Autoridades y personal. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/198-22)
Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se anuncia la convocatoria para la provision externa definitiva para la cobertura de un puesto de Monitora Sociosanitaria o Monitor Sociosanitario para la Comunidad Terapéutica de Cartaya (Huelva) de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (CE2265MSCA)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16022/2
ASSDA-SEPPA), integrada con el Registro Único de la Junta de Andalucía. El enlace de
acceso a la citada plataforma para participar en la presente convocatoria es el siguiente:
https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia/seppa
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre,
por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan diversas medidas como
consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19) y en el apartado 3
del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y habiéndose establecido como único medio de
participación en esta convocatoria la presentación electrónica de la solicitud, esta será de
uso obligatorio por las personas interesadas. La no presentación en tiempo y forma de la
solicitud mediante la plataforma informática habilitada a tal efecto supondrá la inadmisión
de la persona aspirante.
Cuarta. Acreditación de requisitos.
Al presentar la solicitud la persona solicitante deberá acreditar todos los requisitos
exigidos para poder participar en la convocatoria.
La documentación acreditativa de los requisitos deberá ajustarse a lo recogido en las
bases y en las condiciones particulares de la presente convocatoria.
La persona solicitante se responsabilizará de la veracidad de los documentos
adjuntados, declarando en su solicitud que reúne todos y cada uno de los requisitos
exigidos, y que la documentación acreditativa aportada es copia fiel del original,
asumiendo la responsabilidad en la que pudieran incurrir por falsedad en la solicitud.
Aquellas personas que no presenten la documentación en los plazos y formas
establecidos para ello, perderán los derechos derivados de su participación en el proceso,
sin perjuicio de lo establecido en materia de alegaciones referido en la base sexta de la
presente convocatoria.
Sexta. Sistema selectivo.
6.1. Lista provisional de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y tras la comprobación de la
acreditación de los requisitos aportados, se hará pública la lista provisional de personas
admitidas y excluidas indicando las causas de exclusión y ordenadas alfabéticamente.
Las personas aspirantes contarán con un plazo de diez días hábiles para formular
las alegaciones correspondientes a la citada lista a través de la plataforma informática
correspondiente.
La publicación de la citada lista provisional de personas admitidas y excluidas
supondrá la aplicación de lo regulado en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
por lo que se requerirá a las personas interesadas para que, en un plazo de diez días,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269278
Quinta. Autobaremación.
La persona solicitante podrá aportar todos los méritos relativos al puesto ofertado
conforme al baremo establecido en las condiciones particulares de la presente
convocatoria.
Sólo las personas candidatas que resulten admitidas en el proceso selectivo, podrán
presentar su autobaremo firmado de forma electrónica a través de la herramienta
informática creada para tal efecto, dentro del plazo establecido para ello.
Sólo se valorarán los méritos referidos a la fecha de la publicación de la convocatoria
del proceso. Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo convocado
por la presente resolución deberán reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos para
el acceso al puesto ofertado a la fecha de publicación de la convocatoria y mantenerse
hasta la fecha de formalización del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad en que
pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la documentación presentada.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16022/2
ASSDA-SEPPA), integrada con el Registro Único de la Junta de Andalucía. El enlace de
acceso a la citada plataforma para participar en la presente convocatoria es el siguiente:
https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia/seppa
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre,
por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan diversas medidas como
consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19) y en el apartado 3
del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y habiéndose establecido como único medio de
participación en esta convocatoria la presentación electrónica de la solicitud, esta será de
uso obligatorio por las personas interesadas. La no presentación en tiempo y forma de la
solicitud mediante la plataforma informática habilitada a tal efecto supondrá la inadmisión
de la persona aspirante.
Cuarta. Acreditación de requisitos.
Al presentar la solicitud la persona solicitante deberá acreditar todos los requisitos
exigidos para poder participar en la convocatoria.
La documentación acreditativa de los requisitos deberá ajustarse a lo recogido en las
bases y en las condiciones particulares de la presente convocatoria.
La persona solicitante se responsabilizará de la veracidad de los documentos
adjuntados, declarando en su solicitud que reúne todos y cada uno de los requisitos
exigidos, y que la documentación acreditativa aportada es copia fiel del original,
asumiendo la responsabilidad en la que pudieran incurrir por falsedad en la solicitud.
Aquellas personas que no presenten la documentación en los plazos y formas
establecidos para ello, perderán los derechos derivados de su participación en el proceso,
sin perjuicio de lo establecido en materia de alegaciones referido en la base sexta de la
presente convocatoria.
Sexta. Sistema selectivo.
6.1. Lista provisional de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y tras la comprobación de la
acreditación de los requisitos aportados, se hará pública la lista provisional de personas
admitidas y excluidas indicando las causas de exclusión y ordenadas alfabéticamente.
Las personas aspirantes contarán con un plazo de diez días hábiles para formular
las alegaciones correspondientes a la citada lista a través de la plataforma informática
correspondiente.
La publicación de la citada lista provisional de personas admitidas y excluidas
supondrá la aplicación de lo regulado en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
por lo que se requerirá a las personas interesadas para que, en un plazo de diez días,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269278
Quinta. Autobaremación.
La persona solicitante podrá aportar todos los méritos relativos al puesto ofertado
conforme al baremo establecido en las condiciones particulares de la presente
convocatoria.
Sólo las personas candidatas que resulten admitidas en el proceso selectivo, podrán
presentar su autobaremo firmado de forma electrónica a través de la herramienta
informática creada para tal efecto, dentro del plazo establecido para ello.
Sólo se valorarán los méritos referidos a la fecha de la publicación de la convocatoria
del proceso. Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo convocado
por la presente resolución deberán reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos para
el acceso al puesto ofertado a la fecha de publicación de la convocatoria y mantenerse
hasta la fecha de formalización del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad en que
pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la documentación presentada.