3. Otras disposiciones. Consejería de Universidad, Investigación e Innovación. (2022/198-32)
Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Investigación e Innovación, por la que se publica el Convenio entre la Consejería de Universidades, Investigación e Innovación y la Universidad de Cádiz, para la concesión de una subvención nominativa para la financiación de la construcción y mantenimiento de destino del Centro de Innovación UCA-SEA, en la zona norte del Llano Amarillo, del Puerto de Algeciras, en el marco de la Inversión Territorial Integrada de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16035/12
La documentación justificativa será presentada ante el órgano de la Administración de la Junta de
Andalucía con competencias en materia de coordinación de las políticas de I+D+i y de la transferencia del
conocimiento y la tecnología en el Sistema Andaluz del Conocimiento, el cual podrá solicitar las oportunas
subsanaciones y/o aclaraciones.
El importe de la subvención nominativa no empleado en los conceptos de gasto asociados a la construcción
del Centro de Innovación o Innovation Center UCASEA, será devuelto a la Consejería, a la finalización de las
obras y junto a la justificación final.
Para las justificaciones de los fondos transferidos, tanto la parcial como la final, se presentará la siguiente
documentación:
a) Informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de
Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, cuyo alcance se
adecuará, en lo que resulte aplicable, a la Instrucción 2/2018, de 3 de mayo, de la Dirección General
de Fondos Europeos.
b) Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones establecidas en el
presente Convenio, con indicación de:
Las actuaciones realizadas, obras ejecutadas y de los resultados obtenidos.
Cuantificación objetiva del valor de los indicadores de resultados esperados que se han
alcanzado en función del grado de ejecución de las actividades realizadas.
Las medidas llevadas a cabo para garantizar la difusión y explotación de los resultados de
las actuaciones.
c) Una memoria económica abreviada, que contendrá:
Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actuación por cada concepto de
gasto, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y
fecha de pago. Se indicarán las desviaciones acaecidas sobre el presupuesto estimado.
Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
d) Documento acreditativo de la devolución de los importes no aplicados al objeto de la
subvención, en su caso
e) Acta de recepción de la obra, en su caso, que constituye el objeto de la inversión subvencionada.
f) En el caso de bienes inscribibles en un registro público, solicitud de inscripción en el registro
público correspondiente donde conste el importe de la ayuda recibida y el período durante el cual
el beneficiario deberá destinar los bienes al fin o destino previsto (cinco años en el caso de bienes
inscribibles en un registro público, de acuerdo con el artículo 31.4 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre).
g) el Informe del Indicador de los Fondos Europeos C025, según modelo referido en el Anexo III.
En la justificación final se presentará de forma adicional la documentación anterior de forma total a origen,
referida a la ejecución global de las actuaciones.
Estos documentos serán suscritos por el representante legal de la entidad, quedando bajo su
responsabilidad el archivo y custodia de la correspondiente documentación justificativa de esta subvención
nominativa.
Pág. 11 de 32
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269303
En la tabla adjunta, y a modo de resumen, se relacionan los documentos que se han presentar por la
Universidad de Cádiz en relación a la actuación subvencionada, con la indicación de su periodicidad o fecha
límite de entrega:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16035/12
La documentación justificativa será presentada ante el órgano de la Administración de la Junta de
Andalucía con competencias en materia de coordinación de las políticas de I+D+i y de la transferencia del
conocimiento y la tecnología en el Sistema Andaluz del Conocimiento, el cual podrá solicitar las oportunas
subsanaciones y/o aclaraciones.
El importe de la subvención nominativa no empleado en los conceptos de gasto asociados a la construcción
del Centro de Innovación o Innovation Center UCASEA, será devuelto a la Consejería, a la finalización de las
obras y junto a la justificación final.
Para las justificaciones de los fondos transferidos, tanto la parcial como la final, se presentará la siguiente
documentación:
a) Informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de
Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, cuyo alcance se
adecuará, en lo que resulte aplicable, a la Instrucción 2/2018, de 3 de mayo, de la Dirección General
de Fondos Europeos.
b) Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones establecidas en el
presente Convenio, con indicación de:
Las actuaciones realizadas, obras ejecutadas y de los resultados obtenidos.
Cuantificación objetiva del valor de los indicadores de resultados esperados que se han
alcanzado en función del grado de ejecución de las actividades realizadas.
Las medidas llevadas a cabo para garantizar la difusión y explotación de los resultados de
las actuaciones.
c) Una memoria económica abreviada, que contendrá:
Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actuación por cada concepto de
gasto, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y
fecha de pago. Se indicarán las desviaciones acaecidas sobre el presupuesto estimado.
Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
d) Documento acreditativo de la devolución de los importes no aplicados al objeto de la
subvención, en su caso
e) Acta de recepción de la obra, en su caso, que constituye el objeto de la inversión subvencionada.
f) En el caso de bienes inscribibles en un registro público, solicitud de inscripción en el registro
público correspondiente donde conste el importe de la ayuda recibida y el período durante el cual
el beneficiario deberá destinar los bienes al fin o destino previsto (cinco años en el caso de bienes
inscribibles en un registro público, de acuerdo con el artículo 31.4 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre).
g) el Informe del Indicador de los Fondos Europeos C025, según modelo referido en el Anexo III.
En la justificación final se presentará de forma adicional la documentación anterior de forma total a origen,
referida a la ejecución global de las actuaciones.
Estos documentos serán suscritos por el representante legal de la entidad, quedando bajo su
responsabilidad el archivo y custodia de la correspondiente documentación justificativa de esta subvención
nominativa.
Pág. 11 de 32
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269303
En la tabla adjunta, y a modo de resumen, se relacionan los documentos que se han presentar por la
Universidad de Cádiz en relación a la actuación subvencionada, con la indicación de su periodicidad o fecha
límite de entrega: