Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/193-10)
Resolución de 3 de octubre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado en las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Gestión Administrativa, Especialidad Gestión Financiera, de la Junta de Andalucía (A2.1200), correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2017 y 2018.
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BOJA
14 de octubre de 2022-09:00 h
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 193 - Jueves, 6 de octubre de 2022

página 15584/2

Del núm. 1 PÉREZ FERNÁNDEZ MARÍA VICTORIA con DNI ***1145**
a núm. 14 FERNÁNDEZ PALACIOS FAL MARÍA con DNI ***2086**
Del núm. 15 RAMIRO MOLINA CLAUDIA con DNI ***2758**
al núm. 26 MARTÍN ANGUAS MARÍA ELENA con DNI ***3419**
Del núm. 27 MARÍN CERDERO DANIEL con DNI ***8434**
al núm. 41 CABALLOS MOLINA ISABEL con DNI ***4391**
Del núm. 42 ROMERO SÁNCHEZ JAVIER con DNI ***9289**
al núm. 55 CAÑETE MOLERO IVÁN con DNI ***5089**

Se incluyen en el orden de llamamiento la totalidad de las personas opositoras que
integran el listado de aprobados de la oposición, no obstante, aquellas personas que aún
estando incluidas en el intervalo de nombres que forman dicho orden, hayan presentado
su renuncia, no tendrán que comparecer al acto único.
En la comparecencia, el personal aspirante, deberá acudir provisto de la petición de
destino, conforme al modelo de formulario que se publica como Anexo II de la presente
resolución, debidamente cumplimentado y firmado, así como de la documentación
relacionada en el apartado 4 de la base octava de la resolución de convocatoria,
debiéndose respecto del documento indicado en la letra b) aportarse copia electrónica
auténtica del título académico oficial o, en su defecto, copia del mismo acompañada del
documento obtenido a través de la «Consulta de Títulos Universitarios Oficiales» en la
sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y respecto de
la declaración responsable a la que hace referencia la letra c), utilizarse el modelo que
figura en el Anexo II-A de la presente resolución.
Asimismo, el personal aspirante con discapacidad deberá aportar el correspondiente
certificado, expedido por la Consejería competente en la materia de la Junta de Andalucía,
o en su caso del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que conste su capacidad
para el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo, Especialidad u Opción
a que se aspira.
3. En caso de que el personal aspirante tuviera la condición de personal funcionario
y/o estuviera prestando servicios en la Junta de Andalucía, estará exento de justificar
documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior
nombramiento, siempre que hubiesen sido inscritos en el Registro General de Personal
de la Junta de Andalucía. El personal funcionario de carrera de otras Administraciones
deberá presentar únicamente certificación del organismo de procedencia, acreditando su
condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal, siempre que
de lo consignado en el mismo, se evidencie el cumplimiento de los requisitos exigidos
para ingreso en el Cuerpo, Especialidad u Opción a que se aspira, requiriéndose, en caso
contrario, su acreditación documental.

Tercero. 1. Los destinos se adjudicarán al personal aspirante seleccionado en las
respectivas pruebas, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en el proceso
selectivo, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto
en la Relación de Puestos de Trabajo, y conforme al orden de preferencia establecido
en el Anexo II de la presente resolución. Al personal aspirante que no haya solicitado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. En atención a las prioridades funcionales de los servicios de esta
Administración, las vacantes ofertadas son las que figuran en el Anexo I de la presente
resolución, no resultando necesario realizar una oferta diferenciada para el turno de
personas con discapacidad dado que, conforme a lo establecido en el apartado 1.1 de
la base octava de la resolución de convocatoria, no se ha solicitado, dentro del plazo,
ninguna adaptación que la requiera. Por lo tanto, queda garantizado el cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, por el que se regula
el ingreso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con
discapacidad en la Función Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía.