Disposiciones generales. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/194-4)
Orden de 3 de octubre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas al Alquiler a los Jóvenes: Bono Alquiler Joven en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 194 - Viernes, 7 de octubre de 2022

página 15585/15

Vigésima. Reintegro.
1. Además de los casos de nulidad y anulabilidad de la resolución de concesión
previstos en el artículo 36 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, procederá también
el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora
correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se
acuerde la procedencia del reintegro o la fecha en que el deudor ingrese el reintegro si es
anterior, en los siguientes casos:
a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u
ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.
b) Incumplimiento total o parcial del objetivo, o la no adopción del comportamiento
que fundamenta la concesión de la subvención, especialmente no destinar la vivienda o
habitación a residencia habitual y permanente.
c) Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente.
d) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y
control financiero previstas en los artículos 14 y 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación
de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado
a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las
actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes
públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
e) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por el órgano concedente a
las personas beneficiarias, o de los compromisos por estas asumidos, con motivo de
la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran al modo en que se
han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el
comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención, así como cuando de
ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, o la
concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad,
procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales,
de la Unión Europea o de organismos internacionales.
2. En caso de incumplimiento parcial, para la determinación de la cantidades a
reintegrar, se tendrán en cuenta las mensualidades en las que se ha producido dicho
incumplimiento, perdiéndose el derecho al cobro de las que resten.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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Decimonovena. Información básica sobre protección de datos personales.
1. Los datos personales recabados en este procedimiento serán tratados en su
condición de responsable por la Secretaría General Vivienda con la finalidad de llevar
a cabo la tramitación administrativa que derive de la gestión de este procedimiento, así
como para informar a las personas interesadas sobre su desarrollo.
El tratamiento de los datos se basará en el cumplimiento de una misión de interés
público o en el ejercicio de poder público. No obstante, determinados tratamientos podrán
fundamentarse en el consentimiento de las personas interesadas, reflejándose esta
circunstancia en el formulario de solicitud.
2. Los datos serán comunicados a las Administraciones públicas en el ejercicio
de sus competencias, cuando sea necesario para la tramitación y resolución de sus
procedimientos o para que la ciudadanía pueda acceder de forma integral a la información
relativa a una materia.
3. Las personas interesadas podrán acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como
ejercer otros derechos o retirar su consentimiento, a través de medios electrónicos o
presencialmente en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del
procedimiento administrativo común.