Disposiciones generales. Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. (2022/211-4)
Orden de 26 de octubre de 2022, por la que se modifica la Orden de 30 de julio de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para incrementar el valor medioambiental de los ecosistemas forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Medida 08: Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques; Submedida 8.5; Operación 8.5.1: Ayuda para inversiones para incrementar la capacidad de adaptación y el valor medioambiental de los ecosistemas forestales).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 211 - Jueves, 3 de noviembre de 2022
página 17226/5
El diseño y tipo de vallado a emplear deberá garantizar la supervivencia de la
plantación y el mantenimiento de los compromisos asumidos en función del grado
(magnitud de la intensidad o presión) y tipo de herbivoría presente en la finca, debiendo
quedar plasmado y justificado en el correspondiente Plan Técnico de Ordenación,
Proyecto de Ordenación y, en su caso, Plan Técnico de Caza.
El vallado se soportará por postes metálicos o postes de madera de al menos 0,5 m
superior a la altura de la malla y separados entre 5 y 6 metros, aunque por condiciones
del terreno podrán separarse hasta una distancia máxima de 10 m, con dos riostras cada
100-110 m. aproximadamente.
En terrenos cinegéticos deberá cumplir con lo establecido en la normativa vigente en
materia de caza para los cercados cinegéticos de protección.
Tipo
vallado
C1
C2
C3
Altura vallado (h)
1,50 m < h ≤ 2 m
1,50 m < h ≤ 2 m
1,50 m < h ≤ 2 m
Tipo malla
Malla anudada
Malla anudada
Malla anudada
Altura anclaje (h)
2 m < h ≤ 2,50 m
2 m < h ≤ 2,50 m
2 m < h ≤ 2,50 m
Tipo anclaje
Perfiles L ( 40X40X5 mm)
Perfiles T ( 60X60X7 mm)
Postes de madera (≥8 cm diam)
No será subvencionable el uso simultáneo de protección colectiva y de cerramientos
individuales (jaulas) sobre una misma superficie de actuación.»
La información asociada al procedimiento de estas ayudas se encuentra disponible
en el Registro de Procedimientos y Servicios, con el código de procedimiento 18368,
accesible a través del siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la
Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/18368/datos-basicos.html
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango contradigan o se
opongan a lo dispuesto en la presente orden.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270479
Disposición transitoria única. Aplicación retroactiva a los procedimientos de concesión de
subvenciones convocados mediante las Órdenes de 30 de julio de 2019 y de 29 de junio de 2021.
Las modificaciones contenidas en el artículo único de la presente orden retrotraerán
sus efectos a las solicitudes de subvenciones concedidas o en tramitación, al amparo de
las siguientes órdenes de convocatorias de ayudas, por tratarse de medidas favorables y
no restrictivas de derechos individuales y no afectar a derechos de terceros:
a) Orden de 23 de septiembre de 2019, por la que se convocan para el año 2019 las ayudas
previstas en la Orden de 30 de julio de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para incrementar
el valor medioambiental de los ecosistemas forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Medida
08: Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques;
Submedida 8.5; Operación 8.5.1: Ayuda para inversiones para incrementar la capacidad de
adaptación y el valor medioambiental de los ecosistemas forestales).
b) Orden de 29 de junio de 2021, por la que se convocan para el año 2021 las
ayudas previstas en la Orden de 30 de julio de 2019, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva
para incrementar el valor medioambiental de los ecosistemas forestales en el ámbito de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural
de Andalucía 2014-2020 (Medida 08: Inversiones en el desarrollo de zonas forestales
y mejora de la viabilidad de los bosques; Submedida 8.5., Operación 8.5.1: Ayuda para
inversiones para incrementar la capacidad de adaptación y el valor medioambiental de
los ecosistemas forestales).
BOJA
Número 211 - Jueves, 3 de noviembre de 2022
página 17226/5
El diseño y tipo de vallado a emplear deberá garantizar la supervivencia de la
plantación y el mantenimiento de los compromisos asumidos en función del grado
(magnitud de la intensidad o presión) y tipo de herbivoría presente en la finca, debiendo
quedar plasmado y justificado en el correspondiente Plan Técnico de Ordenación,
Proyecto de Ordenación y, en su caso, Plan Técnico de Caza.
El vallado se soportará por postes metálicos o postes de madera de al menos 0,5 m
superior a la altura de la malla y separados entre 5 y 6 metros, aunque por condiciones
del terreno podrán separarse hasta una distancia máxima de 10 m, con dos riostras cada
100-110 m. aproximadamente.
En terrenos cinegéticos deberá cumplir con lo establecido en la normativa vigente en
materia de caza para los cercados cinegéticos de protección.
Tipo
vallado
C1
C2
C3
Altura vallado (h)
1,50 m < h ≤ 2 m
1,50 m < h ≤ 2 m
1,50 m < h ≤ 2 m
Tipo malla
Malla anudada
Malla anudada
Malla anudada
Altura anclaje (h)
2 m < h ≤ 2,50 m
2 m < h ≤ 2,50 m
2 m < h ≤ 2,50 m
Tipo anclaje
Perfiles L ( 40X40X5 mm)
Perfiles T ( 60X60X7 mm)
Postes de madera (≥8 cm diam)
No será subvencionable el uso simultáneo de protección colectiva y de cerramientos
individuales (jaulas) sobre una misma superficie de actuación.»
La información asociada al procedimiento de estas ayudas se encuentra disponible
en el Registro de Procedimientos y Servicios, con el código de procedimiento 18368,
accesible a través del siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la
Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/18368/datos-basicos.html
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango contradigan o se
opongan a lo dispuesto en la presente orden.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270479
Disposición transitoria única. Aplicación retroactiva a los procedimientos de concesión de
subvenciones convocados mediante las Órdenes de 30 de julio de 2019 y de 29 de junio de 2021.
Las modificaciones contenidas en el artículo único de la presente orden retrotraerán
sus efectos a las solicitudes de subvenciones concedidas o en tramitación, al amparo de
las siguientes órdenes de convocatorias de ayudas, por tratarse de medidas favorables y
no restrictivas de derechos individuales y no afectar a derechos de terceros:
a) Orden de 23 de septiembre de 2019, por la que se convocan para el año 2019 las ayudas
previstas en la Orden de 30 de julio de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para incrementar
el valor medioambiental de los ecosistemas forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Medida
08: Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques;
Submedida 8.5; Operación 8.5.1: Ayuda para inversiones para incrementar la capacidad de
adaptación y el valor medioambiental de los ecosistemas forestales).
b) Orden de 29 de junio de 2021, por la que se convocan para el año 2021 las
ayudas previstas en la Orden de 30 de julio de 2019, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva
para incrementar el valor medioambiental de los ecosistemas forestales en el ámbito de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural
de Andalucía 2014-2020 (Medida 08: Inversiones en el desarrollo de zonas forestales
y mejora de la viabilidad de los bosques; Submedida 8.5., Operación 8.5.1: Ayuda para
inversiones para incrementar la capacidad de adaptación y el valor medioambiental de
los ecosistemas forestales).