3. Otras disposiciones. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/209-42)
Resolución de 24 de octubre de 2022, del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica el Convenio de Cooperación Educativa entre la Universidad de Jaén y el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía para la realización de prácticas académicas externas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Lunes, 31 de octubre de 2022

página 17122/3

- Designar a la persona que ejercerá las funciones de tutor profesional, la cual tendrá
la experiencia profesional y los conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva.
Corresponden a este tutor, las obligaciones indicadas en el artículo 11 del Real Decreto
592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los
estudiantes universitarios, y en el artículo 26 de la Normativa de prácticas externas de la
Universidad de Jaén, así como las siguientes:
• Acoger a la persona adjudicataria en el IECA y organizar la actividad a desarrollar
conforme a la guía docente o al proyecto formativo.
• Remitir al tutor universitario el informe final de prácticas conforme al modelo
proporcionado por la Universidad de Jaén, en el que detallará las tareas realizadas por la
persona que realizó las prácticas. Dicho informe deberá ir firmado por el tutor profesional
y tendrá validez como certificado acreditativo de la realización efectiva del periodo de
prácticas.
• Proporcionar al tutor universitario toda la información objetiva que este le requiera
como necesaria para evaluar el desempeño de la práctica.

Cuarta. Régimen de asistencia, duración y horario de los/las estudiantes que realicen
las prácticas.
El régimen de asistencia será el que se establezca en la normativa de prácticas
vigente. Necesariamente tendrá que incluir le regulación que permita a los/las estudiantes
cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación,
y a conciliar, en el caso de los/las estudiantes con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con
la situación de discapacidad, previa comunicación con antelación suficiente al IECA.
El alumnado en prácticas justificará las ausencias tanto al tutor universitario como
al tutor profesional. El régimen de permisos de las personas en prácticas se ajustará al
que tenga establecido la Administración para días festivos o no laborables y a lo regulado
en la Guía Docente de la asignatura en cada Titulación y la normativa reguladora que al
respecto tenga el Centro en cuestión.
Las prácticas curriculares tendrán la duración que establezca la oferta de prácticas
realizada por el IECA, que se ajustará a lo previsto en el plan de estudios correspondiente,
en los términos establecidos por el artículo 12.6 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de
octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
La finalización de la práctica se deberá programar para que se produzcan preferentemente
antes del fin del curso académico de la titulación solicitada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00270390

Tercera. Obligaciones y compromisos de la Universidad de Jaén en el marco de este
Convenio.
a) Nombrar al tutor universitario, dentro de su profesorado, para que ejerza la tutela
de las prácticas de cada estudiante, a fin de realizar las funciones de supervisión y
evaluación de las prácticas, de conformidad con la normativa establecida por el Centro al
respecto y de forma coordinada con el/la tutor/a profesional.
- Velar para que las personas designadas por el IECA para ejercer la tutela
profesional, disfruten de los derechos reconocidos en el artículo 11.1 del Real Decreto
592/2014, de 11 de julio, y en el artículo 25 de la Normativa de prácticas externas de
la Universidad de Jaén, así como del reconocimiento de dicha labor por medio de un
certificado emitido por la Universidad de Jaén donde se recogerán las tareas principales
que hayan desempeñado en el programa formativo de prácticas, y el carácter positivo o
negativo de la evaluación.
- Remitir al IECA una copia de los seguros que cubren al alumnado, tanto por los
daños que sufran como por los que puedan ocasionar a la Administración o a terceros
durante el desarrollo de las prácticas.