Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/192-2)
Orden de 28 de septiembre de 2022, por la que aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a inversiones en medidas preventivas destinadas a reducir las consecuencias de desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes probables, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (submedida 5.1.).
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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Secretaría General Técnica

BOJA

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

Número 192 - Miércoles, 5 de octubre de 2022
ANEXO II y III

página
15516/32
Hoja
34 de 52

ORGANISMO:
DIRECCIÓN GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA

CUADRO RESUMEN DE LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES A CONCEDER POR EL PROCEDIMIENTO DE
CONCURRENCIA COMPETITIVA
0.- Identificación de la línea de subvención.
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en medidas preventivas
destinadas a reducir las consecuencias de desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes probables en
el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022. Submedida 5.1 “Apoyo a las inversiones en
medidas preventivas destinadas a reducir las consecuencias de desastres naturales, adversidades climáticas y
catástrofes probables”, operación 5.1.1 “Inversiones en explotaciones agrarias para el establecimiento de medidas
preventivas destinadas a reducir las consecuencias que, sobre el potencial de producción de las explotaciones,
puedan tener los posibles desastres naturales, eventos climáticos adversos y catástrofes”.
1.- Objeto (Artículo 1).
Establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, a los titulares de unidades productivas ubicadas en explotaciones ganaderas de Andalucía para el
establecimiento de medidas preventivas destinadas a paliar los efectos de sequías (medida 5, submedida 5.1.,
Operación 5.1.1.).
2.- Conceptos subvencionables (Artículos 5, 8, 9, 11, 12, 13 y 20).
2.a) Conceptos subvencionables
1.- Se apoyarán las inversiones y gastos necesarios realizadas en explotaciones ganaderas ubicadas en Andalucía
para prevenir y reducir los efectos de sequías.
2.- No serán subvencionables las inversiones que no figuren en la solicitud de ayudas presentada dentro del plazo
establecido en la correspondiente convocatoria.
3.- En ningún caso podrán apoyarse inversiones en explotaciones que se encuentren en dificultades o en crisis,
definidas según recogen las “Directrices comunitarias sobre ayudas de estatales de salvamento y de reestructuración
de empresas en crisis. (2004/C/244/02, DOUE de 01/10/04)”.
4.- No serán subvencionables aquellas inversiones relacionadas con medidas de obligado cumplimiento por
normativa Europea, nacional y autonómica y por lo tanto pierdan el carácter preventivo.

2.b) Posibilidad de reformulación de solicitudes:
(X) No
( ) Sí

00268786

2.c) Ámbitos territoriales y/o funcionales de competitividad:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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