3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/196-81)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se determina la estructura del Consejo de Dirección y Delegaciones del Rector, y se delega el ejercicio de competencias.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 196 - Martes, 11 de octubre de 2022

página 15869/7

• Diseño, ejecución y seguimiento del Protocolo de actuación para la prevención e
intervención frente al acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito de la Universidad
Pablo de Olavide, así como el control en última instancia del Protocolo correspondiente
de los Centros adscritos a la misma.
• Elaboración de informes de impacto de género a solicitud de la Secretaría General
de la Universidad Pablo de Olavide.
• Dirección y coordinación de proyectos e iniciativas encaminados a la promoción de
la igualdad de género en la Universidad.
• Promoción de acuerdos, convenios y contratos específicos en materia de igualdad
de género con otras instituciones, organismos o empresas públicas o privadas.
• Promoción y difusión de actividades de formación y sensibilización en materia de
igualdad de género.
• Dirección de la política de becas y ayudas en las materias de su competencia.
• Cualesquiera otras funciones y/o competencias relacionadas con el ámbito de
actuación de esta Delegación, así como con la dirección funcional de las unidades técnicas,
administrativas y estructuras que, en su caso, se adscriban a este órgano delegado.
4.3. Se encomienda y delega en la persona titular de la Delegación del Rector para la
calidad, las siguientes competencias y/o funciones:
• Vicepresidencia del Comité de Calidad.
• Dirección de la política integral de Calidad de la Universidad Pablo de Olavide.
• Elaboración y actualización del Sistema de Aseguramiento Interno de la Calidad
(SAIC) de los Centros y sus títulos de la Universidad Pablo de Olavide.
• Dirección y coordinación de todos los procesos de evaluación que en materia de
Calidad se ven implicados los Centros y sus títulos, tanto a nivel interno por parte de la
propia institución como externo por la de la agencia nacional y la autonómica.
• Dirección y coordinación de los procesos de seguimiento y renovación de la
acreditación de títulos.
• Dirección de la política de becas y ayudas en las materias de su competencia.
• Cualesquiera otras funciones y/o competencias relacionadas con el ámbito de
actuación de esta Delegación, así como con la dirección funcional de las unidades técnicas,
administrativas y estructuras que, en su caso, se adscriban a este órgano delegado.

6. Competencias de la Gerencia.
Sin perjuicio de las facultades que se le asignan en el artículo 23 de la Ley Orgánica
de Universidades y el artículo 44 de los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, se
encomienda y delega en la persona que asuma la Gerencia las siguientes funciones y las
competencias:
6.1. En materia de contratación pública:
• Los actos administrativos relativos a la tramitación de contratos administrativos.
La delegación no se extenderá a la aprobación del expediente de contratación, a la
publicación en boletines oficiales, a la adjudicación, y a la formalización del contrato,
manteniéndose para el resto de actos de tramitación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00269137

5. Competencias de la Secretaría General.
Sin perjuicio de las facultades que le confiere el art. 22 de la Ley Orgánica de
Universidades, el art. 40 de los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, y demás
normas que resulten de aplicación, se encomienda en la persona que asuma la Secretaría
General, el ejercicio de las siguientes competencias:
• El régimen jurídico y el control de legalidad de todas las actuaciones de la
Universidad Pablo de Olavide.
• La resolución de los conflictos de competencia que puedan producirse entre
cualesquiera de los órganos de gobierno descritos en esta resolución. Los conflictos
de competencia, tanto positivos como negativos, podrán ser promovidos de oficio o a
instancia de parte.