Disposiciones generales. Consejería de Universidad, Investigación e Innovación. (2022/190-4)
Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se convocan para el curso académico 2021/2022 las subvenciones previstas en la Orden de 14 de mayo de 2020, de bases reguladoras de concesión de ayudas al estudio, en régimen de concurrencia no competitiva, para el alumnado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia adscrito a los centros asociados de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 3 de octubre de 2022

página 15432/3

2021, prorrogado por el Decreto 286/2021, de 28 de diciembre, por el que se establecen
las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga del Presupuesto de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2022, durante el presente ejercicio
presupuestario, en orden al cumplimiento de la normativa reguladora y de los objetivos
de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, el órgano competente para
conceder la ayudas, en cumplimiento de la normativa reguladora de las subvenciones,
podrá dejar sin efecto las convocatorias que no hayan sido objeto de resolución de
concesión, así como para suspender o no realizar las convocatorias futuras. Del mismo
modo, y con el mismo fin de interés general, el órgano competente para conceder las
ayudas podrá modificar las bases reguladoras vigentes para prever, como causa de
modificación de las resoluciones de concesión, las decisiones dirigidas al cumplimiento
de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Séptimo. Plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión.
1. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de
concesión de la ayuda, será de tres meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sexto. Solicitudes y plazo de presentación.
1. El alumnado beneficiario de la ayuda presentará la solicitud a través de su
representante que será la UNED. A estos efectos, previamente deberá cumplimentar el
formulario electrónico puesto a su disposición en el acto de formalización de la matrícula
mediante el que otorgará la representación y cederá el derecho al cobro de la ayuda a la
UNED, teniendo en cuenta que en ese preciso momento la UNED aplicará la bonificación
que corresponda al importe de la matrícula, por los rendimientos académicos del alumnado.
De igual manera, la UNED podrá formular solicitud en nombre y representación del
alumnado, sin perjuicio de que la representación se hubiese dado con anterioridad al
inicio del plazo de presentación de solicitudes. Para esta convocatoria y como quiera
que han transcurrido los periodos de matriculación previstos en el artículo 19.4 de la
citada orden, la UNED, como representante del alumnado y, a su vez, responsable del
expediente académico y de la gestión de matrículas de aquél, en un solo acto y de
conformidad con lo establecido en el artículo 66.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, formulará una
única solicitud a la que se adjuntará relación certificada, que incluirá los datos necesarios
para poder tratar de forma individualizada la ayuda de cada uno de sus representados, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la citada orden.
La solicitud se cumplimentará mediante el modelo, que se acompaña a la presente
convocatoria como anexo a la misma, y que estará disponible en la oficina virtual de la
Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de universidades, a la que
se podrá acceder a través del catálogo de procedimientos administrativos disponible en
la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/20978.html
Las solicitudes se presentarán a través del Registro Electrónico Único de la
Administración de la Junta de Andalucía, e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección
General con competencia en materia de universidades.
2. El plazo de presentación de la solicitud se iniciará a partir del día siguiente
al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la
convocatoria previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, y terminará el día 7 de octubre de 2022.
3. La presentación fuera de plazo dará lugar a una resolución de inadmisión, que será
notificada individualmente a la persona interesada en los términos de los artículos 40 a
44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.