Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/198-20)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados del personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes públicos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa
Secretaría General Técnica
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Hoja 35de
de 163
Número 198 - Viernes, 14 de octubre
2022
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL
ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
MÉRITOS
Vicedirección, Subdirección, Secretaría, Jefatura
de Estudios, Jefatura de Estudios Adjunta,
Vicecoordinación de centros de Educación
Permanente de más de 5 unidades, Segundo
Responsable de le dirección de Centros de
Educación Permanente, Jefatura de Estudios
Delegada y Secretaría Delegada de Extensión o
Sección de IES. ……..............................................…
VALORACIÓN
página 16140/29
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
que se indica para justificar los
méritos del subapartado 4.1.
2,5000 puntos
La fracción de año se computará a razón de
0,2083 puntos por cada mes completo.
4.3. Otras funciones docentes:
Por cada año de desempeño de la coordinación
de ciclo, asesoría en Centros de Profesorado,
colaboración de formación, jefatura de
departamento,
coordinación
didáctica,
coordinación del Equipo de Orientación
Educativa, así como por el desempeño de la
función tutorial ejercida a partir de la entrada en
vigor de la Ley Orgánica 2/2006, de
Educación…...........…………………………….........
Hasta 5,0000 puntos
1,0000 punto
Hoja de servicios expedida por la
Administración educativa competente
en la que consten las tomas de
posesión y cese en dichas funciones, o
copia del nombramiento, con
diligencia de posesión y cese o, en su
caso, certificación en la que conste
que a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes se
continúa desempeñando la función
docente.
La función tutorial se acreditará
mediante la certificación de la
Secretaría del centro con el VºBº de la
Dirección.
La fracción de año se computará a razón de
0,0833 puntos por cada mes completo.
Por los subapartados 4.1, 4.2, 4.3, 6.4 y 6.6 se valorará su desempeño como personal funcionario de carrera, en
prácticas o interino. En el caso de que se haya desempeñado simultáneamente más de uno de estos cargos y/o
funciones no podrá acumularse la puntuación valorándose el que pudiera resultar más ventajoso para el
concursante. A estos efectos, en el caso de personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos de
Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Artes Plásticas y Diseño, se tendrán en cuenta los
servicios prestados en dichos cargos como personal funcionario de carrera, en prácticas o interino de los
correspondientes cuerpos de profesores, incluidos los prestados como personal funcionario de los antiguos
Cuerpos de Catedráticos de Bachillerato, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Término
de Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.
MÁXIMO
10 PUNTOS
5.1. Actividades de formación superadas
Hasta 6,0000 puntos
Copia del certificado de las mismas
00269405
5. Formación y perfeccionamiento (Ver
disposición complementaria quinta)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Simplificación Administrativa
Secretaría General Técnica
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Hoja 35de
de 163
Número 198 - Viernes, 14 de octubre
2022
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL
ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
MÉRITOS
Vicedirección, Subdirección, Secretaría, Jefatura
de Estudios, Jefatura de Estudios Adjunta,
Vicecoordinación de centros de Educación
Permanente de más de 5 unidades, Segundo
Responsable de le dirección de Centros de
Educación Permanente, Jefatura de Estudios
Delegada y Secretaría Delegada de Extensión o
Sección de IES. ……..............................................…
VALORACIÓN
página 16140/29
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
que se indica para justificar los
méritos del subapartado 4.1.
2,5000 puntos
La fracción de año se computará a razón de
0,2083 puntos por cada mes completo.
4.3. Otras funciones docentes:
Por cada año de desempeño de la coordinación
de ciclo, asesoría en Centros de Profesorado,
colaboración de formación, jefatura de
departamento,
coordinación
didáctica,
coordinación del Equipo de Orientación
Educativa, así como por el desempeño de la
función tutorial ejercida a partir de la entrada en
vigor de la Ley Orgánica 2/2006, de
Educación…...........…………………………….........
Hasta 5,0000 puntos
1,0000 punto
Hoja de servicios expedida por la
Administración educativa competente
en la que consten las tomas de
posesión y cese en dichas funciones, o
copia del nombramiento, con
diligencia de posesión y cese o, en su
caso, certificación en la que conste
que a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes se
continúa desempeñando la función
docente.
La función tutorial se acreditará
mediante la certificación de la
Secretaría del centro con el VºBº de la
Dirección.
La fracción de año se computará a razón de
0,0833 puntos por cada mes completo.
Por los subapartados 4.1, 4.2, 4.3, 6.4 y 6.6 se valorará su desempeño como personal funcionario de carrera, en
prácticas o interino. En el caso de que se haya desempeñado simultáneamente más de uno de estos cargos y/o
funciones no podrá acumularse la puntuación valorándose el que pudiera resultar más ventajoso para el
concursante. A estos efectos, en el caso de personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos de
Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Artes Plásticas y Diseño, se tendrán en cuenta los
servicios prestados en dichos cargos como personal funcionario de carrera, en prácticas o interino de los
correspondientes cuerpos de profesores, incluidos los prestados como personal funcionario de los antiguos
Cuerpos de Catedráticos de Bachillerato, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Término
de Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.
MÁXIMO
10 PUNTOS
5.1. Actividades de formación superadas
Hasta 6,0000 puntos
Copia del certificado de las mismas
00269405
5. Formación y perfeccionamiento (Ver
disposición complementaria quinta)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja