Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/189-23)
Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes al Grupo I del personal laboral incluido en el Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante concurso de promoción.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 189 - Viernes, 30 de septiembre de 2022
página 15250/8
Décima. Desarrollo del proceso selectivo y adjudicación de vacantes.
1. Finalizado el proceso de valoración de méritos en que consiste la fase de concurso,
se hará público, mediante Acuerdo de la Comisión de Selección, listado provisional de
las personas que asistirán a los cursos de habilitación, con expresión de la puntuación
provisional otorgada a cada persona participante incluida en el listado.
Dichas listas se harán públicas y se expondrán en la web de Emplead@, otorgándose
un plazo de diez días hábiles para la presentación por vía telemática de alegaciones.
Durante este mismo plazo, las personas aspirantes podrán presentar su desistimiento.
En este listado provisional de personas que asistirán a los cursos de habilitación,
así como en el definitivo previsto en el siguiente apartado, no computarán, a efectos
de determinar el número de personas que acceden a la realización de los cursos de
habilitación y quedando exentas de la misma, aquellas personas participantes que,
aunque por puntuación les correspondiera, tuvieran el curso de habilitación realizado y
reservado de algún proceso de promoción anterior.
2. Finalizado el plazo mencionado en el apartado anterior, por acuerdo de la Comisión
de Selección se harán públicos los listados definitivos de personas que acceden a la
realización de los cursos de habilitación. Contra dicho acuerdo se podrá presentar demanda
ante el Juzgado de lo Social, en el plazo de veinte días, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 59.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en relación con
lo previsto en los artículos 69 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre.
3. Una vez realizados los cursos de habilitación, la Comisión de Selección hará
pública mediante acuerdo que se publicará en la web de Emplead@ la relación de
personas aspirantes que han superado los cursos de habilitación, así como aquéllas que
cuenten con reserva de la superación de los mismos ordenados por puntuación obtenida.
4. Al objeto de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Decreto
93/2006, de 22 de mayo, las personas con discapacidad que resulten seleccionadas que
necesiten adaptaciones que hayan de ser tenidas en cuenta por la Dirección General
de Recursos Humanos y Función Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán
comunicarlo en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la relación definitiva de personas seleccionadas, mediante escrito dirigido
a ésta.
A tales efectos, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública les
podrá requerir la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada,
así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y
de la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas del puesto concreto a
ocupar. El dictamen será expedido por los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o asistencial correspondiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La Consejería, el organismo o entidad a la que esté adscrito el puesto de trabajo
será la encargada de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones
necesarias para la incorporación de la persona con discapacidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268520
3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la persona titular de la
Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, dictará resolución, que se
publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, declarando aprobada la lista definitiva
de personas admitidas y excluidas, que se expondrá en la web de Emplead@. En las listas
definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas
en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en las listas provisionales y la publicación
les servirá de notificación. Contra la citada resolución se podrá presentar demanda ante el
Juzgado de lo Social, en el plazo de veinte días, de acuerdo con lo establecido en el artículo
59.4 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en relación con lo
previsto en los artículos 69 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de
la Jurisdicción Social.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 189 - Viernes, 30 de septiembre de 2022
página 15250/8
Décima. Desarrollo del proceso selectivo y adjudicación de vacantes.
1. Finalizado el proceso de valoración de méritos en que consiste la fase de concurso,
se hará público, mediante Acuerdo de la Comisión de Selección, listado provisional de
las personas que asistirán a los cursos de habilitación, con expresión de la puntuación
provisional otorgada a cada persona participante incluida en el listado.
Dichas listas se harán públicas y se expondrán en la web de Emplead@, otorgándose
un plazo de diez días hábiles para la presentación por vía telemática de alegaciones.
Durante este mismo plazo, las personas aspirantes podrán presentar su desistimiento.
En este listado provisional de personas que asistirán a los cursos de habilitación,
así como en el definitivo previsto en el siguiente apartado, no computarán, a efectos
de determinar el número de personas que acceden a la realización de los cursos de
habilitación y quedando exentas de la misma, aquellas personas participantes que,
aunque por puntuación les correspondiera, tuvieran el curso de habilitación realizado y
reservado de algún proceso de promoción anterior.
2. Finalizado el plazo mencionado en el apartado anterior, por acuerdo de la Comisión
de Selección se harán públicos los listados definitivos de personas que acceden a la
realización de los cursos de habilitación. Contra dicho acuerdo se podrá presentar demanda
ante el Juzgado de lo Social, en el plazo de veinte días, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 59.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en relación con
lo previsto en los artículos 69 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre.
3. Una vez realizados los cursos de habilitación, la Comisión de Selección hará
pública mediante acuerdo que se publicará en la web de Emplead@ la relación de
personas aspirantes que han superado los cursos de habilitación, así como aquéllas que
cuenten con reserva de la superación de los mismos ordenados por puntuación obtenida.
4. Al objeto de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Decreto
93/2006, de 22 de mayo, las personas con discapacidad que resulten seleccionadas que
necesiten adaptaciones que hayan de ser tenidas en cuenta por la Dirección General
de Recursos Humanos y Función Pública para realizar la oferta de vacantes, deberán
comunicarlo en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la relación definitiva de personas seleccionadas, mediante escrito dirigido
a ésta.
A tales efectos, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública les
podrá requerir la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada,
así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y
de la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas del puesto concreto a
ocupar. El dictamen será expedido por los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o asistencial correspondiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La Consejería, el organismo o entidad a la que esté adscrito el puesto de trabajo
será la encargada de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones
necesarias para la incorporación de la persona con discapacidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268520
3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la persona titular de la
Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, dictará resolución, que se
publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, declarando aprobada la lista definitiva
de personas admitidas y excluidas, que se expondrá en la web de Emplead@. En las listas
definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas
en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en las listas provisionales y la publicación
les servirá de notificación. Contra la citada resolución se podrá presentar demanda ante el
Juzgado de lo Social, en el plazo de veinte días, de acuerdo con lo establecido en el artículo
59.4 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en relación con lo
previsto en los artículos 69 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de
la Jurisdicción Social.