Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/195-17)
Resolución de 5 de octubre de 2022, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se regula la organización de la fase de prácticas del personal seleccionado en el procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 23 de febrero de 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 10 de octubre de 2022

página 15755/6

Las actas para la emisión de la calificación del personal en prácticas se confeccionarán
conforme lo establecido en el artículo 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Dichas actas serán firmadas por los miembros asistentes a la reunión de evaluación
y se remitirán antes del 1 de junio de 2023 por las comisiones de evaluación de centros
a las comisiones provinciales de coordinación y seguimiento, para su posterior traslado a
la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, antes del 15 de
junio de 2023.
Por otra parte, la presidencia de las comisiones provinciales de coordinación
convocará una reunión en la primera semana del mes de junio de 2023 para elaborar
el informe final. De las reuniones celebradas se levantará acta y se redactará un
informe al que se deberá adjuntar toda la documentación de la fase de prácticas y la
explicación razonada de la calificación otorgada. Este informe quedará depositado en el
correspondiente Servicio Provincial de Inspección educativa.
En los supuestos de que personas en prácticas concluyan el periodo mínimo de cuatro
meses o de tres meses y un día en los supuestos de maternidad, adopción o acogimiento,
con posterioridad al 15 de junio de 2023, de acuerdo con lo establecido en el apartado
segundo de la presente Resolución, la referida remisión se llevará a cabo una vez finalizado
la totalidad del período de prácticas y, en todo caso, antes del 30 de junio de 2023.
En el caso de que alguna persona en prácticas obtenga la calificación de «no apto»,
la comisión de evaluación de centro deberá emitir un informe motivado y detallado sobre
tal calificación, que deberá basarse en los informes preceptivos, y que se adjuntará al
acta de calificación final.
Octavo. Repetición de la fase de prácticas.
Quienes no hayan completado el período mínimo de cuatro meses o de tres meses y
un día en los supuestos de maternidad, adopción o acogimiento, previsto en el Resuelve
Segundo, o no hayan sido calificados como «aptos» en el curso 2022/2023, tendrán que
incorporarse para realizar dicha fase de prácticas, por una sola vez, durante el curso
2023/2024. De resultar aptos en este último curso escolar, ocuparán el lugar siguiente al
de la última persona seleccionada en su especialidad de su promoción.
Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos anteriores, el personal que no se
incorpore a la fase de prácticas o sea declarado no apto por segunda vez, perderá todos
los derechos a su nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, o alternativa y directamente, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano
jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

00269024

Sevilla, 5 de octubre de 2022.- El Director General, Pablo Quesada Ruiz.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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