Autoridades y personal. Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. (2022/202-15)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, por la que se convoca el proceso selectivo de ingreso en el Servicio Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para los puestos incluidos en las Ofertas de Empleo Público de 2021 y 2022.
48 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 202 - Jueves, 20 de octubre de 2022

página 16359/20

selección por el Comité de selección. El número de personas convocadas a lo largo de la
vigencia de la Bolsa, será el que vaya resultando de las necesidades a cubrir.
Contra las resoluciones del Comité de selección de exclusión por no superación
de las pruebas excluyentes, cabrá recurso de alzada ante la Dirección Gerencia de la
Agencia de Medio Ambiente y Agua, en el plazo de un mes desde su publicación (los
artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Pública).
8.1. Pruebas físicas (obligatoria, de carácter excluyente).
Las pruebas físicas que se realizarán son las del Test INFOCA y se incluyen en
las presentes bases en el Anexo A. Necesariamente se deberá acudir a las mismas
con la indumentaria adecuada para realizar los ejercicios (ropa y calzado deportivo) y
es imprescindible para el acceso a las pruebas, presentar in situ el carné de identidad
original y el correspondiente certificado médico de aptitud. No se permitirá el acceso a
las pruebas de aptitud física si no se cumplen estos requisitos.
El Certificado Médico de Aptitud es el documento acreditativo de poseer la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas y para la realización de las pruebas de aptitud
física. Éste ha de ser extendido, de forma preferente, en impreso oficial y firmado por
colegiado en ejercicio, pudiendo admitirse el certificado médico de aptitud expedido por
médicos de atención primaria con identificación del facultativo y el correspondiente sello.
Referido al texto, debe constar que «el interesado D. –nombre del solicitante– reúne las
condiciones físicas y de salud precisas, para realizar las pruebas físicas del Test INFOCA
que se incluyen en el Anexo A del proceso selectivo para el Ingreso en el Dispositivo
INFOCA».
Este certificado médico no excluye las comprobaciones ulteriores que integran el
reconocimiento médico en el momento de la incorporación, que debe superarse.
La valoración de la prueba física es en términos de Apto/No Apto y determina la
aptitud física necesaria para el acceso a la actividad de extinción, según el convenio
colectivo de la Agencia:
• BF Especialista de Grupo de Retenes: se exigirá la calificación de 8 en el Test
INFOCA.
• BF Conductor VCI: se exigirá la calificación de 8 en el Test INFOCA.
En el transcurso, o una vez finalizadas las pruebas físicas, se podrá realizar un
control de consumo de estimulantes, alcohol o de cualquier tipo de droga que altere
las condiciones físicas de las personas aspirantes, siendo eliminadas las que resulten
positivas. En especial, será de aplicación la lista de sustancias y grupos farmacológicos
prohibidos, así como los métodos no reglamentarios de dopaje, contemplados en la
normativa del Consejo Superior de Deportes.
8.2. Evaluación psicológica (obligatoria, de carácter excluyente).
La aptitud psicológica se determinará mediante la aplicación colectiva de una batería
de pruebas y una entrevista personal. En el Anexo B se relacionan los requisitos de
aptitud psicológica según consta en el I convenio colectivo de la Agencia. En caso de
necesitar gafas o lentes correctoras, se deberá acudir a la prueba con las mismas.
La calificación de la evaluación psicológica es en términos de «apto»o «no apto». La
persona solicitante que obtenga la calificación de «no apto» para el puesto al que aspira,
quedará automáticamente excluida del proceso selectivo.
Respecto las personas aspirantes que hubieran resultado con la calificación de
«Apto» en la evaluación psicológica del proceso selectivo de la anterior Oferta Pública de
Empleo 2019-2020, se aplicará el art. 38. Vigencia de la aptitud psicológica para personal
de nuevo acceso, del I Convenio colectivo de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de
Andalucía (2018-2020), no siendo convocados a esta prueba los aspirantes que cumplan
los criterios que determine el Comité de selección.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00269627

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía