3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/207-45)
Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se establecen nuevas zonas demarcadas del organismo nocivo Scirtothrips aurantii Faure y las medidas fitosanitarias obligatorias para su control en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
<< 3 << Página 3
Página 4 Pág. 4
-
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Jueves, 27 de octubre de 2022

página 16843/4

00270106

2. Establecer las siguientes medidas fitosanitarias de obligado cumplimiento para los
productores y comerciantes de material vegetal con especies hospedantes:
a) Los propietarios de las parcelas de producción o comercialización de especies
hospedantes realizaran prospecciones al objeto de determinar la presencia del organismo
nocivo Scirtothrips aurantii.
b) Los propietarios que detecten la presencia de la plaga o de sus síntomas en especies
hospedantes de su propiedad tienen la obligación de comunicarlo al Departamento de
Sanidad Vegetal de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural en la provincia que corresponda.
c) Las parcelas con especies hospedantes a Scirtothrips aurantii, en el caso de detectar
presencia del organismo nocivo deberán ser tratadas con los productos fitosanitarios
autorizados para su control, según el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Como mínimo se realizarán dos tratamientos
consecutivos con un intervalo de dos a tres semanas alternando las sustancias activas de
modos de acción diferentes. Igualmente se emplearán trampas adhesivas cromotrópicas.
d) Por parte de los responsables de las instalaciones o parcelas de producción o
comercialización de especies hospedantes estarán obligados a realizar un control
exhaustivo de detección y erradicación de Scirtothrips aurantii, garantizando que el
material vegetal que salga de sus instalaciones salen libres del citado organismo nocivo,
por todo ello, en todo caso, deberán realizar tratamientos fitosanitarios en el momento
mas próximo a la posible comercialización.
e) Inspección y limpieza de maquinaria y vehículos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja