Autoridades y personal. Universidades. (2022/211-61)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca concurso público de méritos para la contratación de Profesorado Ayudante Doctor.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 211 - Jueves, 3 de noviembre de 2022

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3. Presentación de solicitudes.
3.1. Las personas interesadas deberán presentar una solicitud debidamente
cumplimentada y firmada por cada plaza a la que deseen optar, a través del modelo
oficial recogido en el Anexo III (currículum abreviado), el cual se encuentra disponible en
la página web de la Universidad (https://www.upo.es/rr-hh/pdi/convocatorias/laboral/).
3.2. La solicitud, dirigida al Señor Rector Magnífico de la Universidad Pablo de
Olavide, de Sevilla, se presentarán en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, y se presentarán a través del Registro Electrónico General de la Universidad
Pablo de Olavide (https://upo.gob.es/registro-electronico/), así como en los restantes
registros electrónicos de cualquier entidad pública a las que se refiere el artículo 16.4.a)
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Las personas interesadas están obligadas a relacionarse
electrónicamente con la Universidad para la realización de cualquier trámite del presente
procedimiento, en atención al artículo 4.1.i) del reglamento por el que se regula el uso y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00270551

g) Las personas candidatas a plazas de Profesorado Ayudante Doctor deberán estar
en posesión del título de Doctor y de la correspondiente acreditación por parte de la
Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Agencia Andaluza de
Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria. En caso de estudios universitarios
realizados en el extranjero, deberá estar homologada por el Ministerio competente en
materia de educación, de conformidad con la legislación vigente. En caso de personas
candidatas con títulos de la Unión Europea, presentarán bien la homologación, o bien la
credencial de reconocimiento para el ejercicio de la actividad profesional. En todo caso,
la titulación deberá acreditarse documentalmente por el aspirante.
h) No estar afectado de incompatibilidad, conforme a lo establecido en la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades. El
personal incluido en el ámbito de aplicación de la citada Ley solo podrá compatibilizar
sus actividades con el desempeño de puestos en el sector público en los supuestos
contemplados en la ley.
2.2. Será requisito para aquellas personas candidatas que deseen que se les tenga
en cuenta el mérito preferente establecido en la normativa universitaria, según se detalla
a continuación, indicarlo expresamente en el currículum abreviado:
- Para todas las categorías convocadas (art. 48 de la LOMLOU): «Se considerará
mérito preferente estar acreditado o acreditada para participar en los concursos de
acceso a los cuerpos docentes universitarios». A la persona candidata que aduzca dicho
mérito preferente se le incrementará en un 20% la valoración obtenida por la baremación
de los méritos en los apartados I, II y III del baremo general.
- Para las plazas de Profesorado Ayudante Doctor (art. 50 de la LOMLOU): «… será
mérito preferente la estancia del candidato en Universidades o Centros de Investigación
de reconocido prestigio, españoles o extranjeros, distintos de la universidad que lleve
a cabo la contratación». El concursante que alegue dicho mérito preferente se le
incrementará la valoración obtenida por la baremación de los méritos en los apartados I,
II y III del baremo general en un 10% si acredita una estancia de 3 a 6 meses y en un 20%
si es superior a seis meses.
- En el caso de presentar más de un mérito preferente solamente se aplicará el factor
más alto de los que corresponda.
El mérito preferente deberá ser justificado mediante fotocopia de las correspondientes
credenciales.
2.3. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante la totalidad del procedimiento
selectivo y del periodo de duración del contrato.