Disposiciones generales. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/194-4)
Orden de 3 de octubre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas al Alquiler a los Jóvenes: Bono Alquiler Joven en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 194 - Viernes, 7 de octubre de 2022

página 15585/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA

La Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía,
tiene por objeto garantizar el derecho constitucional y estatutario a una vivienda digna
y adecuada, del que son titulares las personas físicas con vecindad administrativa en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, y establece el conjunto de facultades y deberes que
integran este derecho, así como las actuaciones que para hacerlo efectivo corresponden
a las administraciones públicas andaluzas, y otorga al derecho a la vivienda un carácter
finalista, al definirlo como el que satisface las necesidades habitacionales de sus titulares
y de quienes con ellos convivan, permitiendo una vida independiente y autónoma y
favoreciendo el ejercicio de los derechos fundamentales.
El Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, regula el Bono Alquiler Joven y el Plan
Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. La regulación de la ayuda Bono Alquiler
Joven se incluye en su Título I y tiene por objeto regular el Bono Alquiler Joven para
facilitar el disfrute de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de
uso a las personas jóvenes con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento
de ayudas directas a las personas arrendatarias o cesionarias. La financiación del Bono
Alquiler Joven se realizará con las dotaciones que se consignen en los Presupuestos
Generales del Estado de cada año en la partida 17.09.261N.754 «Bono Alquiler Joven» o
en la que la sustituya. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana transferirá
fondos a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para atender a
la ayuda del Bono Alquiler Joven mediante resoluciones de transferencia de crédito cuya
aceptación deberá ser comunicada al referido Ministerio en el plazo que se determine en
la propia resolución, salvo que previamente conste tal aceptación.
El Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía,
de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, incluye en
sus artículos 37 y 38 el programa de ayudas al alquiler. Si bien en ellos se establecen
como personas destinatarias las que tengan ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM,
se permite incrementar este límite, en este caso hasta 3 veces el IPREM, con la finalidad
de que un mayor número de jóvenes pueda beneficiarse de los fondos disponibles, por
lo que se considera que la ayuda Bono Alquiler Joven contribuye al cumplimiento de los
objetivos de dicho Plan.
Las ayudas se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, ajustándose al
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo. La motivación
de establecer un procedimiento de concurrencia no competitiva se encuentra en la
necesidad de conceder y abonar las ayudas en el menor tiempo posible, pues tienen
como objeto atender la consecución de un derecho fundamental como es la vivienda,
además de regularse por la Administración estatal que las comunidades autónomas y
ciudades de Ceuta y Melilla convocarán procedimientos de concesión del Bono Alquiler
Joven mediante convocatorias abiertas de forma continuada y permanente, lo que dificulta
un procedimiento competitivo. Asimismo, atendiendo al volumen de solicitudes que se
prevé recibir y a la existencia de recursos limitados, para mayor garantía procedimental,
se prevé agrupar los distintos actos administrativos que conlleva la tramitación de estas
ayudas y su publicación en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de
Andalucía, sin perjuicio de la notificación individual de su publicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Orden de 3 de octubre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de ayudas al Alquiler a los Jóvenes: Bono Alquiler Joven en
Andalucía.