Disposiciones generales. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/200-2)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Intervención General de la Junta de Andalucía, por la que se dictan normas sobre el informe a emitir por este órgano directivo previo a la contratación de auditorías por las entidades integradas en el Sector Público Andaluz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Martes, 18 de octubre de 2022

página 16246/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS

El artículo 96 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta
de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo (en adelante
TRLGHPJA), atribuye a la Consejería competente en materia de Hacienda, con carácter
exclusivo, la competencia para contratar auditorías sobre cualquier órgano o entidad de la
Comunidad Autónoma de Andalucía y sus agencias administrativas, de régimen especial,
públicas empresariales de las previstas en el artículo 2.c) y sobre los consorcios, así
como para la contratación de la auditoría de las cuentas anuales sobre las agencias
públicas empresariales del artículo 2.b) y sociedades mercantiles del sector público
andaluz sometidas a control financiero permanente.
No obstante, estas últimas deberán recabar de la Intervención General informe con
carácter previo a la contratación de auditorías distintas a las de cuentas anuales.
En este mismo sentido también establece que las agencias públicas empresariales
del artículo 2.b) y sociedades mercantiles del sector público andaluz no sometidas a
control financiero permanente, y las fundaciones del sector público andaluz no obligadas
a auditarse por su normativa específica, deberán recabar de la Intervención General de la
Junta de Andalucía informe con carácter previo a la contratación de auditorías, incluidas,
en el caso de las sociedades mercantiles, aquellas que resulten obligatorias por la
legislación mercantil.
Por otro lado, también somete a informe previo de este órgano directivo a aquéllas
auditorías, distintas de las cuentas anuales, que realicen las fundaciones del sector
público andaluz obligadas a auditarse por su normativa específica.
Por su parte, el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención
General de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 92/2022, de 31 de mayo,
dispone en su artículo artículo 76 sobre la contratación de auditorías.
La contratación de auditorías por la Intervención General se regirá por las siguientes
reglas conforme a lo establecido en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley General
de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía:
c) Para la contratación de auditorías distintas de las previstas en el apartado b), las
agencias públicas empresariales del artículo 2.b) del Texto Refundido de la Ley General
de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y las sociedades mercantiles del sector
público andaluz sometidas a control financiero permanente requerirán del previo informe
de la persona titular de la Intervención General.
d) Las auditorías que contraten las agencias públicas empresariales del artículo 2.b)
del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
y las sociedades mercantiles del sector público andaluz no sometidas a control financiero
permanente, incluso aquellas que resulten obligatorias por la legislación mercantil, y
las fundaciones del sector público andaluz no obligadas a auditarse por su normativa
específica, deberán recabar de la persona titular de la Intervención General informe con
carácter previo a la contratación.
e) Requerirán asimismo informe de la persona titular de la Intervención General, con
carácter previo a la contratación, las auditorías distintas a las de cuentas anuales de las
fundaciones del sector público andaluz obligadas a auditarse y los fondos carentes de
personalidad jurídica a los que se refiere el artículo 5.5 del Texto Refundido de la Ley
General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Intervención General de la Junta de
Andalucía, por la que se dictan normas sobre el informe a emitir por este órgano
directivo previo a la contratación de auditorías por las entidades integradas en
el Sector Público Andaluz.