convocatoria de subvenciones aprobada por Resolución de 12 de abril de 2022, de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para 2022 las subvenciones previstas en la Orden de 18 de mayo de 2017, de la Consejería de Presidencia y Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a Entidades Locales para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del Plan de Cooperación Municipal.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Viernes, 4 de noviembre de 2022

página 17392/2

Mediante Resolución de 9 de agosto de 2022, de la Dirección General de
Administración Local, publicada en BOJA núm. 156, de 16 de agosto, ya se declaró un
nuevo crédito disponible para la convocatoria de subvenciones aprobada por Resolución
de 12 de abril de 2022, ampliándose en 1.100.000,00 euros el crédito disponible en la
partida presupuestaria 0900010000G81A7650100, y en 97.166,45 el crédito disponible en
la partida 0900010000G81A4640000.
Existiendo un sobrante en el vinculante de las partidas presupuestarias de capítulo 7
con la que se financian estas subvenciones, y siendo este crédito disponible y suficiente,
procede declarar una nueva ampliación del crédito de capítulo 7 con objeto de atender un
mayor número de solicitudes de las distintas entidades locales afectadas por los distintos
fenómenos acaecidos en nuestro territorio en el periodo indicado en la convocatoria, todo
ello entre las entidades que reúnan los requisitos exigidos en la normativa aplicable.
En el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, se establece que
la declaración del aumento del crédito se publicará por el órgano concedente en el mismo
medio que la convocatoria, sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo
plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para
adoptar y notificar la resolución correspondiente.
Por todo ello, de conformidad con la normativa citada, así como la de general
aplicación,
RESU ELVO
Primero. Ampliar en 916.894,21 euros el crédito disponible en la partida presupuestaria
0900010000G81A7650100, la cual determina la disponibilidad presupuestaria establecida
en la Resolución de 12 de abril de 2022, de la Dirección General de Administración Local,
por la que se convocan para el ejercicio 2022 las subvenciones previstas en la Orden de
18 de mayo de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma
de Andalucía en régimen de concurrencia no competitiva para afrontar necesidades
surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del ámbito del Plan de
Cooperación Municipal.
Segundo. Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía para su general conocimiento.

00270630

Sevilla, 28 de octubre de 2022.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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