3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/191-45)
Resolución de 27 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se delegan en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte determinadas competencias en materia de Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 4 de octubre de 2022
página 15406/3
6. La competencia para la expedición de certificados de las inscripciones
correspondientes en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas y de las copias
de la documentación correspondiente que conste en el mismo y que sean solicitadas
por los clubes deportivos o secciones deportivas andaluzas, referidas al ejercicio de
competencias que se delegan en cada Delegación Territorial.
Segundo. Constancia de la delegación.
Las resoluciones que se adopten en virtud de la presente resolución indicarán
expresamente dicha circunstancia y se considerarán dictadas por la persona titular de la
Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte.
Tercero. Revocación.
La persona titular de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 102.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, podrá
revocar en cualquier momento la delegación de competencias a que se refiere esta
resolución. La revocación surtirá efectos a partir de la fecha de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Avocación.
La persona titular de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, de
conformidad con lo previsto en el artículo 103 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, podrá
avocar para sí el conocimiento y resolución de cualquier asunto comprendido en la
delegación a que se refiere esta resolución, sin perjuicio de que la delegación subsista en
tanto no sea revocada o modificada de modo expreso.
Quinto. Cese en sus efectos de la delegación anterior.
Con la publicación de la presente resolución, cesa en su eficacia la Resolución de 26
de junio de 2018, de la Dirección General de Actividades y Promoción del Deporte (BOJA
núm. 129, de 5 de julio, de 2018), por la que se delegan en las personas titulares de
las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Turismo y Deporte determinadas
competencias en materia de Registro Andaluz de Entidades Deportivas, sin perjuicio de
la validez de las actuaciones realizadas al amparo de la misma.
Sexto. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00268677
Sevilla, 27 de septiembre de 2022.- La Directora General, María A. de Nova Pozuelo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 4 de octubre de 2022
página 15406/3
6. La competencia para la expedición de certificados de las inscripciones
correspondientes en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas y de las copias
de la documentación correspondiente que conste en el mismo y que sean solicitadas
por los clubes deportivos o secciones deportivas andaluzas, referidas al ejercicio de
competencias que se delegan en cada Delegación Territorial.
Segundo. Constancia de la delegación.
Las resoluciones que se adopten en virtud de la presente resolución indicarán
expresamente dicha circunstancia y se considerarán dictadas por la persona titular de la
Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte.
Tercero. Revocación.
La persona titular de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 102.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, podrá
revocar en cualquier momento la delegación de competencias a que se refiere esta
resolución. La revocación surtirá efectos a partir de la fecha de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Avocación.
La persona titular de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, de
conformidad con lo previsto en el artículo 103 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, podrá
avocar para sí el conocimiento y resolución de cualquier asunto comprendido en la
delegación a que se refiere esta resolución, sin perjuicio de que la delegación subsista en
tanto no sea revocada o modificada de modo expreso.
Quinto. Cese en sus efectos de la delegación anterior.
Con la publicación de la presente resolución, cesa en su eficacia la Resolución de 26
de junio de 2018, de la Dirección General de Actividades y Promoción del Deporte (BOJA
núm. 129, de 5 de julio, de 2018), por la que se delegan en las personas titulares de
las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Turismo y Deporte determinadas
competencias en materia de Registro Andaluz de Entidades Deportivas, sin perjuicio de
la validez de las actuaciones realizadas al amparo de la misma.
Sexto. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00268677
Sevilla, 27 de septiembre de 2022.- La Directora General, María A. de Nova Pozuelo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja