Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/188-17)
Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria para el acceso extraordinario a las bolsas de trabajo de determinadas especialidades del Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Jueves, 29 de septiembre de 2022

BAREMO

página 15178/9

VALORACIÓN

DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS

2.3. Otras titulaciones universitarias de carácter oficial en el caso de que no hubieran sido alegadas ni conducentes a la titulación
presentada como requisito. Tampoco se valorarán las titulaciones ya baremadas en otro apartado o conducentes a otros méritos. En
todos los casos se deberá aportar la certificación académica oficial donde consten las asignaturas que se han cursado y superado.
En el caso de haberse obtenido en el extranjero, se debe presentar la correspondiente credencial de homologación.
2.3.1. Titulaciones de Grado
Por cada título universitario oficial de grado o equivalente.

1,5000

Título o, en su defecto, certificación acreditativa
donde conste haber finalizado los estudios
conducentes a dicha titulación junto con el pago
de los derechos de expedición.

2.3.2. Titulaciones de primer ciclo.
Por cada Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura
Técnica o títulos declarados legalmente equivalentes, y
por los estudios correspondientes al primer ciclo de una
Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería.

1,0000

Título o, en su defecto, certificación acreditativa
donde conste haber finalizado los estudios
conducentes a dicha titulación junto con el pago
de los derechos de expedición.
En el caso de alegar los tres primeros cursos
de una Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura,
certificación académica en que se acredite que
se han cursado y superado todas las asignaturas
correspondientes (no se considera titulación
de primer ciclo la superación del curso de
adaptación).

2.3.3. Titulaciones de segundo ciclo o equivalentes.
Por los estudios correspondientes al segundo ciclo de
Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas, grados o títulos
declarados legalmente equivalentes.

1,0000

Título o, en su defecto, certificación acreditativa
donde conste haber finalizado los estudios
conducentes a dicha titulación junto con el pago
de los derechos de expedición.
Si solo se presenta la titulación de segundo ciclo,
solo se valorará este último.

2.3.4. Títulos universitarios oficiales de Máster

1,0000

Título oficial expedido por la universidad
correspondiente o certificación donde conste
haber finalizado los estudios conducentes a dicha
titulación junto con el pago de los derechos de
expedición. En el caso de haberse obtenido en el
extranjero, se debe presentar la correspondiente
credencial de homologación.

2.4. Titulaciones de Enseñanzas de Régimen Especial, de Formación Profesional y certificaciones de idiomas, en el caso de que no
hubieran sido alegadas como requisito ni conducentes a la titulación presentada como requisito u otros méritos. Solo se valorará un
certificado por idioma.
1,5000

2.4.2. Por el certificado de nivel C1 de la Escuela Oficial de
Idiomas de una lengua extranjera.
Por el certificado del Nivel C1 de inglés, francés o alemán
del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas
de acuerdo con el apartado 2.d) de la Base Segunda de la
presente convocatoria.

1,0000

2.4.3. Por el certificado de nivel B2 de la Escuela Oficial de
Idiomas de una lengua extranjera.
Por el certificado del Nivel B2 de inglés, francés o alemán
del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas
de acuerdo con el apartado 2.d) de la Base Segunda de la
presente convocatoria

0,5000

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

Título o, en su defecto, certificación acreditativa
donde conste haber finalizado los estudios
conducentes a dicha titulación junto con el pago
de los derechos de expedición.
En el caso de los certificados de idiomas, se
tendrá en cuenta la puntuación más alta de entre
todas a las que pueda optar el candidato del
mismo idioma.

00268445

2.4.1. Por el certificado de nivel C2 de la Escuela Oficial de
Idiomas de una lengua extranjera.
Por el certificado del Nivel C2 de inglés, francés o alemán
del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas
de acuerdo con el apartado 2.d) de la Base Segunda de la
presente convocatoria.

http://www.juntadeandalucia.es/eboja