3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/198-40)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización operativa de determinadas políticas en materia de violencia de género.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022

página 16010/26

de violencia de género y menores a su cargo acogidos en los ejercicios 2016, 2017, 2018 y 2019
son los siguientes:
CENTROS DE EMERGENCIA

A nivel autonómico
Mujeres y PD atendidas en los Centros de Emergencia
Nº plazas Centros Emergencia

2016
1.682
148

2017
1.715
156

2018
1.828
154

Fuente: Datos del IAM.

2019
1.792
154
Cuadro nº 5

Las casas de acogida son 8 centros residenciales donde se garantiza atención integral a las víctimas de violencia de género y las personas a su cargo. En ellas se programan las intervenciones
sociales, psicológicas y jurídicas necesarias para superar las secuelas de este tipo de violencia.
Entre los servicios prestados se incluye la escolarización de los menores a cargo de las víctimas
de violencia de género durante su estancia en las Casas de acogida. Según el Informe anual de
indicadores de calidad 2018 de AGISE, el número total de menores escolarizados desde su ingreso en Casas de acogida fue de 197 menores. La evolución en el número de plazas y víctimas
de violencia de género y menores a su cargo en los ejercicios 2016, 2017, 2018 y 2019 se muestra
en el cuadro nº 6.

93

CASAS DE ACOGIDA

A nivel autonómico
Nº Mujeres y PD atendidas en Casas de Acogida
Nº plazas total Casas de Acogida

2016
584
234

2017
692
240

2018
666
240

Fuente: Datos del IAM.

2019
683
240
Cuadro nº 6

Los pisos tutelados son viviendas independientes de uso familiar, que se asignan como vivienda
temporal a mujeres víctimas de violencia de género y las personas a su cargo en los casos que
puedan vivir de forma independiente. Estas viviendas se ubican en edificios y zonas normalizadas. La evolución del número de plazas y número de víctimas de violencia de género y menores
a su cargo acogidas en los ejercicios 2016, 2017, 2018 y 2019 se expone en el cuadro nº 7.20

94

A nivel autonómico
Mujeres y PD acogidas en Pisos
Nº plazas total Pisos
Fuente: Datos del IAM.

PISOS TUTELADOS

2016
55
67

2017
70
79

2018
63
79

2019
43
73
Cuadro nº 7

El ingreso en el Centro de Emergencia se produce de forma inmediata, sin necesidad de contar
con información escrita, según recoge el Plan de Acción Anual de Centro de Emergencias. De
conformidad con el artículo 42 de la Ley 13/07 sobre la Atención de Emergencia, que establece
que el acceso a los recursos y servicios de información y acogida inmediata no requerirá la acreditación prevista en el art. 30 apartado 121. Una vez en el Centro de Emergencia, se le ofrece a la
víctima asesoramiento psicológico y jurídico, que incluye la interposición de denuncia. La no interposición de denuncia excluye a la víctima de acceder a las Casas de Acogida (el segundo recurso), según el Plan de Acción Anual Centro de Emergencias.

95

Punto modificado por la alegación presentada.
Para acreditar la condición de Víctima de Violencia de género se debe aportar, entre otra documentación, la Orden de Protección,
según establece el artículo 30 de la Ley 13/2007. No se requiere esta acreditación para el ingreso en los Centros de Emergencia.

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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