Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/202-1)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca la II Edición de los Premios Andalucía para la Economía Social «Premios Andalucía ES».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 202 - Jueves, 20 de octubre de 2022

página 16368/3

Quinto. Valoración de las candidaturas y selección de los proyectos.
Un jurado evaluará las candidaturas y seleccionará los proyectos de acuerdo con los
criterios de valoración establecidos para cada modalidad de los premios, en el artículo 8
de la Orden de 12 de junio de 2021, recogiéndose a continuación tales criterios. La
composición del jurado se publicará en la sede electrónica de la Consejería de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo.
Modalidad a) Premio al mejor proyecto innovador y/o de esfuerzo empresarial. Reconocimiento por actuaciones encaminadas a
diseñar, planificar e implementar medidas de transformación digital, económica y social, que cuenten con una gestión empresarial
eficaz.
Modalidad b) Premio al mejor proyecto de nueva creación. Reconocimiento por proyectos empresariales que destaquen por su
creatividad, originalidad y singularidad.
Modalidad c) Premio al mejor proyecto de economía circular. Reconocimiento a la adopción en la empresa de los principios de
reducción, reutilización y reciclaje, en sus procesos de producción, circulación y/o consumo.
Entidades destinatarias: Sociedades cooperativas andaluzas.
Descripción
u Se valorarán proyectos que aporten un valor añadido a la entidad mediante el
uso de nuevas tecnologías, favoreciendo la economía digital y la economía de
escala en los procesos de producción, el incremento de la competitividad y el
nacimiento de nuevos productos o servicios.
b) Esfuerzo inversor.
Se valorará el esfuerzo inversor, ya sea de capital, recursos materiales o
humanos, favoreciendo a aquellas entidades cuya capacidad de inversión
ordinaria sea limitada, ya sea por menor volumen de negocio o por menor
capacidad técnica y de recursos humanos. En concreto, se tendrán en cuenta:
- La compra de activos tecnológicos.
- La implantación de recursos de eficiencia energética.
- La arquitectura de inclusión para colectivos vulnerables en procesos e
infraestructuras.
- La creación o mantenimiento de puestos de trabajo.
La inversión en recursos humanos deberá referirse al mantenimiento y/o
creación de nuevos puestos de trabajo en los últimos 12 meses, a contar
desde la fecha de publicación de la convocatoria.
c) Impacto económico-social en Se valorará la dinamización del proyecto en su área de influencia, su
el área de influencia, según los desarrollo en municipios con alta densidad de personas desempleadas, así
siguientes subapartados.
como su contribución a luchar contra la despoblación y el reto demográfico,
favoreciendo aquellas medidas o actuaciones que inciden directamente en la
economía de proximidad, así como en el relevo generacional, aprovechando
sinergias con otros sectores productivos.
En el caso que el proyecto se desarrolle en más de un municipio, se considerará
la mejor opción en su conjunto en cada uno de los subapartados a valorar.
Subapartado c)1
c)1.1.Proyecto que dinamiza la economía a nivel comarcal.
c)1.2.Proyecto que dinamiza a nivel provincial o interprovincial.
Subapartado c) 2
c)2.1.Proyecto que favorece o implementa medidas o actuaciones en
municipios con riesgo de despoblación (densidad de población menor de 12,5
hab/km²).
c)2.2.Proyecto que favorece o implementa medidas o actuaciones en
municipios con riesgo severo de despoblación (densidad de población menor
de 8 hab/km²).
Subapartado c)3
c)3.Proyecto que favorece o implementa medidas o actuaciones que permiten
retener la población joven ( menores de 35 años ) en el territorio, garantizando
una renovación generacional sostenible y el autoempleo.
d) Empleabilidad de personas Se valorará la empleabilidad de personas mayores de 55, personas con
pertenecientes
a
colectivos discapacidad y/o familias monoparentales de mujeres, en función del número
especialmente vulnerables y/o de personas empleadas y tipología de contrato, en los siguientes porcentajes:
de difícil inserción laboral según
los siguientes porcentajes:
d)1. Porcentaje de personas empleadas > 25% y hasta el 50% en contratos
indefinidos a tiempo parcial.
d)2. Porcentaje de personas empleadas 25% y hasta el 50% en contratos
indefinidos a tiempo completo.
d)3. Porcentaje de personas empleadas > 50% en contratos indefinidos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

Baremo
Hasta 40 puntos.

Hasta 25 puntos.

Hasta 30 puntos,
con el siguiente
desglose
de
puntos:

Hasta 5 puntos.
Hasta 10 puntos.
Hasta 5 puntos.
Hasta 10 puntos.
Hasta 10 puntos.
Hasta 10 puntos,
con el siguiente
desglose
de
puntos:
5 puntos.
7.5 puntos.
10 puntos.

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00269643

Criterio
a) Innovación, excelencia
originalidad del proyecto.