Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/193-10)
Resolución de 3 de octubre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado en las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Gestión Administrativa, Especialidad Gestión Financiera, de la Junta de Andalucía (A2.1200), correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2017 y 2018.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 193 - Jueves, 6 de octubre de 2022

página 15584/3

suficientes puestos de trabajo en relación con el número de orden obtenido en el proceso
selectivo, le será adjudicado de oficio alguno de los que resulten vacantes, una vez
atendidas las demás peticiones del personal aspirante.
2. Conforme dispone el artículo 25 del referido reglamento general, los destinos
adjudicados tendrán carácter definitivo de ocupación, al tratarse de puestos de trabajo de
nivel básico.
Cuarto. El personal aspirante que tuviera la condición de funcionario de carrera que
ocupe con carácter definitivo puestos de doble adscripción podrá solicitar la adjudicación
del mismo, con el mismo carácter de ocupación, siempre y cuando se cumplan los
requisitos de la Relación de Puestos de Trabajo. En tal caso quedarán excluidos del
sistema de adjudicación de destino por el orden de puntuación obtenido en el proceso
selectivo.
En este supuesto, se producirá simultáneamente la toma de posesión en dicho puesto
como personal funcionario de carrera del nuevo Cuerpo y la declaración en la situación
de excedencia prevista en el artículo 15 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los funcionarios
civiles de la Administración General del Estado, conforme a la redacción dada por el Real
Decreto 255/2006, de 3 de marzo, en el Cuerpo al que pertenecía con anterioridad.
Quinto. Las personas que dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor
debidamente acreditada, no presentasen la documentación preceptiva, o del examen
de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base
segunda de la resolución de convocatoria, no podrán ser nombrados personal funcionario
de carrera, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de reposición, con carácter potestativo ante este órgano, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los
órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su
publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

00268854

Sevilla, 3 de octubre de 2022.- La Directora General, Natalia Silvia Márquez García.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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