3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/198-43)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de los convenios suscritos por el Servicio Andaluz de Salud con entidades sin ánimo de lucro.
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BOJA
A.27.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16014/26
Conforme a lo regulado, ha de incluirse en el expediente administrativo la siguiente
documentación:
- Proyecto de convenio.
- Documento que acredite la personalidad y capacidad jurídica de las partes firmantes.
- Memoria justificativa suscrita por la persona titular del centro directivo proponente, en la que
se analice su necesidad y oportunidad, su impacto económico, el carácter no contractual del
objeto del convenio.
- Si el proyecto tiene incidencia presupuestaria, como parte de la memoria justificativa, se
incluirá una memoria económica.
- Propuesta de Resolución de la Dirección Gerencia del SAS, de delegación de competencias en
la persona titular del centro directivo proponente para la firma del convenio, si fuera el caso.
- Informe de la Asesoría Jurídica del SAS17 sobre el proyecto de convenio promovido e informe
justificativo del órgano competente para la celebración, modificación o prórroga del convenio,
en caso de no atenderse las observaciones de la Asesoría Jurídica del SAS.
- Ficha del Convenio suscrita por la persona titular del centro directivo proponente.
•
A.28.
Fase de ejecución del convenio. Justificación de los gastos y/o ingresos derivados del
desarrollo de las actividades contempladas en el convenio
Excepto en los convenios intradministrativos, el resto de los convenios que recogen compromisos
económicos no determinan, de forma expresa, la documentación que justifique el cumplimiento de
las condiciones y obligaciones económicas para realizar los pagos.
En los convenios Nº Ref. CCA: 48, 49, 50, 51 y 52, la acreditación en el cumplimiento del compromiso
económico pactado no está suficientemente definida.
El convenio establece como obligación, únicamente, la presentación de una certificación de
asistencia al congreso. Aunque, en los expedientes de estos convenios constan las facturas del
gasto, la forma adecuada sería mediante la presentación del presupuesto liquidado con
justificantes de gastos efectuados y pagados.
El gráfico nº 4 refleja el procedimiento seguido para la ejecución de los convenios suscritos por las
FGI (Nº Ref. CCA: 5, 8, 33 y 40) en materia de contratación de personal sustituto en la actividad
asistencial de profesionales seleccionados para estancias formativas:
17 En virtud de la Circular 1/2017 sobre la determinación de los convenios sometidos a informe preceptivo por el Gabinete Jurídico de
la JA.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269261
A.29.
A.27.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16014/26
Conforme a lo regulado, ha de incluirse en el expediente administrativo la siguiente
documentación:
- Proyecto de convenio.
- Documento que acredite la personalidad y capacidad jurídica de las partes firmantes.
- Memoria justificativa suscrita por la persona titular del centro directivo proponente, en la que
se analice su necesidad y oportunidad, su impacto económico, el carácter no contractual del
objeto del convenio.
- Si el proyecto tiene incidencia presupuestaria, como parte de la memoria justificativa, se
incluirá una memoria económica.
- Propuesta de Resolución de la Dirección Gerencia del SAS, de delegación de competencias en
la persona titular del centro directivo proponente para la firma del convenio, si fuera el caso.
- Informe de la Asesoría Jurídica del SAS17 sobre el proyecto de convenio promovido e informe
justificativo del órgano competente para la celebración, modificación o prórroga del convenio,
en caso de no atenderse las observaciones de la Asesoría Jurídica del SAS.
- Ficha del Convenio suscrita por la persona titular del centro directivo proponente.
•
A.28.
Fase de ejecución del convenio. Justificación de los gastos y/o ingresos derivados del
desarrollo de las actividades contempladas en el convenio
Excepto en los convenios intradministrativos, el resto de los convenios que recogen compromisos
económicos no determinan, de forma expresa, la documentación que justifique el cumplimiento de
las condiciones y obligaciones económicas para realizar los pagos.
En los convenios Nº Ref. CCA: 48, 49, 50, 51 y 52, la acreditación en el cumplimiento del compromiso
económico pactado no está suficientemente definida.
El convenio establece como obligación, únicamente, la presentación de una certificación de
asistencia al congreso. Aunque, en los expedientes de estos convenios constan las facturas del
gasto, la forma adecuada sería mediante la presentación del presupuesto liquidado con
justificantes de gastos efectuados y pagados.
El gráfico nº 4 refleja el procedimiento seguido para la ejecución de los convenios suscritos por las
FGI (Nº Ref. CCA: 5, 8, 33 y 40) en materia de contratación de personal sustituto en la actividad
asistencial de profesionales seleccionados para estancias formativas:
17 En virtud de la Circular 1/2017 sobre la determinación de los convenios sometidos a informe preceptivo por el Gabinete Jurídico de
la JA.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269261
A.29.