3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/198-31)
Orden de 5 de octubre de 2022, por la que se emite decisión favorable para tramitar la solicitud de registro de la Denominación de Origen Protegida «Miel de Málaga».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022

página 15974/2

de Andalucía en materia de agricultura, ganadería, pesca y agroalimentación, de agua y
de desarrollo rural.
Segundo. Tras ser evaluada la solicitud, se considera que cumple los requisitos
establecidos en el Reglamento (UE) núm. 1151/2012 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 21 de noviembre, y en las disposiciones adoptadas en virtud del mismo.
Tercero. Procede, por tanto, emitir decisión favorable para continuar con la tramitación
de la solicitud de registro de la Denominación de Origen Protegida «Miel de Málaga», y
hacer pública esta decisión, que incluye la referencia electrónica al pliego de condiciones
y documento único consolidados, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.4
del Reglamento (UE) núm. 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de
noviembre, publicados en la página web de la Consejería competente en materia agraria.
Cuarto. En la gestión del expediente se han seguido todos los trámites previstos en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el Reglamento (UE) núm. 1151/2012 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre, y en las disposiciones adoptadas en virtud
del mismo, y en el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre.
Quinto. La solicitud de inscripción es admisible, en cuanto al fondo, por lo que procede
dar traslado a la Comisión Europea para que ésta proceda a examinar la solicitud, de
conformidad con el artículo 50 del Reglamento (UE) núm. 1151/2012 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre.
De acuerdo con las disposiciones citadas, y las demás normas de general y pertinente
aplicación,
RESU ELVO
Primero. Emitir decisión favorable para tramitar la solicitud de registro de la
Denominación de Origen Protegida «Miel de Málaga» y que la misma sea remitida a la
Comisión Europea.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.2 del Real Decreto
1335/2011, de 3 de octubre, esta orden será comunicada al Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación, a los efectos de la transmisión de la solicitud de registro a la
Comisión Europea. Igualmente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 40 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 13.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de
octubre, se notificará al solicitante.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00269224

Segundo. Dar publicidad a la referencia electrónica de la versión del pliego de
condiciones consolidado y del documento único consolidado en que se ha basado esta
decisión, que pueden consultarse en la página web de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, bajo el nombre de la Denominación de Origen Protegida
«Miel de Málaga» en el siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es/organismos/
agriculturapescaaguaydesarrollorural/areas/industrias-agroalimentarias/calidad/paginas/
denominaciones-calidad-otros-productos.html o bien, accediendo directamente a la
página de inicio de la web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural: (https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural.html),
siguiendo la siguiente ruta de acceso: «Temas» / «Industrias, Innovación y Cadena
Agroalimentaria» / «Calidad» / «Denominaciones de Calidad» / «Otros Productos».