3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/198-41)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento de determinadas áreas del Ayuntamiento de Almuñécar (Granada). 2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022

página 16012/30

Se adoptaron por los órganos competentes 11 acuerdos contrarios a los reparos suspensivos
formulados. En consecuencia, no se levantó uno de los informes con reparo suspensivo cuyas
facturas fueron imputadas al presupuesto del ejercicio siguiente mediante la figura del
reconocimiento extrajudicial de crédito.
Es necesario señalar que los informes de fiscalización sobre relaciones de facturas exponen las
incidencias detectadas sin relacionarlas con facturas concretas que integran la citada relación.
Esta forma de actuación impide conocer cuáles son las facturas que contienen los defectos
puestos de manifiesto.
A14.

Con fecha 20 de febrero de 2020 la Entidad Local remite al Portal de Rendición la relación de
contratos formalizados durante el ejercicio 2019 por la Entidad Ayuntamiento Almuñécar y su
único organismo dependiente.

A15.

La Entidad Local tiene establecida la fiscalización limitada previa en las áreas de personal,
contratación administrativa, subvenciones y procedimientos de gestión presupuestaria
(libramientos de pagos a justificar y reposición de anticipos de caja fija). (§ 40)
Con respecto a la fiscalización de las nóminas del personal de la Entidad Local no se realizan
verificaciones mensuales o comprobaciones por muestreo. Se verifican las nuevas altas de
personal y la existencia de acuerdos que amparen la concesión de gratificaciones, horas extra o
ayudas sociales.

A16.

La asesoría jurídica de la Entidad Local ha aportado una relación de procedimientos judiciales
contra empleados públicos derivados de la gestión municipal en los últimos ejercicios. Entre
otros, destaca las diligencias previas núm. 830/2015 del Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción nº 1 de Almuñécar que tienen origen en la denuncia, de la anterior tesorera
municipal, contra la Alcaldesa, miembros del equipo de gobierno y varios empleados
municipales. Con fecha 17 de mayo de 2019 se decretó el sobreseimiento provisional de estas
actuaciones.

A17.

El Ayuntamiento de Almuñécar tiene aprobado un Reglamento del Portal de Transparencia,
publicado el 12 de febrero de 2016. El Reglamento regula la transparencia en su vertiente de
publicidad activa e indica la información que debe estar accesible en el citado Portal en
cumplimiento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y
buen gobierno y de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de transparencia pública de Andalucía. (§ 36)

A18.

En el plan de actuaciones aprobado por el Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía para el
ejercicio 2016 se incluyó una actuación relativa a la fiscalización del principio de transparencia
para determinados municipios entre los que se encontraba Almuñécar.

Por otro lado, no se ha implantado la recomendación propuesta sobre la realización de una
memoria que recogiese el seguimiento del principio de transparencia en la Corporación Local.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00269265

Se ha constado la subsanación de la mayor parte de incidencias o incumplimientos que se
detectaron en dicha fiscalización. No obstante, persisten los incumplimientos que figuran en el
apartado de fundamento de la opinión de fiscalización de legalidad de este informe.