Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/211-2)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que, con carácter excepcional para la Campaña 2022, se disponen exenciones y reducciones de penalizaciones por incumplimiento de los compromisos establecidos en el Anexo I, apartado C.bis, puntos 2 y 3, de la Orden de 26 de mayo de 2015, modificada por la Orden de 28 de abril de 2022, a los agricultores que se encuentren en las circunstancias que se citan.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 211 - Jueves, 3 de noviembre de 2022
página 17209/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Mediante Orden de 29 de abril de 2022, publicada con fecha 6 de mayo de 2022 (BOJA
núm. 85), se ha llevado a cabo la convocatoria para el año 2022 de subvenciones a
la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de
Andalucía 2014-2020, al amparo de la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se
aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el
Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa su convocatoria
para el año 2015, entre las que se encuentra, la Operación 10.1.8.2 Sistemas agrarios de
especial interés para las poblaciones de aves de los arrozales andaluces.
La Orden de 28 de abril de 2022, publicada con fecha 6 de mayo de 2022 (BOJA
núm. 85), modifica la Orden de 26 de mayo de 2015, añadiendo en su Anexo I apartado C.bis,
los compromisos que deberán cumplir durante todo el período de compromisos los
solicitantes de la Operación 10.1.8.2 Sistemas agrarios de especial interés para las
poblaciones de aves de los arrozales andaluces.
En particular, como segundo y tercer compromisos se requiere, respectivamente,
inundar en mosaico hasta el 15 de diciembre al menos 1/3 de la superficie comprometida
(en las explotaciones de 30 o menos hectáreas, este compromiso se podrá realizar en un
año sobre la totalidad de la superficie comprometida o en varios siempre que se alcance
la totalidad de la superficie), y nivelar anualmente con láser la superficie comprometida.
Al respecto, los representantes del sector arrocero en Andalucía, han trasladado su
preocupación por la grave situación que vienen atravesando desde hace meses como
consecuencia de la falta de agua. En concreto ponen de manifiesto, que la falta de agua
para la presente campaña, ha provocado una reducción de la dotación de agua de riego,
lo que conlleva una reducción de la siembra del 70% del cultivo del arroz. Es por ello que
muchas explotaciones agrarias con más de 30 ha, no podrán cumplir el compromiso de
inundar en mosaico hasta el 15 de diciembre, al menos, 1/3 de la superficie comprometida
(33,33%), pues la superficie sembrada de arroz es menor que la exigida para el
cumplimiento del citado compromiso establecido en el Anexo I apartado C.bis, punto 2,
de la Orden de 28 de abril de 2022, debido a la circunstancia excepcional expuesta, y
por ello solicitan que no se penalicen los incumplimientos que se produzcan de forma
involuntaria y por causa de fuerza mayor.
En cuanto al compromiso de nivelar con láser, a causa de la reducción de siembra
en la campaña 2022, y considerando que la nivelación de la superficie comprometida
con cultivos válidos no elegibles como el barbecho, suponen un gasto innecesario para
el agricultor y un aumento de CO2 a la atmósfera, manifiestan que la nivelación se ha
realizado sobre la superficie sembrada y no sobre toda la superficie comprometida, y por
ello los representantes del sector arrocero en Andalucía solicitan para el cumplimiento
del citado compromiso se considere solo la superficie sembrada de arroz y no toda la
superficie comprometida.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270472
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Dirección General de Ayudas
Directas y de Mercados, por la que, con carácter excepcional para la
Campaña 2022, se disponen exenciones y reducciones de penalizaciones por
incumplimiento de los compromisos establecidos en el Anexo I, apartado C.bis,
puntos 2 y 3, de la Orden de 26 de mayo de 2015, modificada por la Orden de
28 de abril de 2022, a los agricultores que se encuentren en las circunstancias
que se citan.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 211 - Jueves, 3 de noviembre de 2022
página 17209/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Mediante Orden de 29 de abril de 2022, publicada con fecha 6 de mayo de 2022 (BOJA
núm. 85), se ha llevado a cabo la convocatoria para el año 2022 de subvenciones a
la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de
Andalucía 2014-2020, al amparo de la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se
aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el
Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa su convocatoria
para el año 2015, entre las que se encuentra, la Operación 10.1.8.2 Sistemas agrarios de
especial interés para las poblaciones de aves de los arrozales andaluces.
La Orden de 28 de abril de 2022, publicada con fecha 6 de mayo de 2022 (BOJA
núm. 85), modifica la Orden de 26 de mayo de 2015, añadiendo en su Anexo I apartado C.bis,
los compromisos que deberán cumplir durante todo el período de compromisos los
solicitantes de la Operación 10.1.8.2 Sistemas agrarios de especial interés para las
poblaciones de aves de los arrozales andaluces.
En particular, como segundo y tercer compromisos se requiere, respectivamente,
inundar en mosaico hasta el 15 de diciembre al menos 1/3 de la superficie comprometida
(en las explotaciones de 30 o menos hectáreas, este compromiso se podrá realizar en un
año sobre la totalidad de la superficie comprometida o en varios siempre que se alcance
la totalidad de la superficie), y nivelar anualmente con láser la superficie comprometida.
Al respecto, los representantes del sector arrocero en Andalucía, han trasladado su
preocupación por la grave situación que vienen atravesando desde hace meses como
consecuencia de la falta de agua. En concreto ponen de manifiesto, que la falta de agua
para la presente campaña, ha provocado una reducción de la dotación de agua de riego,
lo que conlleva una reducción de la siembra del 70% del cultivo del arroz. Es por ello que
muchas explotaciones agrarias con más de 30 ha, no podrán cumplir el compromiso de
inundar en mosaico hasta el 15 de diciembre, al menos, 1/3 de la superficie comprometida
(33,33%), pues la superficie sembrada de arroz es menor que la exigida para el
cumplimiento del citado compromiso establecido en el Anexo I apartado C.bis, punto 2,
de la Orden de 28 de abril de 2022, debido a la circunstancia excepcional expuesta, y
por ello solicitan que no se penalicen los incumplimientos que se produzcan de forma
involuntaria y por causa de fuerza mayor.
En cuanto al compromiso de nivelar con láser, a causa de la reducción de siembra
en la campaña 2022, y considerando que la nivelación de la superficie comprometida
con cultivos válidos no elegibles como el barbecho, suponen un gasto innecesario para
el agricultor y un aumento de CO2 a la atmósfera, manifiestan que la nivelación se ha
realizado sobre la superficie sembrada y no sobre toda la superficie comprometida, y por
ello los representantes del sector arrocero en Andalucía solicitan para el cumplimiento
del citado compromiso se considere solo la superficie sembrada de arroz y no toda la
superficie comprometida.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270472
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Dirección General de Ayudas
Directas y de Mercados, por la que, con carácter excepcional para la
Campaña 2022, se disponen exenciones y reducciones de penalizaciones por
incumplimiento de los compromisos establecidos en el Anexo I, apartado C.bis,
puntos 2 y 3, de la Orden de 26 de mayo de 2015, modificada por la Orden de
28 de abril de 2022, a los agricultores que se encuentren en las circunstancias
que se citan.