Autoridades y personal. Universidades. (2022/211-47)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se aprueba la convocatoria, correspondiente al año 2022, de ayudas para contratos predoctorales con cargo a la Unidad de Excelencia «María de Maeztu» de la Universidad de Granada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 211 - Jueves, 3 de noviembre de 2022

página 17277/6

se admitirá la presentación de la solicitud por cualquiera de las modalidades previstas
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien podrán autorizar a una tercera persona en
el impreso establecido, para la presentación en su nombre de la solicitud a través de la
sede electrónica de la Universidad de Granada.
3. La presentación de la solicitud conlleva el consentimiento para el tratamiento de
los datos personales de las personas solicitantes con la finalidad de la resolución de la
convocatoria, en el marco de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección
de datos personales y garantía de los derechos digitales, así como el consentimiento
para comprobar o recabar de otros órganos, Administraciones o proveedores, por medios
electrónicos, la información sobre circunstancias de las solicitudes que, de acuerdo
con la convocatoria y la normativa aplicable, sean pertinentes para la instrucción del
procedimiento.
4. La presentación en el concurso implica la declaración de que los documentos y
méritos aportados son ciertos, pudiendo la Universidad de Granada solicitar en cualquier
momento previo o posterior a la evaluación de las solicitudes la aportación de la
documentación original acreditativa. La no aportación de la documentación requerida o la
comprobación de la existencia de falsedades en la documentación o méritos aportados,
facultará a la Universidad de Granada para iniciar las acciones legales que considere
oportunas contra la persona solicitante y en su caso la rescisión del contrato en el
supuesto de que le hubiera sido adjudicado.

Artículo 14. Evaluación y selección de las solicitudes.
1. La Comisión de Evaluación estará compuesta por los siguientes tres miembros:
- Ana Aguilera del Pino.
- Ginés López Pérez.
- Joaquín Pérez Muñoz (Director Científico).
Dicha Comisión podrá recabar informes de los expertos externos a dicho comité que
se considere apropiados.
2. Las solicitudes serán objeto de informe de adecuación curricular de las personas
candidatas a las actividades de investigación a desarrollar por parte la Comisión de
Evaluación, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en el Anexo II,
que será realizado por las personas que figuran como responsables de una línea de
investigación de las establecidas en el Anexo I. Evaluará todas aquellas solicitudes
adscritas a su línea, de acuerdo con los criterios de evaluación y elaborará, basado en
ellos, un informe de evaluación para cada una de las solicitudes. En este informe se
motivará el resultado de la evaluación efectuada.
3. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación y resulte necesario
resolver el empate, éste se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación
en la valoración del expediente académico. Si persistiera el empate, este se dirimirá por
decisión motivada expresamente por la Comisión de Evaluación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 13. Revisión y subsanación de solicitudes.
1. La Oficina de proyectos e Investigación será la unidad encargada de la revisión
administrativa de las plazas ofertadas.
En la web https://investigacion.ugr.es/recursos-humanos/otras-convocatorias/2022/imag
del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia se publicará la lista provisional
de personas admitidas y excluidas, concediéndose un plazo de 5 días hábiles desde
dicha publicación para que las personas interesadas subsanen los defectos, aporten
la documentación requerida o presenten las alegaciones que estimen pertinentes.
Las personas solicitantes que no aporten la documentación requerida o subsanen los
defectos se considerarán desistidas de su solicitud.
2. Posteriormente se publicará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas,
remitiéndose los expedientes a la Comisión de Evaluación.