Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/212-47)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes al Grupo IV del personal laboral incluido en el Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante concurso de promoción.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Viernes, 4 de noviembre de 2022
página 17347/5
Sexta. Tasas de inscripción
1. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 252 y 254 de la Ley 10/2021, de
28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
quienes deseen participar deberán hacer efectiva una tasa de inscripción en la cuantía
de 12,64 euros por cada categoría profesional a que se aspire, cuyo hecho imponible lo
constituye la presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo, que no
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270601
Quinta. Solicitudes.
1. Los participantes deberán cumplimentar una solicitud telemática de participación
y autobaremación, conforme al modelo oficial del Anexo III de la convocatoria para cada
categoría profesional a la que se aspire.
2. La presentación de las solicitudes se realizará exclusivamente de manera
telemática, de conformidad con la obligación de relacionarse electrónicamente en los
procedimientos selectivos establecida en el artículo único apartado 2 del Decreto-ley
27/2020, de 22 de octubre, ante el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía, al
que se podrá acceder desde la página web de Emplead@
https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/
3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública. Una vez transcurrido el plazo de presentación, las solicitudes
formuladas serán vinculantes para los participantes, sin que pueda modificarse apartado
alguno del anexo presentado sin perjuicio de que pueda presentarse uno nuevo dentro de
plazo, en cuyo caso el primero quedará sin efecto. Cualquier dato omitido o consignado
erróneamente por la persona interesada no podrá ser invocado por éste a efectos de
futuras reclamaciones, ni considerar por tal motivo lesionados sus intereses o derechos.
La solicitud tendrá la consideración de declaración responsable a los efectos previstos
en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
La solicitud presentada ante el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía no
podrá ser modificada en ningún caso, sin perjuicio de que, dentro del plazo establecido,
pueda presentarse una nueva solicitud que sustituirá a la anterior, generándose
automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos
presentados por las personas solicitantes, en el que se dejará constancia del asiento
de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento
exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
4. De conformidad con lo previsto en el apartado 1.c) de la base segunda quienes
participen habrán de consignar expresamente la titulación académica, certificado
de profesionalidad, experiencia profesional o curso de formación a los efectos del
cumplimiento del requisito de acceso a la categoría profesional. En el supuesto de que
aquélla no constara inscrita en el Registro General de Personal al día de la publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente convocatoria, habrá de
adjuntarse a la solicitud documentación acreditativa al efecto.
5. Los aspirantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos conforme
al baremo contenido en la presente convocatoria, cumplimentando al efecto el Anexo III.
Solo se valorarán por la comisión de selección, a efectos de determinar la puntuación en
el concurso, los méritos obtenidos hasta la fecha de publicación en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía de la presente convocatoria que en dicha fecha consten inscritos
en el Registro General de Personal, y sean alegados y autobaremados por las personas
participantes. Esta autobaremación vinculará a la comisión de selección, en el sentido
de que ésta solo podrá valorar los méritos que hayan sido autobaremados por los
aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuación total mayor a la asignada por los mismos
en el baremo de méritos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Viernes, 4 de noviembre de 2022
página 17347/5
Sexta. Tasas de inscripción
1. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 252 y 254 de la Ley 10/2021, de
28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
quienes deseen participar deberán hacer efectiva una tasa de inscripción en la cuantía
de 12,64 euros por cada categoría profesional a que se aspire, cuyo hecho imponible lo
constituye la presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo, que no
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270601
Quinta. Solicitudes.
1. Los participantes deberán cumplimentar una solicitud telemática de participación
y autobaremación, conforme al modelo oficial del Anexo III de la convocatoria para cada
categoría profesional a la que se aspire.
2. La presentación de las solicitudes se realizará exclusivamente de manera
telemática, de conformidad con la obligación de relacionarse electrónicamente en los
procedimientos selectivos establecida en el artículo único apartado 2 del Decreto-ley
27/2020, de 22 de octubre, ante el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía, al
que se podrá acceder desde la página web de Emplead@
https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/
3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública. Una vez transcurrido el plazo de presentación, las solicitudes
formuladas serán vinculantes para los participantes, sin que pueda modificarse apartado
alguno del anexo presentado sin perjuicio de que pueda presentarse uno nuevo dentro de
plazo, en cuyo caso el primero quedará sin efecto. Cualquier dato omitido o consignado
erróneamente por la persona interesada no podrá ser invocado por éste a efectos de
futuras reclamaciones, ni considerar por tal motivo lesionados sus intereses o derechos.
La solicitud tendrá la consideración de declaración responsable a los efectos previstos
en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
La solicitud presentada ante el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía no
podrá ser modificada en ningún caso, sin perjuicio de que, dentro del plazo establecido,
pueda presentarse una nueva solicitud que sustituirá a la anterior, generándose
automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos
presentados por las personas solicitantes, en el que se dejará constancia del asiento
de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento
exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
4. De conformidad con lo previsto en el apartado 1.c) de la base segunda quienes
participen habrán de consignar expresamente la titulación académica, certificado
de profesionalidad, experiencia profesional o curso de formación a los efectos del
cumplimiento del requisito de acceso a la categoría profesional. En el supuesto de que
aquélla no constara inscrita en el Registro General de Personal al día de la publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente convocatoria, habrá de
adjuntarse a la solicitud documentación acreditativa al efecto.
5. Los aspirantes deberán proceder a la autobaremación de sus méritos conforme
al baremo contenido en la presente convocatoria, cumplimentando al efecto el Anexo III.
Solo se valorarán por la comisión de selección, a efectos de determinar la puntuación en
el concurso, los méritos obtenidos hasta la fecha de publicación en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía de la presente convocatoria que en dicha fecha consten inscritos
en el Registro General de Personal, y sean alegados y autobaremados por las personas
participantes. Esta autobaremación vinculará a la comisión de selección, en el sentido
de que ésta solo podrá valorar los méritos que hayan sido autobaremados por los
aspirantes, no pudiendo otorgar una puntuación total mayor a la asignada por los mismos
en el baremo de méritos.