Disposiciones generales. Consejería de Salud y Consumo. (2022/190-3)
Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud, por la se modifican los modelos de convenios para la adscripción de los servicios de farmacia y vinculación de depósitos de medicamentos de los centros sociosanitarios residenciales a los servicios de farmacia de los hospitales del Sistema Sanitario Público de Andalucía, publicados en el Decreto 512/2015, de 29 de diciembre, de prestación farmacéutica en los centros sociosanitarios residenciales de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 3 de octubre de 2022
página 15363/5
1. Facilitar la implantación y utilización de las aplicaciones informáticas que el SAS considere necesarias
para dar cumplimiento al objeto del convenio.
2. Comunicar a la Subdirección de Prestaciones del SAS, a través del correo electrónico que se habilite
al efecto o cualquier otro medio electrónico, la relación de personas residentes en el centro
sociosanitario residencial, con derecho a prestación farmacéutica a la fecha de firma del convenio. Los
datos a comunicar serán los siguientes:
Datos de Identificación del centro sociosanitario residencial: número de registro de la Consejería
con competencia en materia de igualdad y políticas sociales y NICA.
Datos de identificación de la persona residente: Nombre y apellidos, NUSS (número de usuario
de la Seguridad Social o NUHSA (número único de historia de salud de Andalucía) y DNI
3.- Comunicar las altas y bajas de residentes al Servicio de Atención Ciudadana del Centro de Salud al
que se adscriba el residente, en el plazo máximo de 5 días desde que se produzca el hecho causante. Los
datos a comunicar son los mismos del apartado anterior, así como la causa del alta/baja.
Cuarta. Procedimientos de actuación.
1.
Las actuaciones a seguir por el centro sociosanitario residencial y sus profesionales,
relacionados con el suministro de medicamentos y productos sanitarios de su servicio de farmacia, se
ajustarán a los procedimientos especificados en el compromiso de gestión a suscribir entre la persona
responsable de la gestión del centro sociosanitario residencial con el/la Director/a Gerente del Hospital
...............................….. (nombre), que se adjuntará posteriormente a este convenio.
Quinta. Comisión Mixta.
a) Tras la firma del convenio, se constituirá la Comisión Mixta paritaria, presidida por la persona titular
de la Subdirección de Prestaciones del SAS, o persona en quien delegue.
c) La Comisión Mixta tiene como funciones el seguimiento y la resolución de cuantas cuestiones y dudas
puedan plantearse en la interpretación y ejecución del convenio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268635
b) La Comisión Mixta, además de la presidencia, la componen una persona representante del SAS y dos
representantes de ..................................…. (la entidad). La Secretaría de esta comisión la desempeñará
una persona al servicio del SAS, con voz pero sin voto.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 3 de octubre de 2022
página 15363/5
1. Facilitar la implantación y utilización de las aplicaciones informáticas que el SAS considere necesarias
para dar cumplimiento al objeto del convenio.
2. Comunicar a la Subdirección de Prestaciones del SAS, a través del correo electrónico que se habilite
al efecto o cualquier otro medio electrónico, la relación de personas residentes en el centro
sociosanitario residencial, con derecho a prestación farmacéutica a la fecha de firma del convenio. Los
datos a comunicar serán los siguientes:
Datos de Identificación del centro sociosanitario residencial: número de registro de la Consejería
con competencia en materia de igualdad y políticas sociales y NICA.
Datos de identificación de la persona residente: Nombre y apellidos, NUSS (número de usuario
de la Seguridad Social o NUHSA (número único de historia de salud de Andalucía) y DNI
3.- Comunicar las altas y bajas de residentes al Servicio de Atención Ciudadana del Centro de Salud al
que se adscriba el residente, en el plazo máximo de 5 días desde que se produzca el hecho causante. Los
datos a comunicar son los mismos del apartado anterior, así como la causa del alta/baja.
Cuarta. Procedimientos de actuación.
1.
Las actuaciones a seguir por el centro sociosanitario residencial y sus profesionales,
relacionados con el suministro de medicamentos y productos sanitarios de su servicio de farmacia, se
ajustarán a los procedimientos especificados en el compromiso de gestión a suscribir entre la persona
responsable de la gestión del centro sociosanitario residencial con el/la Director/a Gerente del Hospital
...............................….. (nombre), que se adjuntará posteriormente a este convenio.
Quinta. Comisión Mixta.
a) Tras la firma del convenio, se constituirá la Comisión Mixta paritaria, presidida por la persona titular
de la Subdirección de Prestaciones del SAS, o persona en quien delegue.
c) La Comisión Mixta tiene como funciones el seguimiento y la resolución de cuantas cuestiones y dudas
puedan plantearse en la interpretación y ejecución del convenio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268635
b) La Comisión Mixta, además de la presidencia, la componen una persona representante del SAS y dos
representantes de ..................................…. (la entidad). La Secretaría de esta comisión la desempeñará
una persona al servicio del SAS, con voz pero sin voto.