Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/195-5)
Orden de 27 de septiembre de 2022, por la que se convocan para el año 2022, las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en relación con la parada temporal de la flota de artes menores afectada por el Plan de Gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía, que ha tenido lugar del 1 al 31 de mayo de 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 10 de octubre de 2022

página 15673/2

Sobre la base de ese marco regulador, se dicta la Orden de 2 de septiembre de 2022,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen
de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de
la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la convocatoria de
estas subvenciones para el año 2022, y en virtud de la competencia que me confiere
el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo 115 del texto
refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2022, las
ayudas destinadas a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota de
artes menores afectada por el Plan de Gestión para la pesquería de rastros o dragas
mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía, reguladas en la Orden de 2 de
septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la
actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en
el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020),
en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios
que asimismo se indican:
Línea de ayuda

Partidas presupuestarias

Cuantía
máxima (€)
50.00,00

2. El importe total disponible para la presente convocatoria es de 100.000 euros, no
pudiendo superarse la citada cuantía. Estos créditos están cofinanciados en un 50% con
fondos procedentes del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP), y el otro 50%
con fondos procedentes de la Junta de Andalucía.
En el caso de que se produzca un eventual aumento de crédito máximo disponible
para esta convocatoria y sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá
dictar una resolución de concesión de la subvención, incorporando en esta resolución a
los solicitantes que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener la consideración de
persona beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición por haberse agotado el crédito
consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.e) del Reglamento de
los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía.
3. El periodo de paralización temporal de la actividad pesquera comprende desde el 1
al 31 de mayo de 2022, ambos inclusive, siendo este el periodo computable y el periodo
subvencionable.
4. El cumplimiento de la condición concerniente a la suspensión de la actividad
durante la parada, será acreditado mediante certificación emitida por la Capitanía
marítima correspondiente. En este certificado deberá hacerse constar expresamente la
fecha de entrega del rol de despachos por motivo del inicio de la parada temporal y que
ha sido recogido a partir del día siguiente al de la finalización de la parada temporal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00268945

Ayuda a la parada temporal de la flota de artes
1300120000/G/71P/47300/00/G1311145G6
menores afectada por el Plan de Gestión para la
pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el 1300120000/G/71P/48300/00/G1311145G6 50.000,00
litoral mediterráneo de Andalucía.
TOTAL DISPONIBLE 2022
100.000,00