3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/198-43)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de los convenios suscritos por el Servicio Andaluz de Salud con entidades sin ánimo de lucro.
71 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
36
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16014/13
Adoptar las medidas necesarias tendentes a conseguir que su actividad convencional se desarrolle
con el más estricto respeto a la legalidad de los procedimientos. Para ello, es necesario:
-
Adecuar el modelo de gestión a la previsión contenida en la Resolución de 13 de julio de
2018, que dictamina medidas que refuerzan la seguridad jurídica y administrativa en la
tramitación de los convenios que se establecen dentro del ámbito de sus competencias.
-
Diseñar e implantar una aplicación informática para dotar a los órganos gestores de un
instrumento que facilite una gestión más eficaz de la actividad convencional y garantice la
integridad de la información sobre los convenios. Por ello, es necesario que, además de
contener un registro de todos los convenios suscritos y vigentes, la aplicación incluya
funcionalidades relacionadas con la gestión documental, permitiendo que todos los
documentos del expediente administrativo y de ejecución estuvieran disponibles en la
aplicación, así como la integración con las aplicaciones de gestión económica, para el
expediente de gasto.
En relación con todo ello, sería imprescindible la estructuración y definición de unidades debiendo
delimitar las funciones a desempeñar por cada una de ellas. (§16, §18 y §28)
37
Reforzar el seguimiento de la ejecución de los convenios y el control de su cumplimiento,
adoptando las medidas necesarias para asegurar que las Comisiones, constituidas al efecto,
desempeñen de forma efectiva y fehacientemente documentada, las funciones que los propios
convenios le asignan. (§18.2 y §25)
38
Adoptar medidas de seguimiento en la publicidad de la totalidad de los convenios formalizados,
con el fin de hacer efectivo el principio de transparencia de la actividad pública. (§31)
Prioridad media
39
Revisar la vigencia, y en su caso, proceder a su extinción conforme el art.51.1 LRJSP, de los
convenios suscritos con anterioridad a la entrada en vigor de la LRJSP. En concreto, los convenios
Nº Ref. CCA: 2, 55, 60, 61 y 82 al 85 del Anexo 7.1, que incluían prorrogas sucesivas con vigencias
indefinidas. (§A.6)
40
Para un uso adecuado de la figura del convenio ha de justificarse la elección directa del sujeto de
derecho privado suscriptor del convenio, si hubiera causas para ello. (§A.21)
41
Determinar, de forma precisa, en el contenido del convenio la forma de acreditar el cumplimiento
del objeto del convenio y de sus respectivas obligaciones. (§18.2)
A.1.
Como parte de la fiscalización realizada y al objeto de facilitar la compresión del presente informe,
se desarrollan en los Apéndices aspectos del análisis realizado a los convenios seleccionados (Anexo
7.1), que afectan al suministro de la información necesaria para la fiscalización y a los
incumplimientos e incidencias señalados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269261
6. APÉNDICES
36
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16014/13
Adoptar las medidas necesarias tendentes a conseguir que su actividad convencional se desarrolle
con el más estricto respeto a la legalidad de los procedimientos. Para ello, es necesario:
-
Adecuar el modelo de gestión a la previsión contenida en la Resolución de 13 de julio de
2018, que dictamina medidas que refuerzan la seguridad jurídica y administrativa en la
tramitación de los convenios que se establecen dentro del ámbito de sus competencias.
-
Diseñar e implantar una aplicación informática para dotar a los órganos gestores de un
instrumento que facilite una gestión más eficaz de la actividad convencional y garantice la
integridad de la información sobre los convenios. Por ello, es necesario que, además de
contener un registro de todos los convenios suscritos y vigentes, la aplicación incluya
funcionalidades relacionadas con la gestión documental, permitiendo que todos los
documentos del expediente administrativo y de ejecución estuvieran disponibles en la
aplicación, así como la integración con las aplicaciones de gestión económica, para el
expediente de gasto.
En relación con todo ello, sería imprescindible la estructuración y definición de unidades debiendo
delimitar las funciones a desempeñar por cada una de ellas. (§16, §18 y §28)
37
Reforzar el seguimiento de la ejecución de los convenios y el control de su cumplimiento,
adoptando las medidas necesarias para asegurar que las Comisiones, constituidas al efecto,
desempeñen de forma efectiva y fehacientemente documentada, las funciones que los propios
convenios le asignan. (§18.2 y §25)
38
Adoptar medidas de seguimiento en la publicidad de la totalidad de los convenios formalizados,
con el fin de hacer efectivo el principio de transparencia de la actividad pública. (§31)
Prioridad media
39
Revisar la vigencia, y en su caso, proceder a su extinción conforme el art.51.1 LRJSP, de los
convenios suscritos con anterioridad a la entrada en vigor de la LRJSP. En concreto, los convenios
Nº Ref. CCA: 2, 55, 60, 61 y 82 al 85 del Anexo 7.1, que incluían prorrogas sucesivas con vigencias
indefinidas. (§A.6)
40
Para un uso adecuado de la figura del convenio ha de justificarse la elección directa del sujeto de
derecho privado suscriptor del convenio, si hubiera causas para ello. (§A.21)
41
Determinar, de forma precisa, en el contenido del convenio la forma de acreditar el cumplimiento
del objeto del convenio y de sus respectivas obligaciones. (§18.2)
A.1.
Como parte de la fiscalización realizada y al objeto de facilitar la compresión del presente informe,
se desarrollan en los Apéndices aspectos del análisis realizado a los convenios seleccionados (Anexo
7.1), que afectan al suministro de la información necesaria para la fiscalización y a los
incumplimientos e incidencias señalados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269261
6. APÉNDICES