3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/198-41)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento de determinadas áreas del Ayuntamiento de Almuñécar (Granada). 2019.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16012/8
las NIAS-es SP y las Guías Prácticas de Fiscalización de los Órganos de Control Externo (GPF-OCEX)
aplicables.
Dichas normas exigen que la CCA cumpla los requerimientos de ética, así como que planifique y
ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable respecto de la situación
financiera del estado de liquidación del presupuesto de gastos y una seguridad razonable de que
la entidad fiscalizada cumple con el marco normativo vigente. (Apéndice 7.1)
Una fiscalización requiere la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría
sobre la revisión financiera y el cumplimiento de los aspectos relevantes establecidos en la
normativa aplicable. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida
la valoración de los riesgos de incumplimientos significativos de la legalidad. Al efectuar dichas
valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno relevante para garantizar
dicho incumplimiento, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados
en función de las circunstancias, y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia
del control interno de la entidad.
La evidencia de auditoría que se ha obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para
fundamentar la opinión financiera de la liquidación del presupuesto de gastos y la opinión en la
fiscalización del cumplimiento de legalidad sobre los aspectos significativos conforme al marco
normativo que le resulta de aplicación.
11.
El trabajo de campo de la fiscalización ha concluido el 10 de diciembre de 2021. (§ 12, 31 y 38)
4. INFORME DE AUDITORÍA FINANCIERA DEL ESTADO DE LIQUIDACIÓN DEL
PRESUPUESTO DE GASTOS
4.1. Opinión financiera con salvedades
En cuanto a la opinión, excepto por los efectos de las cuestiones descritas en la sección
“Fundamento de la opinión financiera con salvedades” de este informe, la liquidación del
presupuesto de gastos del ejercicio 2019 ha sido preparada, en todos sus aspectos significativos,
de conformidad con el marco normativo de información financiera que resulta de aplicación y,
en particular, con los principios y criterios contables contenidos en el mismo.
4.2. Fundamento de la opinión financiera con salvedades
Limitaciones al alcance
A la fecha de finalización de los trabajos de campo (§ 11), la Cuenta General del ejercicio 2019
no se encuentra aprobada2. Por tanto, no se ha podido verificar la coherencia interna entre la
liquidación del presupuesto de gastos con el resto de los estados contables que conforman la
Cuenta General. (§ 31)
La Cuenta General correspondiente al ejercicio 2019 ha sido formada por el órgano de intervención con fecha 19 de enero de 2022.
La Comisión Especial de Cuentas ha informado favorablemente con fecha 24 de enero de 2022.
2
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269265
12.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16012/8
las NIAS-es SP y las Guías Prácticas de Fiscalización de los Órganos de Control Externo (GPF-OCEX)
aplicables.
Dichas normas exigen que la CCA cumpla los requerimientos de ética, así como que planifique y
ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable respecto de la situación
financiera del estado de liquidación del presupuesto de gastos y una seguridad razonable de que
la entidad fiscalizada cumple con el marco normativo vigente. (Apéndice 7.1)
Una fiscalización requiere la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría
sobre la revisión financiera y el cumplimiento de los aspectos relevantes establecidos en la
normativa aplicable. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida
la valoración de los riesgos de incumplimientos significativos de la legalidad. Al efectuar dichas
valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno relevante para garantizar
dicho incumplimiento, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados
en función de las circunstancias, y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia
del control interno de la entidad.
La evidencia de auditoría que se ha obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para
fundamentar la opinión financiera de la liquidación del presupuesto de gastos y la opinión en la
fiscalización del cumplimiento de legalidad sobre los aspectos significativos conforme al marco
normativo que le resulta de aplicación.
11.
El trabajo de campo de la fiscalización ha concluido el 10 de diciembre de 2021. (§ 12, 31 y 38)
4. INFORME DE AUDITORÍA FINANCIERA DEL ESTADO DE LIQUIDACIÓN DEL
PRESUPUESTO DE GASTOS
4.1. Opinión financiera con salvedades
En cuanto a la opinión, excepto por los efectos de las cuestiones descritas en la sección
“Fundamento de la opinión financiera con salvedades” de este informe, la liquidación del
presupuesto de gastos del ejercicio 2019 ha sido preparada, en todos sus aspectos significativos,
de conformidad con el marco normativo de información financiera que resulta de aplicación y,
en particular, con los principios y criterios contables contenidos en el mismo.
4.2. Fundamento de la opinión financiera con salvedades
Limitaciones al alcance
A la fecha de finalización de los trabajos de campo (§ 11), la Cuenta General del ejercicio 2019
no se encuentra aprobada2. Por tanto, no se ha podido verificar la coherencia interna entre la
liquidación del presupuesto de gastos con el resto de los estados contables que conforman la
Cuenta General. (§ 31)
La Cuenta General correspondiente al ejercicio 2019 ha sido formada por el órgano de intervención con fecha 19 de enero de 2022.
La Comisión Especial de Cuentas ha informado favorablemente con fecha 24 de enero de 2022.
2
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269265
12.