Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/198-20)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados del personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes públicos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16140/9
Secundaria Obligatoria, así como aquel al que se le haya suprimido alguno de los puestos
de estas características, ocupado con carácter definitivo.
4.6.3. Puestos de Educación Secundaria:
060 Pedagogía Terapéutica.
061 Audición y Lenguaje.
4.6.4. Puestos en centros y secciones de Educación Permanente y centros penitenciarios:
032 Lengua Extranjera: Inglés.
038 Educación Primaria.
Para solicitar estos puestos se deberá cumplir con el requisito de tener dos años
de antigüedad como personal funcionario de carrera en el Cuerpo a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, para los centros relacionados en los
Anexos XIV-c) y XIV-g).
4.6.5. Puestos en Equipos de Orientación Educativa:
037 Audición y Lenguaje.
Para solicitar estos puestos se deberá cumplir con el requisito de tener dos años de
antigüedad como personal funcionario de carrera en el Cuerpo y especialidad a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes, para los centros relacionados en
el Anexo XIV-d).
4.6.6. Puestos específicos.
El personal funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo de Maestros podrá
solicitar, siempre que reúna los requisitos exigidos para su desempeño, los puestos que
se indican a continuación.
ESPECIALIDADES
CÓDIGO DE LOS PUESTOS ESPECÍFICOS
FRANCÉS
INGLÉS
ALEMÁN
031 Educación Infantil
1
2
3
034 Educación Física
1
2
3
035 Música
1
2
3
038 Educación Primaria
1
2
3
Quinta. Participación voluntaria.
5.1. Personal funcionario dependiente de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional de la Junta de Andalucía.
Podrá participar voluntariamente en esta convocatoria, en los términos indicados en
la base octava, el personal funcionario de carrera que se encuentre en alguna de las
situaciones que se indican a continuación, de conformidad con la disposición adicional
sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el artículo 11 del Real
Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, el TRLEBEP y el artículo 32.2 del Decreto
302/2010, de 1 de junio:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269405
Para solicitar puestos específicos de perfil bilingüe se deberá estar en posesión de
alguna de las titulaciones relacionadas en el apartado 4.1.6. Dichos puestos se solicitarán
para los centros incluidos en el Anexo XIV-b).
De conformidad con lo establecido en las disposiciones adicionales segunda y tercera
del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, para impartir en una lengua extranjera
un área no lingüística distinta a la de dicha lengua en las etapas de Educación Infantil
y Educación Primaria, será necesario poseer la competencia de un nivel B2 del Marco
Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en el idioma correspondiente.
En aplicación del referido Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, el personal
con destino definitivo en una plaza con perfil bilingüe, caso de participar en la presente
convocatoria a puestos de perfil bilingüe, deberá reunir el requisito de un nivel B2 del
Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en el idioma correspondiente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16140/9
Secundaria Obligatoria, así como aquel al que se le haya suprimido alguno de los puestos
de estas características, ocupado con carácter definitivo.
4.6.3. Puestos de Educación Secundaria:
060 Pedagogía Terapéutica.
061 Audición y Lenguaje.
4.6.4. Puestos en centros y secciones de Educación Permanente y centros penitenciarios:
032 Lengua Extranjera: Inglés.
038 Educación Primaria.
Para solicitar estos puestos se deberá cumplir con el requisito de tener dos años
de antigüedad como personal funcionario de carrera en el Cuerpo a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, para los centros relacionados en los
Anexos XIV-c) y XIV-g).
4.6.5. Puestos en Equipos de Orientación Educativa:
037 Audición y Lenguaje.
Para solicitar estos puestos se deberá cumplir con el requisito de tener dos años de
antigüedad como personal funcionario de carrera en el Cuerpo y especialidad a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes, para los centros relacionados en
el Anexo XIV-d).
4.6.6. Puestos específicos.
El personal funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo de Maestros podrá
solicitar, siempre que reúna los requisitos exigidos para su desempeño, los puestos que
se indican a continuación.
ESPECIALIDADES
CÓDIGO DE LOS PUESTOS ESPECÍFICOS
FRANCÉS
INGLÉS
ALEMÁN
031 Educación Infantil
1
2
3
034 Educación Física
1
2
3
035 Música
1
2
3
038 Educación Primaria
1
2
3
Quinta. Participación voluntaria.
5.1. Personal funcionario dependiente de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional de la Junta de Andalucía.
Podrá participar voluntariamente en esta convocatoria, en los términos indicados en
la base octava, el personal funcionario de carrera que se encuentre en alguna de las
situaciones que se indican a continuación, de conformidad con la disposición adicional
sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el artículo 11 del Real
Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, el TRLEBEP y el artículo 32.2 del Decreto
302/2010, de 1 de junio:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269405
Para solicitar puestos específicos de perfil bilingüe se deberá estar en posesión de
alguna de las titulaciones relacionadas en el apartado 4.1.6. Dichos puestos se solicitarán
para los centros incluidos en el Anexo XIV-b).
De conformidad con lo establecido en las disposiciones adicionales segunda y tercera
del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, para impartir en una lengua extranjera
un área no lingüística distinta a la de dicha lengua en las etapas de Educación Infantil
y Educación Primaria, será necesario poseer la competencia de un nivel B2 del Marco
Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en el idioma correspondiente.
En aplicación del referido Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, el personal
con destino definitivo en una plaza con perfil bilingüe, caso de participar en la presente
convocatoria a puestos de perfil bilingüe, deberá reunir el requisito de un nivel B2 del
Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en el idioma correspondiente.