3. Otras disposiciones. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/209-42)
Resolución de 24 de octubre de 2022, del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica el Convenio de Cooperación Educativa entre la Universidad de Jaén y el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía para la realización de prácticas académicas externas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Lunes, 31 de octubre de 2022
página 17122/6
Asimismo, será causa de extinción del presente Convenio, la entrada en vigor con
posterioridad a su fecha de efectos de cualquier disposición normativa que suponga
una modificación de los términos del mismo, siendo obligación de la Universidad la
reubicación del alumnado, en todo caso.
Undécima. Naturaleza y jurisdicción.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en
las cláusulas del mismo, el título preliminar, capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
y en defecto de los términos recogidos en el mismo la Normativa de prácticas externas
de la Universidad de Jaén, la Normativa de Trabajos Fin de Grado, Fin de Máster y otros
Trabajos Fin de Título de la Universidad de Jaén, el Plan de Estudios de que se trate, en
el resto de la normativa aplicable y los principios generales del Derecho.
El presente Convenio de Colaboración queda excluido del ámbito de aplicación de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen
al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de conformidad con lo establecido
en el artículo 6, sin perjuicio de la aplicación de los principios del referido texto legal, en
defecto de normas especiales, para resolver las dudas y lagunas que puedan plantearse,
de conformidad con lo establecido en su artículo 4.
Las partes firmantes se comprometen a resolver de forma amistosa cualquier
desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo e interpretación del presente Convenio
a través de la Comisión de Seguimiento. No obstante, de persistir las discrepancias, su
resolución corresponderá a los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad firman el presente Convenio.
D. PEDRO PÉREZ HIGUERAS
DIRECTORA DEL INSTITUTO DE ESTADÍSTICA
Y CARTOGRAFÍA DE ANDALUCÍA
VICERRECTOR DE TRANSFERENCIA
DEL CONOCIMIENTO, EMPLEABILIDAD
Y EMPRENDIMIENTO DE LA UNIVERSIDAD
DE JAÉN
00270390
D.ª ELENA MANZANERA DÍAZ
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Lunes, 31 de octubre de 2022
página 17122/6
Asimismo, será causa de extinción del presente Convenio, la entrada en vigor con
posterioridad a su fecha de efectos de cualquier disposición normativa que suponga
una modificación de los términos del mismo, siendo obligación de la Universidad la
reubicación del alumnado, en todo caso.
Undécima. Naturaleza y jurisdicción.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en
las cláusulas del mismo, el título preliminar, capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
y en defecto de los términos recogidos en el mismo la Normativa de prácticas externas
de la Universidad de Jaén, la Normativa de Trabajos Fin de Grado, Fin de Máster y otros
Trabajos Fin de Título de la Universidad de Jaén, el Plan de Estudios de que se trate, en
el resto de la normativa aplicable y los principios generales del Derecho.
El presente Convenio de Colaboración queda excluido del ámbito de aplicación de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen
al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de conformidad con lo establecido
en el artículo 6, sin perjuicio de la aplicación de los principios del referido texto legal, en
defecto de normas especiales, para resolver las dudas y lagunas que puedan plantearse,
de conformidad con lo establecido en su artículo 4.
Las partes firmantes se comprometen a resolver de forma amistosa cualquier
desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo e interpretación del presente Convenio
a través de la Comisión de Seguimiento. No obstante, de persistir las discrepancias, su
resolución corresponderá a los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad firman el presente Convenio.
D. PEDRO PÉREZ HIGUERAS
DIRECTORA DEL INSTITUTO DE ESTADÍSTICA
Y CARTOGRAFÍA DE ANDALUCÍA
VICERRECTOR DE TRANSFERENCIA
DEL CONOCIMIENTO, EMPLEABILIDAD
Y EMPRENDIMIENTO DE LA UNIVERSIDAD
DE JAÉN
00270390
D.ª ELENA MANZANERA DÍAZ
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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