3. Otras disposiciones. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/211-73)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Ayesa y se acuerda su traslado a la Administración General del Estado.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 211 - Jueves, 3 de noviembre de 2022
página 17289/2
territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía al ámbito del territorio nacional,
implica la desafectación de la fundación del Protectorado de Fundaciones de Andalucía
y cancelación de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía, por lo que
procede el traslado de la documentación relativa a los actos inscritos de la fundación al
órgano competente de la Administración General del Estado.
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) y n) del Reglamento de
organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por
Decreto 279/2003, de 7 de octubre, deberán inscribirse en dicho registro, la modificación
o nueva redacción de los estatutos de la fundación, así como todos los actos que estén
sujetos a comunicación del Protectorado.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el
ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005,
y el Decreto 32/2008, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía,
creado mediante el Decreto 279/2003, y todo ello de acuerdo con los artículos 1.i) y 11.6
del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos
legales citados y demás de pertinente aplicación,
RESU ELV E
Primero. Inscribir la modificación de estatutos de la Fundación Ayesa en el Registro de
Fundaciones de Andalucía, formalizados en escritura pública otorgada el 15.2.2022 ante
el notario don José Ignacio Guajardo-Fajardo Colunga, del Ilustre Colegio de Andalucía,
bajo el número 343 de su protocolo.
Segundo. Ordenar el traslado del expediente de la fundación al órgano competente
de la Administración General del Estado e inscribir su baja en el Registro de Fundaciones
de Andalucía, una vez se haya procedido a la inscripción de dicha fundación en el
correspondiente registro estatal.
Tercero. Ordenar la notificación de la presente resolución a la fundación y su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del
Registro de Fundaciones de Andalucía, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.
00270565
Sevilla, 19 de septiembre de 2022.- El Director General, Francisco Ontiveros Rodríguez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 211 - Jueves, 3 de noviembre de 2022
página 17289/2
territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía al ámbito del territorio nacional,
implica la desafectación de la fundación del Protectorado de Fundaciones de Andalucía
y cancelación de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía, por lo que
procede el traslado de la documentación relativa a los actos inscritos de la fundación al
órgano competente de la Administración General del Estado.
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) y n) del Reglamento de
organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por
Decreto 279/2003, de 7 de octubre, deberán inscribirse en dicho registro, la modificación
o nueva redacción de los estatutos de la fundación, así como todos los actos que estén
sujetos a comunicación del Protectorado.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el
ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005,
y el Decreto 32/2008, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía,
creado mediante el Decreto 279/2003, y todo ello de acuerdo con los artículos 1.i) y 11.6
del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos
legales citados y demás de pertinente aplicación,
RESU ELV E
Primero. Inscribir la modificación de estatutos de la Fundación Ayesa en el Registro de
Fundaciones de Andalucía, formalizados en escritura pública otorgada el 15.2.2022 ante
el notario don José Ignacio Guajardo-Fajardo Colunga, del Ilustre Colegio de Andalucía,
bajo el número 343 de su protocolo.
Segundo. Ordenar el traslado del expediente de la fundación al órgano competente
de la Administración General del Estado e inscribir su baja en el Registro de Fundaciones
de Andalucía, una vez se haya procedido a la inscripción de dicha fundación en el
correspondiente registro estatal.
Tercero. Ordenar la notificación de la presente resolución a la fundación y su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del
Registro de Fundaciones de Andalucía, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.
00270565
Sevilla, 19 de septiembre de 2022.- El Director General, Francisco Ontiveros Rodríguez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja