Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/199-1)
Orden de 4 de octubre de 2022, por la que se convocan para el año 2022, las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en relación con la parada temporal adicional y voluntaria de la flota que faena en el caladero nacional del Golfo de Cádiz en la modalidad de cerco, que ha tenido lugar del 1 al 28 de febrero de 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 199 - Lunes, 17 de octubre de 2022
página 16072/2
Todo ello, unido a las limitaciones de pesca de boquerón sujeta a un tope de captura
que resulta insuficiente para muchos barcos, justifica el establecimiento de un periodo
adicional y voluntario de parada para los buques de la modalidad de cerco en el caladero
Golfo de Cádiz durante el mes de febrero de 2022.
De acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre,
de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en lo relativo a las ayudas a la
paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera, modificado por el Real
Decreto 486/2017, de 12 de mayo, y por el Real Decreto 528/2022, de 5 de julio, estas
ayudas serán gestionadas por las Comunidades Autónomas en cuyos puertos radiquen
los buques afectados por la paralización temporal.
El modelo de gestión acordado en la Conferencia Sectorial de Pesca de 4 de
diciembre de 2014 otorga a las Comunidades Autónomas, en cuyos puertos radiquen los
buques afectados por la paralización temporal, la gestión de esas ayudas. La financiación
de estas paradas correrá a cargo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (50%) y del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (50%).
Sobre la base de ese marco regulador, se dicta la Orden de 2 de septiembre de 2022,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen
de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de
la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la convocatoria de
estas subvenciones para el año 2022 y en virtud de la competencia que me confiere
el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo 115 del texto
refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2022, las
ayudas destinadas a la paralización temporal adicional y voluntaria para el mes de febrero de
2022, de la flota de cerco con puerto base en Andalucía que faena en el Caladero Nacional
del Golfo de Cádiz, reguladas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia
no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y
marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo
Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en la cuantía total máxima que se especifica
y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:
Línea de ayuda
Partidas presupuestarias
Cuantía
máxima (€)
2. El importe total disponible para la presente convocatoria es de 230.000 euros,
no pudiendo superarse la citada cuantía. Estos créditos están cofinanciados en un 50%
con fondos procedentes del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca asignado al Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación y el otro 50% con fondos procedentes de la
Administración General del Estado.
En el caso de que se produzca un eventual aumento de crédito máximo disponible para
esta convocatoria y sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá dictar una
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269341
Ayuda a la parada temporal de la flota con puerto 1300120000/G/71P/47300/00/G2311145G6 120.000,00
base en Andalucía de la modalidad de cerco que
faena en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz. 1300120000/G/71P/48300/00/G2311145G6 110.000,00
TOTAL DISPONIBLE 2022
230.000,00
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 199 - Lunes, 17 de octubre de 2022
página 16072/2
Todo ello, unido a las limitaciones de pesca de boquerón sujeta a un tope de captura
que resulta insuficiente para muchos barcos, justifica el establecimiento de un periodo
adicional y voluntario de parada para los buques de la modalidad de cerco en el caladero
Golfo de Cádiz durante el mes de febrero de 2022.
De acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre,
de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en lo relativo a las ayudas a la
paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera, modificado por el Real
Decreto 486/2017, de 12 de mayo, y por el Real Decreto 528/2022, de 5 de julio, estas
ayudas serán gestionadas por las Comunidades Autónomas en cuyos puertos radiquen
los buques afectados por la paralización temporal.
El modelo de gestión acordado en la Conferencia Sectorial de Pesca de 4 de
diciembre de 2014 otorga a las Comunidades Autónomas, en cuyos puertos radiquen los
buques afectados por la paralización temporal, la gestión de esas ayudas. La financiación
de estas paradas correrá a cargo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (50%) y del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (50%).
Sobre la base de ese marco regulador, se dicta la Orden de 2 de septiembre de 2022,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen
de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de
la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la convocatoria de
estas subvenciones para el año 2022 y en virtud de la competencia que me confiere
el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo 115 del texto
refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2022, las
ayudas destinadas a la paralización temporal adicional y voluntaria para el mes de febrero de
2022, de la flota de cerco con puerto base en Andalucía que faena en el Caladero Nacional
del Golfo de Cádiz, reguladas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia
no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y
marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo
Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en la cuantía total máxima que se especifica
y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:
Línea de ayuda
Partidas presupuestarias
Cuantía
máxima (€)
2. El importe total disponible para la presente convocatoria es de 230.000 euros,
no pudiendo superarse la citada cuantía. Estos créditos están cofinanciados en un 50%
con fondos procedentes del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca asignado al Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación y el otro 50% con fondos procedentes de la
Administración General del Estado.
En el caso de que se produzca un eventual aumento de crédito máximo disponible para
esta convocatoria y sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá dictar una
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269341
Ayuda a la parada temporal de la flota con puerto 1300120000/G/71P/47300/00/G2311145G6 120.000,00
base en Andalucía de la modalidad de cerco que
faena en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz. 1300120000/G/71P/48300/00/G2311145G6 110.000,00
TOTAL DISPONIBLE 2022
230.000,00