5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/194-79)
Anuncio de 29 de septiembre de 2022, del Ayuntamiento de Segura de la Sierra, de bases y convocatoria de pruebas selectivas para la selección de personal funcionario de carrera, por el sistema de concurso de méritos, de plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público extraordinaria de 2021, correspondientes a procesos de estabilización de empleo público. (PP. 2277/2022).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 194 - Viernes, 7 de octubre de 2022
página 15413/8
La posesión de los títulos se acreditará mediante copia auténtica de los mismos
con los requisitos determinados en el art. 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las AA.PP.
Los cursos se acreditarán mediante copia auténtica del diploma o certificado de
aprovechamiento o asistencia, debiendo constar expresamente la duración de los mismos.
Queda a criterio del Tribunal determinar la adecuación real del curso al puesto de
trabajo convocado.
Octava. Protección de datos.
8.1. Conforme lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, los datos
personales facilitados por los aspirantes pasarán a ser tratados por el Ayuntamiento
de Segura de la Sierra como responsable del tratamiento, ante quien puede ejercitar
los derechos de acceso, rectificación, limitación u oposición, señalando las causas de
solicitud y acreditando su identidad.
8.2. El acceso a una plaza de las ofertadas conllevará el que los datos personales
aquí facilitados pasen a ser tratados para las finalidades de gestión en materia de
personal y cedidos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa
laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier entidad obligada por ley.
8.3. El Ayuntamiento de Segura de la Sierra se encuentra legitimado para su tratamiento
a efectos de cumplir con los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268686
Séptima. Documentación a aportar por los aspirantes propuestos.
Los aspirantes propuestos aportarán al Departamento de RR.HH. del Excmo.
Ayuntamiento los documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad
y requisitos exigidos en esta convocatoria en la base segunda. Y en concreto:
- Fotocopia del DNI, junto al original para su compulsa.
- Fotocopia del título académico exigido o certificación académica que acredite haber
finalizado todos los estudios para su finalización, junto al original para su compulsa.
- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas.
- Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni defecto físico que
le imposibiliten para el ejercicio de las funciones propias de la plaza a la que opta.
7.1. Plazo: El plazo de presentación de documentos será de veinte días naturales,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de seleccionados en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento.
7.2. Excepciones: Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán
exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para
obtener su anterior nombramiento.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran
su documentación o no reunieran los requisitos exigidos no podrán ser contratados y
quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
hubieran incurrido.
7.3. Toma de posesión. Las personas seleccionadas deberán tomar posesión en
el plazo de un mes, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento,
debiendo, previamente, prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido
en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para toma de posesión
de cargos o funciones públicas. Si no tomase posesión en el plazo indicado, sin causa
justificada, decaerá en todos sus derechos a ocupar la plaza. Una vez finalizado el
procedimiento y formalizados los nombramientos del nuevo personal funcionario de
carrera o los contratos fijos, procederá la toma de posesión de la plaza, lo cual supondrá
el cese de la persona que, en su caso, viniera desempeñando aquella de forma temporal
o interina.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 194 - Viernes, 7 de octubre de 2022
página 15413/8
La posesión de los títulos se acreditará mediante copia auténtica de los mismos
con los requisitos determinados en el art. 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las AA.PP.
Los cursos se acreditarán mediante copia auténtica del diploma o certificado de
aprovechamiento o asistencia, debiendo constar expresamente la duración de los mismos.
Queda a criterio del Tribunal determinar la adecuación real del curso al puesto de
trabajo convocado.
Octava. Protección de datos.
8.1. Conforme lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, los datos
personales facilitados por los aspirantes pasarán a ser tratados por el Ayuntamiento
de Segura de la Sierra como responsable del tratamiento, ante quien puede ejercitar
los derechos de acceso, rectificación, limitación u oposición, señalando las causas de
solicitud y acreditando su identidad.
8.2. El acceso a una plaza de las ofertadas conllevará el que los datos personales
aquí facilitados pasen a ser tratados para las finalidades de gestión en materia de
personal y cedidos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa
laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier entidad obligada por ley.
8.3. El Ayuntamiento de Segura de la Sierra se encuentra legitimado para su tratamiento
a efectos de cumplir con los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268686
Séptima. Documentación a aportar por los aspirantes propuestos.
Los aspirantes propuestos aportarán al Departamento de RR.HH. del Excmo.
Ayuntamiento los documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad
y requisitos exigidos en esta convocatoria en la base segunda. Y en concreto:
- Fotocopia del DNI, junto al original para su compulsa.
- Fotocopia del título académico exigido o certificación académica que acredite haber
finalizado todos los estudios para su finalización, junto al original para su compulsa.
- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas.
- Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni defecto físico que
le imposibiliten para el ejercicio de las funciones propias de la plaza a la que opta.
7.1. Plazo: El plazo de presentación de documentos será de veinte días naturales,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de seleccionados en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento.
7.2. Excepciones: Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán
exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para
obtener su anterior nombramiento.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran
su documentación o no reunieran los requisitos exigidos no podrán ser contratados y
quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
hubieran incurrido.
7.3. Toma de posesión. Las personas seleccionadas deberán tomar posesión en
el plazo de un mes, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento,
debiendo, previamente, prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido
en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para toma de posesión
de cargos o funciones públicas. Si no tomase posesión en el plazo indicado, sin causa
justificada, decaerá en todos sus derechos a ocupar la plaza. Una vez finalizado el
procedimiento y formalizados los nombramientos del nuevo personal funcionario de
carrera o los contratos fijos, procederá la toma de posesión de la plaza, lo cual supondrá
el cese de la persona que, en su caso, viniera desempeñando aquella de forma temporal
o interina.