3. Otras disposiciones. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/191-47)
Orden de 28 de septiembre de 2022, complementaria a la Orden de 23 de febrero de 2022, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2022.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 4 de octubre de 2022

página 15365/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD

La Orden de 23 de febrero de 2022, por la que se establece la distribución de las
cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación de los Servicios
Sociales Comunitarios en Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2022,
aprobó como Anexo la relación de Ayuntamientos de municipios con población superior
a veinte mil habitantes y Diputaciones Provinciales, así como las cuantías asignadas a
cada uno de ellos respecto a la aportación autofinanciada de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, en virtud de lo estipulado en el Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se
regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía.
Asimismo, en ese anexo se incluyó al municipio de Cartaya (Huelva), como Entidad
Local que superaba los 20.000 habitantes y asumía competencias en la gestión de los
Centros de Servicios Sociales Comunitarios, conforme al artículo 9.3 de la Ley 5/2010,
de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía y de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Dicha asunción de competencias por parte del Ayuntamiento se haría efectiva durante
los últimos 6 meses del año, según se establece en Resolución de Alcaldía de fecha 1
de febrero de 2022. Finalmente ante la imposibilidad de la Entidad Local de asumir en
el plazo establecido la efectiva prestación de los servicios sociales por la demora en
la aprobación definitiva de sus Presupuestos y demás procedimientos administrativos,
solicitó postergar dicha asunción de competencias al 1 de enero de 2023, mediante
Resolución de Alcaldía comunicada con fecha 13 de junio de 2022. Por tanto, procede
la modificación del anexo de la Orden de 23 de febrero de 2022, por la que se establece
la distribución de las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación
de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía correspondientes al ejercicio
presupuestario 2022.
La disposición transitoria única del Decreto 203/2002, de 16 de julio, establece que
los créditos a percibir por las Entidades Locales procedentes tanto de los presupuestos
de la Comunidad Autónoma de Andalucía como de los Presupuestos Generales del
Estado estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio económico. En este
sentido, una vez aprobados por Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y
del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en su reunión extraordinaria
de 28 de junio de 2022, los criterios de distribución territorial, así como la distribución
resultante del crédito, para el año 2022 de los compromisos financieros destinados a la
cofinanciación de planes o programas sociales, se establece que la asignación destinada
a la Comunidad Autónoma de Andalucía para el Desarrollo de Prestaciones Básicas de
Servicios Sociales de Entidades Locales (Plan Concertado) es de 19.957.791,74 euros
y que la asignación para el refuerzo de equipos de atención a la infancia y la familia
en los Servicios Sociales de Atención Primaria, ubicados en los Servicios Sociales
Comunitarios, en ejecución de lo previsto en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de
protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) es de
4.683.000,00 euros.
Mediante esta orden se distribuyen por primera vez créditos destinados a reforzar
los equipos de infancia y familia de la Red de Servicios Sociales de Atención Primaria,
ubicados en los Servicios Sociales Comunitarios, que permitan la prevención y detección
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00268646

Orden de 28 de septiembre de 2022, complementaria a la Orden de 23 de
febrero de 2022, por la que se establece la distribución de las cantidades a
percibir por las Entidades Locales para la financiación de los Servicios Sociales
Comunitarios en Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2022.