Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/198-20)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados del personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes públicos.
155 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa
Secretaría General Técnica
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Hoja 37de
de 163
Número 198 - Viernes, 14 de octubre
2022
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL
ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
MÉRITOS
través del procedimiento de adquisición de
nuevas especialidades previstos en los Reales
Decreto 850/1993, de 4 de junio, 334/2004, de 27
de febrero y 276/2007, de 23 de febrero. .....…
VALORACIÓN
página 16140/31
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
correspondiente.
1,0000 punto
A los efectos de este subapartado, en el caso de
los Cuerpos de Catedráticos, se valorarán las
especialidades adquiridas en el correspondiente
Cuerpo de Profesores.
6. Otros méritos (Ver disposición
complementaria sexta)
6.1. Publicaciones.
Por publicaciones de carácter didáctico y
científico sobre disciplinas objeto del concurso o
directamente
relacionadas
con
aspectos
generales del currículo o con la organización
escolar.
Aquellas publicaciones que, estando obligadas a
consignar el ISBN en virtud de lo dispuesto por el
Decreto 2984/1972, de 2 de noviembre, y el Real
Decreto 2063/2008, de 12 de diciembre o, en su
caso, el ISSN o el ISMN, carezcan de ellos, no
serán valoradas, así como aquellas en las que el
autor sea el editor de las mismas.
Puntuación específica asignable a los méritos
baremables por este apartado:
a) Libros en sus distintos formatos (papel o
electrónico):
- Autor …………………….….. hasta 1,0000 punto
- Coautor …………..…….….. hasta 0,5000 puntos
- 3 autores…………….…..…. hasta 0,4000 puntos
- 4 autores ……………..….... hasta 0,3000 puntos
- 5 autores …………..….….. hasta 0,2000 puntos
- Más de 5 autores …….….... hasta 0,1000 puntos
Hasta 8,0000 puntos
En el caso de libros (en papel, DVD o
CD), la siguiente documentación:
Los
ejemplares
correspondientes.
originales
- Certificado de la editorial donde
conste: título del libro, autor o
autores, ISBN, depósito legal y fecha
de la primera edición, el número de
ejemplares y que la difusión de los
mismos ha sido en librerías
comerciales.
En relación con los libros editados por
Administraciones
Públicas
y
Universidades
(públicas/privadas),
que no se han difundido en librerías
comerciales, además de los datos
anteriores, en el certificado deben
constar los centros de difusión
(centros educativos, centros de
profesores, instituciones culturales,
etc.).
En los supuestos en que la editorial o
asociación hayan desaparecido, los
datos
requeridos
habrán
de
justificarse por cualquier medio de
prueba admisible en derecho.
00269405
b) Revistas en sus distintos formatos (papel o
MÁXIMO
15 PUNTOS
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Simplificación Administrativa
Secretaría General Técnica
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Hoja 37de
de 163
Número 198 - Viernes, 14 de octubre
2022
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL
ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
MÉRITOS
través del procedimiento de adquisición de
nuevas especialidades previstos en los Reales
Decreto 850/1993, de 4 de junio, 334/2004, de 27
de febrero y 276/2007, de 23 de febrero. .....…
VALORACIÓN
página 16140/31
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
correspondiente.
1,0000 punto
A los efectos de este subapartado, en el caso de
los Cuerpos de Catedráticos, se valorarán las
especialidades adquiridas en el correspondiente
Cuerpo de Profesores.
6. Otros méritos (Ver disposición
complementaria sexta)
6.1. Publicaciones.
Por publicaciones de carácter didáctico y
científico sobre disciplinas objeto del concurso o
directamente
relacionadas
con
aspectos
generales del currículo o con la organización
escolar.
Aquellas publicaciones que, estando obligadas a
consignar el ISBN en virtud de lo dispuesto por el
Decreto 2984/1972, de 2 de noviembre, y el Real
Decreto 2063/2008, de 12 de diciembre o, en su
caso, el ISSN o el ISMN, carezcan de ellos, no
serán valoradas, así como aquellas en las que el
autor sea el editor de las mismas.
Puntuación específica asignable a los méritos
baremables por este apartado:
a) Libros en sus distintos formatos (papel o
electrónico):
- Autor …………………….….. hasta 1,0000 punto
- Coautor …………..…….….. hasta 0,5000 puntos
- 3 autores…………….…..…. hasta 0,4000 puntos
- 4 autores ……………..….... hasta 0,3000 puntos
- 5 autores …………..….….. hasta 0,2000 puntos
- Más de 5 autores …….….... hasta 0,1000 puntos
Hasta 8,0000 puntos
En el caso de libros (en papel, DVD o
CD), la siguiente documentación:
Los
ejemplares
correspondientes.
originales
- Certificado de la editorial donde
conste: título del libro, autor o
autores, ISBN, depósito legal y fecha
de la primera edición, el número de
ejemplares y que la difusión de los
mismos ha sido en librerías
comerciales.
En relación con los libros editados por
Administraciones
Públicas
y
Universidades
(públicas/privadas),
que no se han difundido en librerías
comerciales, además de los datos
anteriores, en el certificado deben
constar los centros de difusión
(centros educativos, centros de
profesores, instituciones culturales,
etc.).
En los supuestos en que la editorial o
asociación hayan desaparecido, los
datos
requeridos
habrán
de
justificarse por cualquier medio de
prueba admisible en derecho.
00269405
b) Revistas en sus distintos formatos (papel o
MÁXIMO
15 PUNTOS
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja