Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/212-47)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes al Grupo IV del personal laboral incluido en el Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante concurso de promoción.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Viernes, 4 de noviembre de 2022
página 17347/9
Décima. Desarrollo del proceso selectivo y adjudicación de vacantes.
1. Finalizado el proceso de valoración de méritos en que consiste la fase de concurso,
se hará público, mediante Acuerdo de la comisión de selección, listado provisional de
las personas que asistirán a los cursos de habilitación, con expresión de la puntuación
provisional otorgada a cada participante incluido en el listado.
Dichas listas se harán públicas y se expondrán en la Web de Emplead@, otorgándose
un plazo de diez días hábiles para la presentación por vía telemática de alegaciones.
Durante este mismo plazo, los aspirantes podrán presentar su desistimiento.
En este listado provisional de personas que asistirán a los cursos de habilitación,
así como en el definitivo previsto en el siguiente apartado, no computarán, a efectos
de determinar el número de personas que acceden a la realización de los cursos de
habilitación y quedando exentos de la misma, aquellos participantes que, aunque por
puntuación les correspondiera, tuvieran el curso de habilitación realizado y reservado de
algún proceso de promoción anterior.
2. Finalizado el plazo mencionado en el apartado anterior, por acuerdo de la
comisión de selección se harán públicos los listados definitivos de personas que
acceden a la realización de los cursos de habilitación. Contra dicho acuerdo se podrá
presentar demanda ante el Juzgado de lo Social, en el plazo de veinte días, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 59.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, en relación con lo previsto en los artículos 69 y siguientes de la Ley
36/2011, de 10 de octubre.
3. Una vez realizados los cursos de habilitación, la comisión de selección hará publica
mediante acuerdo que se expondrá en la Web de Emplead@ la relación de aspirantes
que han superado los cursos de habilitación así como aquéllos que cuenten con reserva
de la superación de los mismos ordenados por puntuación obtenida .
4. Al objeto de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Decreto
93/2006, de 22 de mayo, las personas con discapacidad que resulten seleccionadas que
necesiten adaptaciones que hayan de ser tenidas en cuenta por la Dirección General de
Recursos Humanos y Función Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán comunicarlo
en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
relación definitiva de personas seleccionadas, mediante escrito dirigido a esta.
A tales efectos, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública les
podrá requerir la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada,
así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y
de la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas del puesto concreto a
ocupar. El dictamen será expedido por los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o asistencial correspondiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La Consejería, el organismo o entidad a la que esté adscrito el puesto de trabajo
será la encargada de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones
necesarias para la incorporación de la persona con discapacidad.
5. La Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública podrá realizar una
oferta de vacantes diferenciada para el turno de personas con discapacidad. En este
supuesto, las personas con discapacidad seleccionadas podrán optar por elegir destino,
según el orden establecido en el proceso selectivo, bien de entre las plazas ofertadas en el
turno libre, o de entre las vacantes ofertadas para el turno de personas con discapacidad.
6. Por resolución/es de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública, que se publicará/n en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se ofertará
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270601
provisionales, y la publicación les servirá de notificación. Contra la citada resolución se
podrá presentar demanda ante el Juzgado de lo Social, en el plazo de veinte días, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
de los Trabajadores, en relación con lo previsto en los artículos 69 y siguientes de la Ley
36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Viernes, 4 de noviembre de 2022
página 17347/9
Décima. Desarrollo del proceso selectivo y adjudicación de vacantes.
1. Finalizado el proceso de valoración de méritos en que consiste la fase de concurso,
se hará público, mediante Acuerdo de la comisión de selección, listado provisional de
las personas que asistirán a los cursos de habilitación, con expresión de la puntuación
provisional otorgada a cada participante incluido en el listado.
Dichas listas se harán públicas y se expondrán en la Web de Emplead@, otorgándose
un plazo de diez días hábiles para la presentación por vía telemática de alegaciones.
Durante este mismo plazo, los aspirantes podrán presentar su desistimiento.
En este listado provisional de personas que asistirán a los cursos de habilitación,
así como en el definitivo previsto en el siguiente apartado, no computarán, a efectos
de determinar el número de personas que acceden a la realización de los cursos de
habilitación y quedando exentos de la misma, aquellos participantes que, aunque por
puntuación les correspondiera, tuvieran el curso de habilitación realizado y reservado de
algún proceso de promoción anterior.
2. Finalizado el plazo mencionado en el apartado anterior, por acuerdo de la
comisión de selección se harán públicos los listados definitivos de personas que
acceden a la realización de los cursos de habilitación. Contra dicho acuerdo se podrá
presentar demanda ante el Juzgado de lo Social, en el plazo de veinte días, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 59.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, en relación con lo previsto en los artículos 69 y siguientes de la Ley
36/2011, de 10 de octubre.
3. Una vez realizados los cursos de habilitación, la comisión de selección hará publica
mediante acuerdo que se expondrá en la Web de Emplead@ la relación de aspirantes
que han superado los cursos de habilitación así como aquéllos que cuenten con reserva
de la superación de los mismos ordenados por puntuación obtenida .
4. Al objeto de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Decreto
93/2006, de 22 de mayo, las personas con discapacidad que resulten seleccionadas que
necesiten adaptaciones que hayan de ser tenidas en cuenta por la Dirección General de
Recursos Humanos y Función Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán comunicarlo
en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
relación definitiva de personas seleccionadas, mediante escrito dirigido a esta.
A tales efectos, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública les
podrá requerir la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada,
así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y
de la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas del puesto concreto a
ocupar. El dictamen será expedido por los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o asistencial correspondiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La Consejería, el organismo o entidad a la que esté adscrito el puesto de trabajo
será la encargada de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones
necesarias para la incorporación de la persona con discapacidad.
5. La Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública podrá realizar una
oferta de vacantes diferenciada para el turno de personas con discapacidad. En este
supuesto, las personas con discapacidad seleccionadas podrán optar por elegir destino,
según el orden establecido en el proceso selectivo, bien de entre las plazas ofertadas en el
turno libre, o de entre las vacantes ofertadas para el turno de personas con discapacidad.
6. Por resolución/es de la Dirección General de Recursos Humanos y Función
Pública, que se publicará/n en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se ofertará
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270601
provisionales, y la publicación les servirá de notificación. Contra la citada resolución se
podrá presentar demanda ante el Juzgado de lo Social, en el plazo de veinte días, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
de los Trabajadores, en relación con lo previsto en los artículos 69 y siguientes de la Ley
36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.