Disposiciones generales. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/212-6)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se declara un nuevo crédito disponible para la convocatoria de subvenciones aprobada por Resolución de 12 de abril de 2022, de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para 2022 las subvenciones previstas en la Orden de 18 de mayo de 2017, de la Consejería de Presidencia y Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a Entidades Locales para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del Plan de Cooperación Municipal.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Viernes, 4 de noviembre de 2022
página 17392/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Mediante Orden de 18 de mayo de 2017, se aprobaron las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad
Autónoma de Andalucía en régimen de concurrencia no competitiva para afrontar
necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del ámbito del
Plan de Cooperación Municipal.
A través de estas ayudas se financian las actuaciones necesarias para la restitución
de infraestructuras e instalaciones de titularidad y competencia de las entidades locales
dañadas por eventos generadores de situaciones de emergencia o catástrofe acaecidas
en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el fin de restablecer en
las zonas siniestradas el normal funcionamiento de los servicios públicos locales, en
beneficio de la comunidad vecinal.
Mediante Resolución de 12 de abril de 2022, de la Dirección General de Administración
Local, se convocaron para el ejercicio 2022 las subvenciones previstas en la citada Orden
de 18 de mayo de 2017.
El apartado dispositivo duodécimo «Financiación» de la indicada resolución establece
que estas subvenciones se concederán con cargo a las partidas presupuestarias
0900010000G81A7650100 (código de proyecto de inversión 19980000523) y
0900010000G81A4640000 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía
para 2022. En concreto, el crédito adecuado y suficiente inicialmente disponible para
esta finalidad era de 2.914.999,80 euros con cargo a la primera partida anteriormente
mencionada y 60.000,00 € con cargo a la segunda. Sin embargo, también establece la
convocatoria, que la cuantía total máxima destinada a esta línea de subvenciones en esta
anualidad será de 10.000.000,00 de euros, y que si aumentaran los créditos disponibles
por ampliaciones sobrevenidas, se dictarán resoluciones complementarias por el órgano
competente para la concesión de las subvenciones que incluyan solicitudes que, aun
cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento de dichos
créditos.
Teniendo en cuenta la gran cantidad de sucesos susceptibles de ser considerados
como de emergencia y catástrofe que han acaecido en el territorio de nuestra Comunidad
en el periodo determinado, y la extraordinaria acogida y aceptación que ha tenido la
convocatoria de estas ayudas por parte de las entidades locales de nuestro territorio,
en la que han tenido entrada más de 400 solicitudes de subvención procedentes de más
de 240 entidades locales distintas, por un importe global superior a los 20 millones de
euros, el crédito inicial dispuesto en la convocatoria ha sido claramente insuficiente para
dar cobertura a las necesidades reales que están requiriendo las entidades, procediendo
aplicar en consecuencia lo dispuesto en el apartado duodécimo de la citada resolución
en el sentido de que se expone a continuación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270630
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Secretaría General de
Administración Local, por la que se declara un nuevo crédito disponible para
la convocatoria de subvenciones aprobada por Resolución de 12 de abril de
2022, de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan
para 2022 las subvenciones previstas en la Orden de 18 de mayo de 2017, de
la Consejería de Presidencia y Administración Local, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, a Entidades Locales para afrontar necesidades
surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del Plan de
Cooperación Municipal.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Viernes, 4 de noviembre de 2022
página 17392/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Mediante Orden de 18 de mayo de 2017, se aprobaron las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad
Autónoma de Andalucía en régimen de concurrencia no competitiva para afrontar
necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del ámbito del
Plan de Cooperación Municipal.
A través de estas ayudas se financian las actuaciones necesarias para la restitución
de infraestructuras e instalaciones de titularidad y competencia de las entidades locales
dañadas por eventos generadores de situaciones de emergencia o catástrofe acaecidas
en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el fin de restablecer en
las zonas siniestradas el normal funcionamiento de los servicios públicos locales, en
beneficio de la comunidad vecinal.
Mediante Resolución de 12 de abril de 2022, de la Dirección General de Administración
Local, se convocaron para el ejercicio 2022 las subvenciones previstas en la citada Orden
de 18 de mayo de 2017.
El apartado dispositivo duodécimo «Financiación» de la indicada resolución establece
que estas subvenciones se concederán con cargo a las partidas presupuestarias
0900010000G81A7650100 (código de proyecto de inversión 19980000523) y
0900010000G81A4640000 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía
para 2022. En concreto, el crédito adecuado y suficiente inicialmente disponible para
esta finalidad era de 2.914.999,80 euros con cargo a la primera partida anteriormente
mencionada y 60.000,00 € con cargo a la segunda. Sin embargo, también establece la
convocatoria, que la cuantía total máxima destinada a esta línea de subvenciones en esta
anualidad será de 10.000.000,00 de euros, y que si aumentaran los créditos disponibles
por ampliaciones sobrevenidas, se dictarán resoluciones complementarias por el órgano
competente para la concesión de las subvenciones que incluyan solicitudes que, aun
cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento de dichos
créditos.
Teniendo en cuenta la gran cantidad de sucesos susceptibles de ser considerados
como de emergencia y catástrofe que han acaecido en el territorio de nuestra Comunidad
en el periodo determinado, y la extraordinaria acogida y aceptación que ha tenido la
convocatoria de estas ayudas por parte de las entidades locales de nuestro territorio,
en la que han tenido entrada más de 400 solicitudes de subvención procedentes de más
de 240 entidades locales distintas, por un importe global superior a los 20 millones de
euros, el crédito inicial dispuesto en la convocatoria ha sido claramente insuficiente para
dar cobertura a las necesidades reales que están requiriendo las entidades, procediendo
aplicar en consecuencia lo dispuesto en el apartado duodécimo de la citada resolución
en el sentido de que se expone a continuación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270630
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Secretaría General de
Administración Local, por la que se declara un nuevo crédito disponible para
la convocatoria de subvenciones aprobada por Resolución de 12 de abril de
2022, de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan
para 2022 las subvenciones previstas en la Orden de 18 de mayo de 2017, de
la Consejería de Presidencia y Administración Local, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, a Entidades Locales para afrontar necesidades
surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del Plan de
Cooperación Municipal.